miércoles, 28 de enero de 2015

NO ABUSE DE SUS DERECHOS QUE PARA ESO ESTOY YO II

Hay una discusión en las redes sociales alrededor del video tomado por un ciudadano que publica con el nombre de Lincol Edison, en donde se aprecia una fallida acción de control realizada por un grupo de inspectores municipales de transporte con el apoyo de una “policía”, al perecer de tránsito,  en la cual se han podido observar una serie de acciones, que para algunos constituyen abuso de autoridad y para otros un delito de resistencia a la misma.
Para determinar si la intervención fue correcta o no debemos de conocer la norma, ya que no hay un procedimiento que exista por sí solo.
El procedimiento sirve para aplicar la norma al caso concreto por lo que  afirmar si estuvo bien o mal ejecutada la intervención sin haber presentado la norma antes seria emitir OPINION, esto es nuestro particular modo que tenemos de ver las cosas y de ser así cada quien puede verlo a su manera por lo que todos tendrían SU RAZON.
Seguidamente presentaremos el sustento legal de la intervención que corresponde tanto a los inspectores como a la PNP:

INSPECTORES

Ordenanza 1684 para el Servicio de Taxi de Lima Metropolitana.
 Acción de Control: Es la intervención que realiza la SFT mediante sus inspectores municipales de transporte o a través de entidades privadas debidamente autorizadas
Fiscalización de Campo: Es la acción de supervisión y control realizada por el Inspector Municipal de Transporte o por el personal de una persona jurídica contratada, a la personas naturales o jurídicas autorizadas, a los vehículos  a los conductores del servicio de taxi
Inspector Municipal de Transporte: Es la persona designada por la GTU para verificar el cumplimiento de los términos y condiciones de la prestación del servicio de taxi mediante la acción de control
Artículo 58.- Competencia de la fiscalización
58.1 La fiscalización del servicio de taxi será realizada por la GTU, mediante la SFT, órgano que podrá detectar infracciones y contravenciones a lo establecido en la presente Ordenanza.
58.2 De conformidad con lo establecido en la presente Ordenanza, la GTU podrá delegar en entidades privadas la supervisión y detección de infracciones y contravenciones a la presente Ordenanza.
58.3 La PNP prestará el auxilio de la fuerza pública en las acciones de fiscalización que realice la GTU o entidades privadas autorizadas, a su requerimiento

Artículo 79.- Negativa de entregar documentación solicitada por parte del conductor intervenido
79.1 En el caso que un conductor intervenido, ante la solicitud del inspector municipal de transporte interviniente, se negara a entregar la documentación solicitada, el inspector  deberá:
1.          Tomar una vista fotográfica en la que se aprecie la placa del vehículo intervenido. En el formato fotográfico deberá aparecer hora y fecha de la intervención, los cuales deberán coincidir con los consignados en el acta de control respectiva.
Luego, en el acta de control, dejará constancia de la negativa y señalará el documento o documentos que el intervenido se negó a entregar. Adicionalmente, el acta deberá ser suscrita por Jefe del Operativo o Jefe de Control de Grupo del inspector municipal que levantó el acta.

Resumiendo tendríamos que:

1.    El señor de camisa azul no tiene que hacer nada en la intervención y el conductor no tiene ningún deber ni de darle explicaciones ni  mostrarle documento alguno ya que no es Inspector Municipal.

2.    El señor de chaleco Amarillo no lleva la identificación que otorga la GTU a los Inspectores Municipales por lo tanto se desconoce si es Inspector Municipal de Transporte (o cambista). Por lo que tampoco puede solicitar documento alguno ni intervenir a nadie.

3.    La participación del efectivo PNP en este caso es el de AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA y no con la finalidad de detectar infracciones.

4.    En caso que el conductor se niegue a entregar sus documentos (como en el caso) el Inspector (si hubiera uno presente) debió tomar una foto donde se aprecie la placa del vehículo, levantar el acta respectiva y retirarse del lugar y no hacer el papelón que hicieron todos los participantes de esta pésima intervención.

5.    No es verdad que la zona rígida o zona donde está prohibido le estacionamiento se identifique por una línea amarilla sino por una señal reguladora. Si la Srta. policía fuera de transito debería saberlo.

6.    Los efectivos policiales de transito solo pueden requerir documentos como indica el art. 91 del RNT en caso de flagrancia o en un operativo de TRANSITO (DS 028-MTC). Si la Srta. policía fuera de transito debería saberlo.

7.    En todo momento la policía pide que se identifique, a lo cual el conductor accede y justifica la solicitud de la tarjeta de identificación vehicular (TIV) dizque para verificar la propiedad del vehículo y que no sea un vehículo robado. No sabía que las TIV tenían un campo que los identificaba como robados.

Ahora saquen sus conclusiones

https://www.youtube.com/watch?v=hzFxUp0FiRo&feature=youtu.be

367 comentarios:

  1. Buen día;
    Por que entregar los documentos a un aparente efectivo policial si este no cuenta con la identificación correspondiente?

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  2. Dr. Buenas tardes
    solo quiero hacerle una breve consulta, si en una intervención (batida) me llevaron a la comisaria, me hicieron el examen de sangre y tuve 0.6 de alcohol, me retuvieron el brevete.
    ya pague la multa de 1900 soles y estoy pagando en depósitos judiciales al banco de la nación en 3 partes por acogerme al principio de oportunidad un monto de 1000 soles.
    me gustaría saber cuanto tiempo me suspendieron el brevete?? no se nada de eso en realidad, para nuevamente tener mi brevete y pasado el castigo como debo hacer para tenerlo de nuevo.

    gracias

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    1. la infraccion que corresponde es la M-02 que se sanciona con una multa de 50% de la UIT y la suspesion de la licencia de conducir por TRES años. Una vez cumplida la sancion debe recibir un curso de sensibilizacion y aprobar un examen psicoevaluativo para poder colver a conducir

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    2. 3 años , y no la hay la posibilidad que sea menor

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  3. Buenos tardes,mi consulta es sobre un post anterior: el día 06 de febrero estuve conduciendo una moto lineal de 200cc, me intervino un patrullero de la Comisaría Sagitario, solo tenía conmigo mi DNI y como no llevaba los documentos de la moto me llevaron a la comisaría, (por la premura de salir rápido los deje en casa) los efectivos me permitieron ir a casa y sacar los documentos antes de llegar a la comisaría ya que estaba a unas cuadras, ya en la comisaría el efectivo que me intervino hizo un parte policial señalando allí las faltas que eran "no contar con licencia de conducir ni soat"que eran las razones y el porque me ponía a disposición, le entregue mis documentos (tarjeta de propiedad, no cuento con brevete de moto, mi DNI y soat vencido) luego ya con el encargado de tránsito de dicha comisaría me dijo que tenía que actualizar mi soat, ya era tarde y no contaba con dinero en efectivo le pedí si podía regresar el día siguiente y me dijo que no, porque no estaría de servicio que regrese un día después ósea 08 de febrero, regrese con el Soat ya actualizado el día 08 de febrero dos días después de la intervención, en ese momento me pidió el soat y mi brevete que lo tenía en la billetera (brevete de auto A1) se lo entregue, precedió a ponerme 2 papeletas: una por soat G25 que ya cancele y otra M05.
    Es allí donde me dice que va a retener mi brevete, le pregunto porque y me muestra un folleto de esos que venden a 1 sol, bueno voy al celular y averiguo si eso es cierto y es verdad, pero luego pienso y le digo como? si en el momento de la intervención que fue el día 06 de febrero no contaba con documento alguno cuando manejaba la moto, que me ponga una papeleta que diga eso no la M05 (aparte de la multa me suspenden el brevete por un año) que es por manejar un vehículo que no es de clase o categoría, aún así prosiguió con el acto. No firme la papeleta y en observaciones puse que esa papeleta no era el motivo de la intervención.
    El día 09 de febrero pedí una copia certificada en la Comisaría Sagitario del Acta de Intervención que dice muy bien: " que conduje la moto sin licencia de conducir ni soat".
    El 13 de febrero presente un descargo en el SAT. Ahora tengo que esperar hasta la primera semana de Marzo para saber si anulan la papeleta M05.
    Me pueden orientar sobre esto por favor? Gracias.

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    1. Ene efecto, la licencia A-1 solo faculta la conducción de motocicletas si ha sido obtenida antes de noviembre del 2008. Si fue obtenida luego de esa fecha corresponde la infracción M-05

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  4. Gracias por la respuesta.
    Mi licencia de conducir la obtuve en el año 1998 y la revalide hace un año.
    Entonces por lo que me dice, que debo de hacer?

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    1. Por efecto de la revalidacion pierde la atribucion de conducir vehiculos menores. Por lo tanto la infraccion si procede

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    2. Una consulta y estaré muy agradecido...

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  5. Podría tramitar licencia para moto aún así mi licencia para auto A1 este suspendida por un año?

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    1. Ud estaría impedido de tramitar una licencia si hubiera sido inhabilitado

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  6. Buenos Días;

    Tengo una consulta urgente, mi licencia ha sido suspendida por 6 meses el ultimo día de suspension fue el 28 de febrero. Para volver a conducir tengo que hacer un tramite para levantar la suspension o es automatica. La licencia la tengo en mi poder ya que la sancion me llego via notificacion.

    Por favor absolverme esta duda.

    Antonio

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    1. Artículo 315°.- Curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor.
      Cumplido el período de suspensión de la licencia de conducir, la habilitación del conductor estará condicionada a la aprobación de un Curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor que incluirá un examen de perfil psicológico del conductor. El curso será de cuarenta (40) horas lectivas en un período que no excederá de treinta (30) días calendario y será por cuenta y costo del conductor. La acreditación del curso se realizará mediante la certificación expedida por la entidad que lo imparta, la cual deberá estar previamente autorizada para brindar dicha capacitación por la autoridad competente, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la directiva que para tales efectos apruebe la Dirección General de Transporte Terrestre.
      El currículo del Curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor incluirá como mínimo las siguientes materias:
      a) Actualización en las normas de tránsito y de las normas penales que reprimen la conducción en estado de ebriedad.
      b) Técnicas de conducción a la defensiva.
      c) Presentación de casos de accidentes de tránsito para la sensibilización del infractor.

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  7. Doctor buenos dias, tengo algunas dudas, talvez usted pueda ayudarme, el 03/10/2013 fui intervenido en estado de ebriedad me pusieron una papeleta M02, pero a la fecha de hoy 05/03/2015 reviso en la pagina web del ministerio de transportes aparece la papeleta pero aun no hay la resolucion de sancion ni descuentos de puntos, se aplica la prescripcion de la accion? o que debo de hacer.
    Muchas gracias por su respuesta

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    1. Para tener certeza de lo uno o lo otro debe acercarse a la municipalidad y solicitar el nro de la resolución de sanción y fecha de notificación, de no existir la misma es posible solicitar la prescripción de la acción. Saludos

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  8. Doctor buenas tardes, quisiera preguntar como saber si fui inhabilitado para conducir, pues en la pagina web del ministerio de transportes aun no hay numero de resolución y mi licencia aparece como vigente.
    Muchas gracias

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    1. debes acercarte a la municipalidad y solicitar el numero de la resolución de sanción y la fecha de notificación. De no existir la misma significa que aun no ha sido sancionado

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  9. Dr .a mi me impusieron una papeleta en octubre 2014 fue la M1 ,por motivos de viaje no presente ningún descargo hasta la fecha y ahora que estoy en lima en mi domicilio hay una resolución de fecha noviembre 2014 con una cancelación definitiva de mi licencia yo quisiera saber que se puede hacer en este caso dado que tengo documentos que esta papeleta esta mal impuesta pero como que la fecha de reclamar ya paso quiero saber que se puede hacer de antemano agradezco su respuesta .

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    1. Tiene 15 días hábiles para apelar la resolución, y se computan desde la fecha de notificación.

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  10. Doctor buenos dias, tengo algunas dudas, talvez usted pueda ayudarme, el 03/10/2013 fui intervenido en estado de ebriedad me pusieron una papeleta M02, pero a la fecha reviso en la pagina web del ministerio de transportes aparece la papeleta pero aun no hay la resolucion de sancion ni descuentos de puntos, mi licencia sigue vigente, fui a la municipalidad y me dicen que aun no hay resolucion de sancion, como paso mas de un año se aplica la prescripcion de la accion? en todo caso que debo de hacer, puedo solicitar mediante documento la prescripcion de la acción a la municipalidad? le escribo de Cusco
    Muchas gracias por su respuesta

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    1. En efecto y para su caso ocurrido antes de la modificación del reglamento , si luego de transcurrido 1 año desde la comisión de la infracción no ha sido sancionado puede solicitar se declare la prescripción de la acción

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  11. Buen día Doctor, espero me ayude con un problema que tuve, le comento: en el mes de Julio del 2014 se dio una intervención o batida en barranco donde detuvieron a numerosos vehículos para revisar si bebiste alcohol, resulta que me detuvieron y el aparato pinto de color ROJO pero la policía sabiendo que el resultado es negativo procedió a detenerme y me llevaron a la comisaria de barranco, exigí poder soplar el aparato nuevamente porque había salido con coló rojo, la policía me prohibió intentarlo nuevamente ya que estoy en la comisaria, junto a un grupo de personas incluyendo uno en completo estado de ebriedad fuimos llevado a pasar un examen de sangre en la comisaria de chorrillos, al ingresar un policía cuyo apellido no recuerdo pero si su rostro además de la Dra. que extrae la sangre procedieron a tratarnos de manera sospechosa, a la persona que había estado en completo estado de ebriedad la pasaron por alto hasta lo trataron como un rey, al resto nos extrajeron la sangre y el policía que comento nos lleva a la puerta después de todos los exámenes y nos dice, el día de mañana los veo aquí temprano si es que quieren sus licencias y documentos, luego un patrullero nos lleva a la comisaria de barranco y el policía encargado nos devuelven las llaves de nuestro vehículo a todos los que fuimos al examen de sangre, todo esto como si nada hubiera pasado además de su respectiva citación y papelería de retención de documentos. El día domingo fui a la comisaria donde me extrajeron la sangre a buscar al policía y la doctora, después de preguntar por mi licencia y documentos me dicen que voy a tener una multa y retención de mi licencia de conducir por conducir en estado de ebriedad, le hablo de buena manera indicando que no tome alcohol ese día y que la policía de transito se negó a permitirme soplar el detector por segunda vez, el policía solo atino a reírse y hacer señas a la doctora, me dijo que no me van a creer nada de lo que explique y la cosa se soluciona con 5000 nuevos soles pero como me ve con cara de inocente me la deja en 3000 porque somos 5 personas las que vamos a limpiarte el problema además recuerda son 3 años que no podrás conducir y serás casero de la policía con vehículos inteligente (con el tiempo comprendí que los patrulleros inteligentes son los encargados de ver que auto tiene problemas de multa por alcohol, te tocan su sirena y piden que te pongas a la derecha para su respectiva cobra de una gentil propina), en fin me negué a dar ese dinero y tampoco a ir a la famosa citación, cuando fui a la citación (casi más de un mes del incidente) por presión de un familiar ex policía amigo de uno de los agentes policiales que ven estos casos por él es que llegue ir a la comisaria y el encargado del área me comento la situación, me dijo que mi licencia será retenida y que firme un documento que dice que yo tome una copa de vino y no conocía las consecuencias, luego me muestran el examen de sangre en el que según recuerdo decía que tenía 7,5 gramos de alcohol en la sangre es decir como si hubiera estado tomando todo el día entero, a lo que me llevo a la conclusión que mi sangre fue cambiada por la del borracho así mismo las demás personas detenidas habrán pasado por el mismo incidente. Actualmente tengo mi licencia de conducir pero un documento en sistema que dice que tengo una multa por conducir en estado de ebriedad y una suspensión más falsificada en el sistema de la policía porque no es mi firma y las fechas no coinciden, a veces salgo a conducir pero mi temor son los patrulleros inteligentes porque si me detienen o es una propina o ir a la comisaria de barranco a presentar todos los papales y solo me devuelvan el vehículo tras otra propina. Que puedo hacer porque en verdad no sé a qué entidad acudir o como empezar a gestionar para resolver mí caso. Gracias muchas gracias por su tiempo y respuesta.

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    1. Puede presentar un descargo ante la municipalidad respectiva si la papeleta contiene información que puedan devenir en nulidad. Con respecto al resultado del dosaje no creo que sea un 7.5 gr/lt ya que seria un coma etílico. Es probable que sea 0.75 gr/lt.

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    2. Buen día Doctor, Gracias por su respuesta, me confirma que tengo que presentarme a la municipalidad de barranco y realizar un informe detallando lo sucedido, con eso podría solucionar mi caso. Espero su respuesta y muchas gracias Doctor por su tiempo!

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    3. De acercarse al SAT a la Municipalidad de Lima una vez que le sea notificada la papeleta o resolución de sanción. No le sugiero hacer un informe de lo sucedido ya que no sera de gran ayuda a su propósito, sino indicar los datos en la papeleta que considera no cumplen con el requisito reglamentario para solicitar la nulidad.

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  12. Estimado Dr., de antemano agradezco su atención. Con fecha 28/3/14 fuí intervenido por un patrullero inteligente en horas de madrugada, se determinó que había conducido en estado de ebriedad y ese mismo día me retuvieron la licencia de conducir. Presenté en plazo mis descargos, pero también opté por pagar la multa y también me he acogido al principio de oportunidad ante la fiscalía. En julio, el SAT desestima mi descargo, ante lo cual apeló. La apelación no ha sido resuelta aún. Mi descargo y también mi apelación fue por errores en la papeleta que a mi modo de ver anulan la papeleta (en otro país serían afectaciones serias al debido proceso). Mi apelación no sólo comprende los errores en la papeleta, sino que además señala que si la licencia fue retenida desde el 28/3/2014, y si la sanción establece su vigencia desde el 1/4/2014, no se debe desconocer que conforme al RNT los días de retención se descuentan y me los deben de reconocer. He revisado la web del MTC y aparezco con brevete vigente, pero aparece una fecha como firme y que corresponde a la de la emisión de la resolución de primera instancia. En cuanto a puntos sale 0 puntos acumulados y 0 puntos en proceso. Creo que debo reclamar ante el MTC pues la información consignada no es correcta. En segundo lugar, siendo una infracción previa a la modificación al RNT, la prescripción sería al año, y como desde la fecha de mi apelación, el SAT no ha procesado nada, la prescripción se ha reactivado, y por lo tanto mi año se cumpliría en agosto, 2015, salvo que yo consideré retirar mi apelación y someterne a las clases. Sin embargo, además según la información que he revisado aparece que mi licencia se encuentra vigente. En su experiencia, ¿qué debería hacer?

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    1. Solo esperar que el sat se pronuncie con la resolución respectiva bien sancionando o archivando.

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  13. Estimado Dr, gracias de antemano. En Febrero del 2014 cometi la falta M01, espere la notificacion del Sat para presentar un descargo ( ya que lo mio no fue un choque sino un roce con otro vehiculo y lo arregle de buena forma con la otra parte y le hice un pago de 180 soles ) pero no llego ninguna notificacion. En Noviembre del 2014 llega un papel amarillo indicando que el auto tiene orden de captura y la multa ya tiene moras, me acerque al Sat y explique que no me notificaron y solo llego el papel amarillo, entonces presente el 17 de diciembre un formato de verificacion de datos y respondieron despues de casi 2 meses indicando que me daban la razon en parte y que me notificarian, Doctor ya paso mas de un año y no fui notificado, por favor hay algo que pueda hacer a fin de recuperar mi licencia, yo no tuve un choque solo fue un arañon al otro vehiculo. Muchas Gracias

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    1. Solicite la prescripción de la acción ya que ha transcurrido un año sin haber sido sancionado. esto significa que su licencia sigue vigente

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    2. Estimado Doctor gracias por su respuesta, en la pagina MTC aparece que mi licencia está cancelada por tres años, tengo muchas dudas, me puede decir donde puedo ubicarlo, mi correo es nirvidaniel@hotmail.com, muchas gracias

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    3. Jr. Lampa 879 of 512 cercado de lima

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  14. dr saludos mi nombre es nilton le agradezco su orientacion. el dia de hoy me dirijia por el ovao cantolao en busca de un mecanico estaba conduciendo un vehiculo de taxi este vehiculo cuenta con todos los documentos y permiso de setaca, para circular por este lugar retire el casquete de taxi para no ser intervenido pero a pesar de esto me intervinieron y me impusieron un acta de control con codigo TX4 el inspector del callao me dijo que el vehiculo es taxi y siempre tengo que tener el carnet de seguridad vial del callao, doctor mi pregunta es si la intervencion esta dentro de la legalidad ysi puedo presentar impugnacion tambien me retuvieron el certificado de operaciones ahora no puedo trabajar y como se puede hacer en caso no estes realizando el servicio de taxi y poder ingresar al callao si en su rglamento no indica nada sobre este tema. la infraccion tx4 : es por conducir un vehiculo sin casquete o caracteristicas generales muchas gracias

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    1. TX-04 CONDUCIR UN VEHÍCULO SIN LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS GENERALES Y/O ESPECIALES DE LA MODALIDAD DEL SERVICIO AUTORIZADO
      Artículo 35.- Identificación de los vehículos destinados al servicio de taxi independiente.-
      Los vehículos autorizados para el servicio de transporte público de pasajeros en la modalidad de taxi independiente, se identificarán de la siguiente forma:
      4.- En el exterior del techo del vehículo, deberá instalarse un casquete iluminado de acrílico blanco, de treinta centímetros (30 cm.) de largo por quince centímetros (15 cm.) de ancho y diez y medio centímetros (10.5 cm.) de alto, teniendo inscrita en la parte frontal y posterior la palabra “TAXI”, distribuida simétricamente en el elemento de identificación.
      Artículo 37.- Identificación de los vehículos que prestan el servicio de taxi estación.-
      Las personas jurídicas que prestan el servicio de taxi estación deben identificar sus vehículos de la siguiente forma:
      4.- En el exterior del techo del vehículo, deberá instalarse un casquete iluminado de acrílico blanco, de treinta centímetros (30 cm.) de largo por quince centímetros (15 cm.) de ancho y diez y medio centímetros (10.5 cm.) de alto, llevando inscrita en la parte frontal y posterior la palabra “TAXI”, distribuida simétricamente en el elemento de identificación.

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  15. doctor entonces no hay forma de impugnar el acta de control, y tampoco se puede circular con un vehiculo taxi sin que estes realizando el servicio (como particular) esa son las preguntas. gracias

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    1. El vehículo sera particular cuando sea retirado del servicio solicitándolo formalmente y se le retiren todos los signos distintivos del servicio. Dicho de otra forma una vez que ud lo inscribe en el servicio y permanezca en el, no es un vehículo particular por voluntad suya.

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    2. Dr. En el Callao, me pusieron un TX4 PERO por faltarme la franja roja y blanca que se pega en la parte trasera del taxi . Quiero saber en cuantos dias me devuielven Setame (Lima). Gracias.

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    3. Una vez que cancele la multa equivalente al 15% de la UIT

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  16. Buenas tardes, les explico brevemente lo que me paso a mi injustamente, el día- 19 de abril de este año me encontraba tomando estacionado a la vuelta de mi casa en el auto de un familiar hasta que una camioneta inteligente de la policia muy prepotentes me intervinieron estando estacionado y me pidieron los documentos del vehículo al que tontamente les di, lo que procedieron a llevarme a la comisaria y por mi gravisimo error de estar confiado en que podría arreglar con los policías o con alguien en la comisaria, me hicieron el parte policial y procedieron a pasarme dosaje etílico lo cual salí con 1.02 gr/lt.

    Resumiendole ya me pusieron la papeleta M02 y el día lunes me llego la cédula de notificación por delito contra la seguridad publica del Ministerio Publico para el 208 de Mayo osea este Viernes en la Av. Abancay. Le agradecería enormemente si me podría orientar para saber que hacer o que decir el día Viernes al fiscal ya que lo estuve tomando a la ligera pero me he dado con la sorpresa en que puede haber pena privativa de la libertad y eso me alarma mucho.

    Hay forma de impugnar la papeleta y sanción, ya que no me encontraba manejando,

    Muchas Gracias !

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    1. es importante que al momento de su declaración ante el fiscal presente los medios probatorios que sustenten su afirmación de que no estaba conduciendo, estas mismas pruebas servirán para su descargo ante la municipalidad para efectos de desvirtuar esta afirmación y se le suspenda la licencia de conducir por 3 años.
      Es cierto que el delito de conducción en estado de ebriedad tiene una pena privativa de libertad de seis meses a dos años pero puede solicitar al fiscal la aplicación del principio de oportunidad mediante el cual, previo pago de una reparación civil a favor del estado, se solicite el archivamiento del caso.

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    2. Cuales serian los medios probatorios? Porque en el atestado pusieron q estaba estasionando el auto.

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    3. Medio de prueba es todo aquel objeto, documento o testimonio que cree convicción en el juzgador.

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  17. Dr. Buenas tardes le explico , me pusieron una papeleta M02 que nunca fue notificada y no hay resolucion ni sancion hasta el momento ya casi un año es mas mantenía mi brevete y sigue vigente.
    Pero hace unos meses me detuvieron y me inponieron una M04 ,la cual le decia que no podia porque mi licencia seguia vigente no estaba cancelada y yo estaba en tramites en la parte administrativa y legal la cual igual me impusieron la papeleta en la comisaria.
    Yo comencé hacer mis tramites de impugnarlo y ya terminando el plazo de respuesta del SAT me tomo con la sorpresa que en la web del SAT figuraba la paepelta pero no como M04 si no como M05 me parecio extraño verifique la papeleta original que la tengo y me doy cuenta que este mal oficial modifico esta misma ya impuesta Osea borro el 4 y puso 5 y otros detalles siendo es el mismo numero de serie de la hoja siendo este un documento policial.
    Sacando cuenta este mal oficial puso de cabeza todo esto porque con M05 es para transaporte publico y mi placa de carro y licencia no corresponden a esta categoria.
    Me acerque a la DIVPOLTRAN y me dieron la razon que esto era un abuso de autoridad y que solo quedaba esperar que se pronuncie el SAT ..... hace dos dias ya se pronuncio con un correo y me dicen INFUNDADO.

    Dr. Mauro ahora como puedo proceder antes de acercarme de nuevo al SAT .

    muchas gracias por la respuesta

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    1. Si se levanto la papeleta con la infracción M02 esto no significa que la licencia esta suspendida automáticamente, debe darse inicio a un procedimiento administrativo sancionador el que tendrá por finalidad imponer la sanción de suspensión.
      Si durante este lapso de tiempo ud. aun tenia su licencia en su poder y no había sido retenida, podía seguir conduciendo hasta que se le notifique la resolución de sanción y esta quede firme, por lo que la infracción M04 no procedía.
      Si como ud dice, el original de la papeleta tiene el código de infracción M05 y la copia M04, esta papeleta debe ser declarada nula ya que existe inconsistencia entre el original y la copia y según la ley 27444 ambas tienen el mismo valor y eficacia al ser un documento público

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  18. Dr. Marcos.
    Mi consulta es la siguiente, en febrero del año pasado me pusieron una papeleta M02, aún conservo mi brevete. He entrado a la web de MTC y mi brevete esta como vigente pero con la papeleta impuesta que ya fue pagada en su devido momento no figura fin de sanción ni puntos en contra. Hace poco me he comprado un auto y he comenzado a usarlo pero me queda la duda si eso puede ser perjudicial para mi en el caso de ser detenido por un patrullero. Que me recomienda.

    Saludos

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    1. que solicite ante la municipalidad donde se levanto la papeleta se declare la prescripción de la acción ya que, al parecer ud no ha sido sancionado aun y es posible que su licencia siga vigente.

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    2. Eso significa que mientras espero ese tramite puedo seguir manejando, Lo digo pues por temas laborales y de estudio necesito el auto para desplazarme.

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    3. Si la licencia no ha sido retenida y no se ha emitido la resolución respectiva puede conducir todavía sin problemas

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    4. Dr Marcos
      Saludos cordiales....mi consulta es hace poco golpe aun mecanico quien empujaba un auto a media av lo lleve al medico quien confirmo solo golpe ..en el hospital me retuvieron mi soat, en la comisaria pase dosaje sin problema me retuvieron el brevete ahora el encargado me dice que debo esperar hasta que ĺe informen del hospital y probablemente reciba una papeleta fuera de que ya medieron una orden de presentarme con un abogado unas semanas despues , es asi este tramite ?

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    5. Es correcto, ud ha participado en un accidente de transito con lesiones y se debe cumplir con todo lo dispuesto en el reglamento nacional de transito, ademas de afrontar una investigación fiscal para establecer si hubo delito de lesiones culposas graves o leves

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  19. Dr. Agurto buenas tardes, le explico, el dia de hoy mi hija que tiene brevete A1, entuvo enseñandole a manejar a mi hijo que tiene 18 años, los intervino un patrullero disque por lunas polarizadas (si tenemos el permiso) pero se percato que el chofer (mi hijo) no tenia brevete, los llevaron a la comisaria y le pusieron una papeleta M03 a mi hijo y los dejaron ir; mi consulta es si hay alguna forma de resarcir esta falta que aparte de la multa a pagar es la inhabilitacion de gestionar brevete por tres años?. Gracias por su atención

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    1. RNLC Artículo 11.- Permiso provisional de conducir
      El postulante deberá obtener por única vez, un permiso provisional que lo habilita para conducir un vehículo automotor en la vía pública durante el período de instrucción, que será no mayor de sesenta (60) días calendarios y sólo para el tipo de vehículo para el que solicita el permiso.
      Los postulantes deben estar acompañados, todas las veces que se encuentren conduciendo en la vía pública, por un conductor que posea licencia de conducir de la clase y categoría correspondiente a la solicitada.
      Artículo 294º. – Sanción a instructores.
      Las infracciones tipificadas en el presente Reglamento que se cometan durante la instrucción de conductores postulantes a Licencias de Conducir o aprendices de conductor, son de responsabilidad del Instructor
      Infracción M.3 Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional.

      Para realizar la practica de manejo su hijo debió obtener el permiso provisional, la infracción por lo tanto si se configuro y la sanción que corresponde es la inhabilitacion del conductor sin permiso por 3 años.

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  20. Gracias ppor su respesto Dr. Agurto

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  21. DISCULPE AMI ME INTERVINIERON POR MANEJAR UNA MOTO LINEAL. EN MI BARRIO Y ME PUSIERON LA PAPELETA M03 EL 10 DE ENERO DE ESTE AÑO. ES TRISTE SABER QUE TENIENDO 22 AÑOS TENGO K ESPERAR 3 AÑOS POR NO TENER LA MADURES SUFICIENTE. Y COMETER ESTE GRAVE ERROR. LO QUE QUISIERA SABER SI EXITE LA FORMA DE INPUGNAR ESTA PAPELETA O OTRA FORMA. ESPERO ME RESPONDA GRACIAS

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    1. Estimado Nelson, la ley es dura pero es la ley. Tendrás que esperara a que culmine tu sanción de inhabilitacion por 3 años

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    2. GRACIAS POR SU RESPUESTA MUY AGRADECIDO

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  22. Dr. Marcos, fui intervenido por un efectivo policial el día 15 de agosto por operativo de alcoholemia, presente al efectivo policial tarjeta de propiedad del vehículo, SOAT y licencia de conducir( motocicleta lineal 125cc maca: bajaj modelo: platina) me dijo que me bajarán del vehículo y me hicieron soplar con una cañita a un envase que contenía un liquido, me hicieron soplar tres veces y el líquido cambio de color y me dijeron que les debo acompañar a la comisaría por que voy a ser detenido por manejar en estado de ebriedad. Los acompañe. luego me dijeron que debo hacerme examen de sangre obligatorio para que puedan ellos saber cuanto de alcohol tengo en la sangre y que ese examen debo pagarlo en el BN por que si no van a informar SBS, el examen de sangre lo hicieron en el policlinico PNP Moyobamba - San Martín. Después me hicieron una citación policial para presentarme a la comisaría para rendir mi declaración por haber sido intervenido. Primera citación 16 de agosto 2015 8:30 hras Segunda citación 18 de agosto 2015 8:30 hras y Tercera citación 20 de agosto 2015 8:30 hras fui y me dijeron que no llega todabia los exámenes de sangre que recién iba a llegar el 21 de agosto 2015, fui el 21 de agosto y me dijeron que no está el policía responsable de la investigación que regrese el 22 de agosto 2015. Nuevamente fui el 22 de agosto me presente y llamaron al policia a cargo de la investigación CIP 31648867 Oscar Montecarlo Cueva SO 3 PNP el cual me dijo que tengo que ir acompañado por mi abogado para rendir mi declaración ya que los resultados dieron positivo en 0.81 gr/lt, yo le dije que puedo dar mi declaración sin necesidad de un abogado, el efecto policial me hablo en un tono que no me pareció correcto haciendo valer su prepotencia, diciéndome que he cometido un delito grave, nuevamente le mencione que puedo dar mi declaración sin necesidad de un abogado y me dijo que regrese el 24 de agosto con un abogado defensor por que sino él no me puede atender.
    Dr. Quisiera saber si el efectivo policial esta asiendo abuso de autoridad o esta en lo correcto. Ya que un amigo me dijo que para dar mi declaración en la comisaria no es necesario un abogado. Que cuando vaya a la fiscalia recién ahí pueda llevar un abogado o me acoja a la ley de confesión sincera ya que el delito es por primera vez. Necesito una respuesta.

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    1. Efectivamente conducir un vehículo con presencia de alcohol en la sangre que supere el limite establecido es un delito, por lo que deberá hacerse una investigación a nivel fiscal, siendo competente preliminarmente la comisaria PNP de la jurisdicción a donde ud deberá rendir su manifestación. Para que su manifestación tenga valor legal y no se cuentione la diligencia debe estar presente el fiscal y su abogado defensor

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  23. Buenas noches, quisiera saber si hay algún tipo de recurso para recuperar el SETAME, sucede que se me venció, no me percaté y cuando fui, me dijeron que ya se había vencido y no procedía la renovación, esperando su orientación me despido

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    1. Depende a que le llame ud SETAME, a la autorización del servicio o a la tarjeta única de circulación (permiso de operación) . En caso de la TUC
      Artículo 33.- Del plazo de vigencia y renovación de la TUC
      33.1 La TUC tiene vigencia hasta el término de la autorización de servicio o hasta el término de la antigüedad máxima de permanencia del vehículo, según corresponda.
      33.2 La renovación de las TUC en caso se trate de renovación de la autorización de servicio, se efectuará de manera simultánea debiendo presentar todos los requisitos establecidos en el artículo 28º de la Ordenanza

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  24. BUENAS TARDES, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE TENGO UNA INFRACCION EN EL CALLAO (FOTOPAPELETA M17) DE FECHA 18/07/2013 POR S/. 462.00 LA VERDAD ME ENTERE POR INTERNET HACE UN TIEMPO PERO NO TENGO CLARO SI POR LA FECHA ESTA PAPELETA PRESCRIBE O NO, NO ENCUENTRO INFORMACION EN NINGUN LADO DE LOS PERIODOS DE PRESCRIPCION DE LAS INFRACCIONES EN EL CALLAO, SI PODRIAN ORIENTARME QUEDARE AGRADECIDO.

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    1. Debes presentar tu solicitud de prescripción directamente en la municipalidad del callao. De acuerdo a la fecha de tu infracción la prescripción de la acción opera al año, es decir si desde la toma de la foto paso un año y no se emitió ni notifico la resolución de sanción respectiva se debe declarar la prescripción.

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  25. Buenas tardes,
    Mi consulta es la siguiente; Mi papá tiene un vehiculo que lo utiliza para el servicio de Taxi y tiene todos sus papeles en regla. Yo tengo la licencia A1 desde febrero. Queria saber si es que pongo el cartel no ''FUERA DE SERVICIO'' puedo manejarlo sin ningún problema de que me detenga un patrullero. Gracias de antemano.

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    1. Víctor el letrero de fuera de servicio solo es usado por los vehículos que tienen ruta. O sea de servicio público regular. Lamentablemente con esa licencia serias objeto de intervención por parte de la pnp quienes consideran de manera equivocada qué es una infracción

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    2. Gracias Doctor por su respuesta. Entonces no hay ninguna norma o articulo en el reglamento que me ampare si es que llego a manejar y me interviene la PNP?

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    3. Si, pero la PNP no lo entiende asi

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  26. Buenos días doctor,hace mas de un año perdí mi brevete, procedí a sentar la denuncia y a sacar el duplicado del mismo. Ahora resulta que mi vehiculo tiene una orden de captura por una papeleta no pagada, entiendo que usaron mi brevete perdido, porque a mi nunca me la pusieron y nunca conduci el vehiculo que se indica.

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    1. En ese caso debes iniciar en el sat un procedimiento de desvinculación de la multa con la denuncia por pérdida (que debe ser de fecha anterior a la papeleta) Ademas debes denunciar ante el Ministerio publico al propietario de la papeleta que se cometió usando tu licencia

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  27. Buenos días doctor,otra consulta, yo manejo una combi con placa de transporte publico aun, pero la uso para servicio particular, vi a los inspectores en una camioneta querer detenerme o algo asi, creo q el trafico se lo impidió, al final pienso que me tomaron una foto, sinceramente no vi, pero pienso que pudo haber sido, es aceptable este tipo de multa si me la pusieran?ojo que no me detuvieron ni me pidieron documentos...

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    1. Ordenanza 1599
      Artículo 87.- Negativa de entregar documentación solicitada por parte del conductor intervenido
      En el caso que el conductor intervenido, ante la solicitud del Inspector Municipal de Transporte interviniente, se negara a entregar la documentación solicitada, el inspector procederá a elaborar un acta de intervención en la que se dejara constancia de la negativa de entregar la documentación solicitada, pudiendo adjuntar los medios probatorios que correspondan al caso en concreto. En el acta deberá constar la hora y fecha de la intervención, los cuales deberán coincidir con los consignados en el acta de control respectiva, asimismo el acta deberá ser suscrita por el inspector municipal y el nombre de la persona encargada del operativo, dando fe de los hechos acontecidos

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  28. Buenas noches
    Estimado doctor
    De antemano gracias por su orientación me colocaron una papeleta M02 con fecha de resolución 04-08_2015, que trámites debería realizar o que pasos debería seguir acabo de recibir el día 20-09-2015 la resolución en mi domicilio
    Qué opción hay para rebajar el tiempo de suspencion de 03 años ya que nunca me impusieron papeleta alguna
    A la espera de su valiosa orientación
    Gracias

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    1. Según el reglamento de transito nadie puede ser sancionado sin derecho a defensa por lo que esa resolución es apelable dentro de los 15 días hábiles luego de notificada.
      Ese sera el primer paso a seguir

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  29. Mire el día 24 de setiembre me impusieron una papeleta x el mal uso del claxon la multa l07 y por error la policía de tránsito marco en el recuadro de los círculos el 1 en vez del 2 que hago en ese caso

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  30. Buenos dias mi consulta es cuales son los motivos por los cuales te puede intervenir un inspector municipal ya que la vez pasada me encontraba detenido en salamanca con mi taxi cerca a un mercado con mi motor encendido y se aparecen los inspectores con un efectivo y con grua y todo y me pide documentos argumentando que porque me encuentro detenido en la via publica y obstaculizo en transito cuando la calle tiene unas rejas que nunca se abren y detras de esas rejas se encontraban mas de 10 autos estacionados en ma pista y le pregunto que porque a ellos no los fiscalizan y me dice que ellos no lo pueden hacer, asimismo en la calle que yo me encontraba habian otros autos particulares y a ellos no les pidieron documentos. Gracias.

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    1. Inspector Municipal de Transporte.- Es la persona designada por la GTU para verificar el cumplimiento de los términos, deberes, obligaciones y condiciones de la prestación del servicio de transporte público regular de personas mediante la acción de control. Asimismo, supervisa y detecta infracciones a las normas del servicio de transporte, encontrándose facultado para intervenir, solicitar documentación, levantar actas de control, elaborar informes y aplicar las medidas preventivas, según corresponda.
      De conformidad con la normativa vigente, los IMT tienen las siguientes atribuciones:
      Ordenar a los operadores del servicio de transporte público regular de personas el cumplimiento de las medidas necesarias para la correcta ejecución de las acciones de control, tales como la detención del vehículo.
      Exigir a los conductores o cobradores la presentación de los documentos necesarios para la correcta prestación del servicio de transporte.
      Levantar en formato pre-impreso el Acta de Control, cuando corresponda
      Elaborar informes que sirvan de sustento para la imposición de actas de control o imputaciones de cargo, sobre la base de lo verificado y constatado en las acciones de control.
      Aplicar las medidas preventivas establecidas en la Ordenanza No. 1599-MML.

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  31. Dr Agurto Buenos días quisiera por favor hacerle la siguiente consulta:
    yo estaba en mi vehículo estacionado con dirección hacia un pared
    y me interviene un policía y me pide mis documentos y procedí a darle mi tarjeta de propiedad, soat y licencia de conducir , y el policía me dijo que estaba conduciendo en estado de ebriedad al cual le respondi que mi vehiculo estaba estacionado y me obligaron a bajar del auto y me llevaron a la comisaria y me sacaron el dosaje la cual salio mas de lo permitido
    y en todo momento les decia a los policias que yo no estaba conduciendo el vehiculo
    ahora ya figura la papeleta en el sat y en el ministerio de transporte
    y veo en el sat que la papeleta en donde debe firmar en conductor dice no se presento y hasta ahora no me notifican la papeleta ni una resolución
    debo esperar que me notifiquen o ya debo pagar la papeleta
    y si no me notifican pasa a coactivo la papeleta?'
    si no pago la papeleta y si no me la notifican puedo esperar el año para que prescriba le agradezco de ante mano Dr por su orientación

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    1. Es importante que al momento de su declaración ante el fiscal presente los medios probatorios que sustenten su afirmación de que no estaba conduciendo, estas mismas pruebas servirán para su descargo ante la municipalidad para efectos de desvirtuar esta afirmación y se le suspenda la licencia de conducir por 3 años.
      Es cierto que el delito de conducción en estado de ebriedad tiene una pena privativa de libertad de seis meses a dos años pero puede solicitar al fiscal la aplicación del principio de oportunidad mediante el cual, previo pago de una reparación civil a favor del estado, se solicite el archivamiento del caso.
      Con respecto a la sanción administrativa esta prescribe a los 4 años, tiempo en el que puede ser notificado de la papeleta para que emita su descargo o la resolución de sanción para que interponga un recurso administrativo (apelación o reconsideracion)

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    2. Dr Marcos buenos Días una consulta hasta ahora no me notifican ni la papeleta ni la resolución , pero en la pagina del sat ya figura la papeleta , que debo hacer porfa , lo que temo es que pase a coactivo

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    3. No puede pasar a coactivo sin que se le notifique la papeleta válidamente.
      Fíjese en la copia que esta en el sistema del sat en el campo Firma del Infractor donde debe figurar su firma o SE NEGÓ A FIRMAR.
      La resolución debe ser notificada a su domicilio y ud puede interponer un recurso dentro del plazo de 15 días.
      Solo después de cumplir esta formalidad se puede iniciar una ejecución coactiva.

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    4. Dr Agurto en la parte donde deberia firmar, el policia puso no se presento , pero yo estuve todo el tiempo en la comisaria donde me intervinieron , la papeleta apareció después de un mes en el sistema pero hasta ahora no me la notifican

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    5. Acérquese a la comisaria a solicitar la explicación del caso

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    6. fui Dr a la comisaria y no me dieron ninguna información me dijeron que ya todo los documentos incluso mi brevete ya estaban en el sat, y que vaya aya a reclamar,

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    7. El campo firma del conductor solo puede presentar dos cosas: la firma o la anotación SE NEGÓ A FIRMAR, en ninguna parte del reglamento se refiere a no se presento

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    8. Dr buenas tardes me dijeron en el sat que es muy raro que figure con ese dato de que la papeleta diga NO SE PRESENTO hubo mucha irregularidad en la papeleta que puedo hacer dr hasta ahora no me notifican ninguna de las dos (papeleta y resolución)

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    9. Una vez notificada la papeleta presente sus descargos

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    10. DR buenas tardes una consulta mire a mi me intervinieron en agotso de este año pero hasta ahora no me llega ni la nitificación del juzgado ni papeleta ni resolución la pregunta es tengo que esperar que me notifiquen - y si no me notifican el juzgado puede solicitar mi arresto ??? o es necesario la notificacion de la citación

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    11. la comisaria debe proporcionarle la información de la fiscalia que vera su caso y esta a su vez le dará información sobre el juzgado que sera el encargado de decidir sobre su caso

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  32. Dr, Hace un mes me pusieron una papeleta m1 la cual impugne por que no habían consignado fecha ni hora, luego de realizado el tramite ante la municipal me salio una resolución en la cual mi reclamo procedía por lo cual mi papeleta quedo nula. En la municipalidad me indicaron para que la papeleta se borre del sistema del mtc demora 1 mes aproximadamente, mi consulta es, ya que yo trabajo conduciendo el vehiculo de una empresa, ¿puedo solicitar un duplicado? y ¿puedo conducir el vehiculo al amparo de la resolución o tengo que esperar que la papeleta consignada en el sistema del mtc sea borrada?, gracias

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    1. Si su descargo fue considerado procedente significa que nunca se le aplico la sanción de cancelación de licencia, por lo cual esta sigue vigente.

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  33. Dr buenas tardes, tengo un camión volquete normalmente lo manejo , pero el 02 de octubre lo maneja un conductor que su brevete no es su categoria, dia que fue intervenido por el cgtu callao y le puso una papeleta M5.un acta de control S3C,y otro S5B todos son de 1,950 cada uno. Ahora en la papeleta de m5 solo figura su dni y no su nº de licencia, aparte su último apellido no coincide, tampoco figura la hora. En las actas de control tampoco no figuran el nº de licencia , el brevete sigue en poder del chofer, el vehiculo no fue conducido al deposito tal como amerita la falta M5, .
    mi pregunta es : ¿PUEDO INPUGNAR LAS SANCIONES despues que me llegue la resolución de sanción? de antemano gracias por su atención Dr.

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    1. Ante la imputación de un cargo ud puede interponer un descargo,pero es importante que tenga sustento legal, en su caso al parecer no hay tal fundamento ya que, como afirma, la licencia no corresponde a la categoría.

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  34. buenos dias Dr. marcos mi pregunta es .me detubieron por estado de ebriedad .pase el examen 0.52 salio ...justo el oficial de trancito era mi amigo ..me entrego mi prevete y documentos ...quisiera saber si procede en lo q es sancion penal ...

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    1. Precise si se levanto la papeleta de infracción.
      Si esto sucedió y le devolvieron su licencia pensando que de esta manera lo ayudan se equivocan.
      En primer lugar la placa de su vehículo esta vinculada por la PNP a un caso de ebriedad por lo que lo intervendrán permanentemente para verificar si ud es el que conduce ya que en teoría no debería hacerlo al estar su licencia retenida.

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  35. buenos dias Dr .marcos mi pregunta es .. mi dosaje ...salio positivo 0.52 mi pregunta es ..procede en lo penal sin que el policia haga un descargo ...o automaticamente la fiscalia me cita..para mi declaracion ,,nose q medidas tomar espero su respuesta gracias

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    1. El proceso penal es de oficio, es decir lo promueve el ministerio publico ante la comunicación que hace del hecho la PNP. De todas maneras recibirá su citación a la fiscalia.

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  36. Estimado dr. Me retuvieron la licencia por falta m02 . en fecha 30 octubre 2015, pero mi licencia tiene vigencia hasta noviembre 2016, a partir de ese mes puedo tramitar mi licencia. Pues ya estará caducada

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    1. La sanción por la infracción M-02 es suspensión de licencia por 3 años, la cual se iniciaría desde la fecha que fue retenida por la policía y culmina 3 años después (30OCT2018) mientras tanto no puede conducir ni realizar la revalidacion o recategorizacion de la misma

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  37. Dr. muy buenas tardes. En mi domicilio he recibido una cédula de notificación del SAT la cual en letra gigante indica EMBARGO APROBADO por EMBARGO EN FORMA DE SECUESTRO CONSERVATIVO en dicho documento indica mi dirección pero figura el nombre de otro contribuyente por la deuda de S/.600 desconozco quien es dicha persona, me extraña dicha actitud del SAT ya que soy contribuyente puntual. Que debo hacer?. Muchas gracias

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    1. Acercarse al sat y consultar sobre el origen de la deuda ya que,podría ser por una papeleta. Impuesto. Tributo u otra multa administrativa. En cualquier caso requiere el asesoramiento dé un abogado

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  38. quiero comprar un auto y buscando en pit.gob.pe con la placa figura una infraccion al mismo con la m02 ...afecta al auto que compre o solo afecta al conductor o a ambos...antes de comprar debo descontar el monto? ya que el dueño no cuenta con dinero en este momento?

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    1. La infracción m 02 conlleva a la responsabilidad solidaria del propietario. Al hacer la transferencia en la notaría les exigen gravamen en blanco por lo que es necesario que se pague la,multa primero ya que, si se inicia la,cobranza coactiva se afectará el vehículo

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  39. QUERIDO DOCTOR MARCOS TENGO UNA PAPELETA M1 ES CANCELACION DEFINITIVA DEL BREVETE O ES TEMPORAL? SE PODRA RECUPERAR? MI PAPELETA ES DE 2800 SOLES MAS REPARACION AL ESTADO. POR FAVOR RUEGO ME DE RESPUESTA.

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    1. Toda cancelación es definitiva. En su caso además se dispone la inhabilitación del conductor de,por vida. Esto quiere decir que la persona sancionada no podrá obtener una licencia nuevamente

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  40. Una consulta para presentar una impugnación de papeleta es obligatorio que el documento cuente con la firma de un abogado

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    1. En principio las papeletas no se impugnan, solo se presenta un descargo y no requiere firma de abogado

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  41. Dr. antes de mi consulta le agradesco por su tiempo,la consulta es la sgte. como ud. comento lineas arriba las placas de los vehiculos estan vinculados a casos de ebriedad y son intervenidos constantemente pero si yo tengo brevete y en el mtc sale como vigente y no figura ninguna papeleta y tampoco resolucion de sancion, asi con todo esto los policias me pueden detener o hacer algun tipo de problema. GRACIAS

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    1. Ninguno, solo actuaran contra la persona a la que se levanto la infracción M-01 ya que su licencia debió ser retenida

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    2. Dr yo tengo la M02 en el mtc sale no se le encontro ninguna papeleta al administrado,tambien licencia vigente, y 0 infracciones,yo fui intevenido el 27-09-15 y ya pague la papeleta y en el sat sale ninguna papeleta pendiente de pago pero en sanciones del conductor al introducir mi numero de licencia si sale la papeleta registrada ,mi pregunta es puedo sacar un duplicado de licencia ya que en el mtc sale todo lo que escribi lineas arriba ,gracias por darse un tiempo a orientar a personas que necesitan orientacion,en mi dosaje salio 0.60 solo por tomar un vaso de ron con gaseosa 3 horas antes de ser intervenido y no haber ocasionado ningun accidente y ala vez le comento que mi ultima papeleta que tuve fue el 2001 pero las leyes no toman esto en cuenta ,asi como castigan a los que constantemente tienen papeletas deberian de darles una opurtunidad a los que no cometen infracciones despues de mucho tiempo y no castigarlos 3 anos

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    3. Artículo 317°.- Sanción por tramitación y obtención de Licencia de Conducir que se encuentre suspendida o cancelada.
      Queda prohibida la tramitación de un duplicado, recategorización, revalidación, canje o nueva licencia de conducir de cualquier clase, por el infractor cuya licencia de conducir se encuentre retenida, suspendida o cancelada o se encuentre inhabilitado para obtenerla.
      La inobservancia de esta disposición constituye infracción muy grave
      (Modificado por DS-003-2014-MTC del 22ABR14

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  42. una consulta dr, deje mi carro en un taller y el mecanico lo manejo sin brevete y le pusieron multa M03 y ahora el carro tiene oren de captura, la pegunta es yo tengo que pagar la multa de otro que uso mi carro en la papeleta sale el nombre del mecanico

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    1. la infracción M-03 tiene responsabilidad solidaria del propietario por lo que la multa sera exigible a el por parte del acreedor (municipalidad)

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  43. Dr. buenas tardes, una consulta. tengo una camioneta pickup baranda, tengo soat y placa amarilla de carga. digame si puedo hacer servicio de carga con brevete A1. Estare muy agradecido x su respuesta. Bendiciones!

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  44. Dr. una consulta me impusieron una fotopapeleta g40 al lado de una notaria, estaba estacionado, donde no obstaculizaba el transito no estaba sobre la vereda, las lineas amarillas no erasn notorias y tampoco habian señales reguladoras, ahora ya a pasado mas de un mes de impuesta dicha papeleta y debo 493 con un medida cautelar, nunca me llego la notificacion a mi domicilio, que debo hacer tengo miedo que me pongan orden de captura, gracias

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    1. Si la papeleta fue notificada a su domicilio ud tenia 5 días hábiles para acogerse al beneficio de un descuento, de tal forma que solo pagaría el 17% del valor de la multa.
      Si la papeleta no llegó y solo le fue notificada la resolución de sanción, recuerde que tiene 15 días hábiles para interponer un recurso solicitando la nulidad de lo actuado según
      Artículo 331º.- Derecho de defensa.
      No se puede imponer una sanción, sin que previamente se conceda el derecho de defensa al presunto infractor y se emita el dictamen correspondiente

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  45. Dr buenas tardes , una consulta, en septiembre del año pasado me retuvieron la licencia y me pusieron una multa la M02, me acogí al al ley de arrepentimiento y pague mi reparación civil , NO he pagado la multa M02, ademas veo en la web del MTC que mi brevete esta vigente , puntos firme = 0. puntos en proceso =0 , en Resolución no dice nada, tengo 50 puntos de bonificacion ya que es la primera vez que me impusieron una papeleta desde que tengo brevete hace mas de 10 años. dígame por favor como puedo recuperar mi brevete, puedo sacar duplicado?, a donde me acerco, al ministerio de transportes , o a la municipalidad. Me ayudaría mucho su comentario. gracias de antemano.

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    1. Lamentablemente no existe un mecanismo para recuperar la licencia retenida por esta infracción ya que luego de un procedimiento sancionador sera suspendida por tres años. Le recomiendo que no obtenga duplicado ya que agravaría su sanción administrativa ademas que cometería un delito al declarar que solicita duplicado por perdida.

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  46. Buenas tardes Doctor.
    En marzo de este año me pusieron una papeleta M02 y me retuvieron el brevette, aun no ha salido la notificacion, yo vivo en Arequipa, en la pagina web aun no han colgado nada ni me han restado puntos y sale mi brevette como vigente, tengo una duda, puedo solicitar un brevette para conducir moto en la municipalidad de Arequipa o tambien estoy inhabilitado para el mismo. Muchas Gracias

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    1. La sanción por la infracción M-02 es suspensión de la licencia, no afecta las posibilidad de obtener una licencia de moto

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  47. Doctor buenas una consulta . El dia de hoy unos inspectores me pusieron un acta de control en cual estos facultativamente me decian que estaba haciendo taxi y yo estaba estacionado esperando q cambie la luz roja por que estaba en una cola y estos señores me dijieron que les de mi documentos y yo les dije cual es el motivo y estos me dijieron hacer taxi sin permiso y yo les pero si estoy en una fila esperando cambie el semaforo y me dijo que no sabes que esto es una fila de colectivos lo que pasa es que recien vengo de provincia y no sabia, pero bueno yo noo tenia ningun cartel ni nada en la mano y aun asi me pedian mis papeles para ponerme el acta pero bueno como yo no cometi la falta.me nege a entregarle mis documentos y me amenazaron con llevarme al deposito y les dije llevenme por que yo no e cometido ninguna infraccion. Pero bueno doctor despues estos me entregaron un documento un acta de control donde este señor pone presencia de casquete de taxi y yo no tengo eso que hago lo puedo reclamar o impugnar . Gracias

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    1. Ud puede presentar sus descargos ante la municipalidad dentro de los 7 días hábiles de levantada el acta adjuntando los medios probatorios que estime necesario

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  48. Dr como ud comento por la infraccion M02 la sancion cae en la licencia y no en el coductor ,entonces si a mi se me vence mi licencia el 20 de abril del 2016 y automaticamente mi licencia ya no existe entonces yo puedo tramitar una nueva licencia apartir del 21 abril del 2016 ya que mi sancion fue a mi licencia mas no a mi,yo tengo una M02 de setiembre del 2015

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    1. Excelente lógica, pero recuerde que estando la licencia suspendida no corre ningún plazo para todo efecto sobre ella

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  49. Doctor buenas tardes.
    el 27 de agosto me pusieron una papeleta M-02 del 2011 pero me llego la resolución después de un año, y no llegue a pagar la multa, ya paso tres años hay derecho a prescripción.
    gracias doctor por la respuesta.

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    1. Si no se notifico la resolución dentro del año luego de levantada la papeleta opera la prescripción de la acción.

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  50. es una pagina interesante, por que nos facilita las dudas, de estos problemas que pasa. gracias

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  51. Estimado Dr, me fue impuesta una papeleta M1 en Julio 2014, la cual pagué en su momento y mi licencia fue retenida por la PNP. Sin embargo en la pagina del MTC sigue apareciendo que mi licencia está vigente y no aparece el numero de resolución. Que podría hacer para recuperarla?

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    1. Lamentablemente no existe un mecanismo para recuperar la licencia retenida por esta infracción ya que luego de un procedimiento sancionador sera cancelada y ud inhabilitado definitivamente (de por vida). En su caso la acción prescribe a los 4 años

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  52. Dr. Agurto buenas tardes.
    tengo un familiar que tiene un taxi con documentos en regla, lo que quiero saber es que si el auto lo uso para trabajar yo y me intervienen podrían ponerme alguna papeleta ?? y que tipo o codigo de papeleta seria? tengo Brevete A1

    y otra consulta aparte, si lo uso de forma particular como para salir con mi familia y me intervienen me pondrían una multa??

    desde ya gracias..

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    1. Si la licencia A1 fue obtenida antes de noviembre del 2008 puede hacer taxi hasta su fecha de vencimiento, pero si fue obtenida después ya no y estaría cometiendo infracción.
      Con respecto a su segunda consulta, si el desplazamiento es dentro de Lima o Callao no comete infracción alguna

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  53. Doctor buenas compre un vehículo del servicio de taxi con placas de uso particular,cuenta con tarjeta de operación hasta el 2018, le despinte la franja a cuadros blancas y negras q tiene incluso compre el soat de uso particular a pesar que está vigente el de servicio público,yo lo uso como particular la pregunta es estoy cometiendo alguna infracción

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    1. Artículo 20.- De la renuncia de la autorización
      20.1 La renuncia de la autorización sólo puede realizarse por su titular y conlleva a la cancelación de las habilitaciones vehiculares y TUC respectivos. Este es de aprobación automática.
      20.2 Para la renuncia de la autorización la solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
      a. Presentación de solicitud con carácter de declaración jurada, en la que se consigne el nombre, razón o denominación social, según corresponda, y el domicilio legal.
      b. Copia simple del documento de identidad de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica solicitante. En este último caso, también se deberá presentar copia simple del certificado de vigencia de poder vigente inscrito en SUNARP que faculte al representante legal para realizar el trámite de renuncia a la autorización, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días

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  54. Una consulta, he perdido la tarjeta de propiedad de mi vehículo y ya hice los tramites para sacar el duplicado en SUNARP, me lo entregarán en unos días, ¿puedo conducir con la copia de la denuncia policial?

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    1. Infracción
      G.58 No presentar la Tarjeta de Identificación Vehicular, la Licencia de Conducir o el Documento Nacional de Identidad o documento de identidad según corresponda

      CALIFICACION: GRAVE
      SANCION: Multa 8% UIT
      PUNTOS: 20
      MEDIDA PREVENTIVA: Retención del vehículo
      BASE LEGAL:
      Artículo 91º. – Documentación requerida.
      El conductor debe portar y exhibir cuando la autoridad competente lo solicite, lo siguiente:
      a) Documento de Identidad
      b) Licencia de Conducir vigente, correspondiente al tipo de vehículo que conduce.
      c) Tarjeta de Identificación Vehicular correspondiente al vehículo que conduce.
      En caso de no presentar la documentación señalada, se aplicará las sanciones y medidas preventivas señaladas en el presente reglamento
      Artículo 261º. – Obligación de portar y mostrar la Tarjeta de Identificación Vehicular.
      El conductor debe portar la Tarjeta de Identificación Vehicular del vehículo que conduce y mostrarla cuando un Efectivo de la Policía Nacional del Perú asignado al control del tránsito se lo solicite.

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  55. Dr. una consulta, el dia 23 de diciembre un policia de la cgtu me interviene y me pone una papeleta, la M5 , me argumenta que no puedo conducir el vehiculo en el que estaba porque mi licencia es A1. mi consulta es, si esta bien impuesta la papeleta,mi licencia efectivamente es A1 pero es del año 2006,y el vehiculo que conduzco es de la categoria M1 habilitado para transporte privado en el callao.En anteriores intervenciones policiales nunca tuve problemas, de antemano agradesco su atencion

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    1. Definitivamente la papeleta esta mal levantada, la licencia A1 expedida al amparo del reglamento de licencias anterior (2008) facultan a realizar el servicio de taxi (si este fuera su caso) hasta su fecha de vencimiento (2016)

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  56. Dr. una consulta, me pusieron una papeleta la M5 , mi licencia es A1 del año 2006 y conduzco un vehiculo de la categoria M1(chevrolet N300 minivan, 8 pasajeros,peso bruto 1700 Kg) que cuenta con permiso para transporte ``privado`` en el callao,lo que el efectivo policial me argumenta es que no puedo hacer transporte privado con la licencia A1.Que puedo hacer en este caso segun el reglamento si puedo conducir un vehiculo de esa categoria con la licencia que tengo( ya que tramité mi licencia antes de noviembre del 2008), pero segun el policia no,y me enseño el reglamento donde no dice nada sobre trasporte privado. muchas gracias

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    1. debe presentar su descargo dentro de los 5 días hábiles que se inician al día siguiente del levantamiento de la papeleta

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  57. Buenas tardes, doctor.
    Mi consulta es la siguiente:
    Tengo una papeleta M03, puesta porque un sobrino mío salió a manejar mi moto sin autorización y éste no poseía brevete.
    La papeleta fue puesta en julio del 2014. La pregunta es ¿A cuántos años prescribe la multa que es de 1925 soles? ¿Cuál es el procedimiento para solicitar la prescripción? Le agredeceré un montón su respuesta, estimado doctor. Saludos.

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    1. El reglamento fue modificado por DS-003-2014-MTC del 22ABR14 a partir de esta fecha la prescripción opera a los 4 años.

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  58. Consulta , me gustaría ir al KM 82 del sur es una playa, pero mi carro es taxi con setaca .Existe problemas por eso ?

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    1. mayor información en el siguiente enlace:
      http://sistemas.sutran.gob.pe/WebExterno/Pages/ComunicacionViaje/OpcionesBusqueda.aspx

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  59. hola doctor buen dia
    mi consulta es me impusieron una papeleta el 24 de octubre del 2014 fue una R01 el detalle fue que justo estaba detras de un taxi en el jiron washigton en el centro de lima y en ese momento aparecio los inspectores GTU y entonces me tomaron como taxista tambien lo cual no es cierto entonces tomaron una foto a mi vehiculo 3 dias mas tarde me doy con la sorpresa q mi vehiculo staba impuesta con una papeleta R01 asumiendo q yo estaba haciendo servicio de taxi lo cual no fue asi tampoco no me pidieron mis documentos entonces viendo el caso fui al sat a reclamar llene unos formuloarios y hize mi denuncia ante inspectoria de la GTU lo cual fue contestada y lo cual me dicen que fue infundada entonces hasta la fecha tengo ese problema y me vehiculo esta con orden de captura y con un monto a pagar 2431 que solucion tengo por favor ayudeme que procedimientos tengo que hacer para que se haga justicia ya que a pasado bastante tiempo y sigo con el mismo problema ante mano muchas gracias

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    1. estimado amigo ud ya realizo las acciones necesarias para exigir justicia, pero los mismos no han dado el resultado esperado tal vez porque no tenían el sustento legal necesario. Si agoto esta vía, ya no queda mas por hacer

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  60. DR AGURTO BUENOS DIAS una consulta mire a mi me pusieron un papeleta en agosto del 2015 la M02 pero como le comente anteriormente el policia nunca me entrego la papepela y en el sat figura y en la parte donde debi firmar sale NO SE PRESENTO , y ademas figuraba en el sistema de licencia de conducir del MTC la papeleta y desde el 04 de enero del presente en dicho sistema ya no figura la papeleta sale (NO SE ENCONTRARON PAPELETAS PARA EL ADMINISTRADO) puedo sacar mi duplicado - puedo manejar todavia ??'

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    1. El sistema informático no permitirá que realice ningún tramite sobre la licencia ya que en el sat esta registrada la papeleta que indica

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  61. DR buenos dias una consulta en el sistema del ministerio de transporte aparecia la multa m02 y ahora entre y ya no sale no resgitra ninguna papeleta puedo tramitar mi duplicado

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    1. El sistema no determina la existencia o no de una papeleta de infracción, es simplemente informativo. Si ud fue notificado de la existencia de una papeleta levantada en su contra no debe tramitar duplicado alguno.

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    2. DR EL POLICIA NUNCA ME NOTIFICO LA PAPELETA NI FIRME NADA SIMPLEMENTE APARECE EN EL SAT, ESTOY A LA ESPRA DE Q M NOTIQUEN Y HASTA HAORA NADA ''????

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    3. Le recomiendo acercarse a la municipalidad para hacer la consulta respectiva sobre notificación

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    4. DR AGurto buenos dias una consulta mira me notificaron la resolucion de sancion pero en la resolución dice que como no presente mi descargo de la papeleta en el plazo correspondiente se emite la resolucion yo presente el recurso de apelacion hasta que punto es bueno que aya presentado el recurso como nunca me notificaron la papeleta

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    5. De no haber sido notificada la papeleta su recurso de apelación debe estar sustentado en el articulo Artículo 331º.- Derecho de defensa.
      No se puede imponer una sanción, sin que previamente se conceda el derecho de defensa al presunto infractor y se emita el dictamen correspondiente con excepción de lo dispuesto en el numeral 1) del Artículo 336° del presente Reglamento Nacional. Igualmente se garantiza el derecho a la doble instancia.

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    6. DR a que se refiere GARANTIZA EL DERECHO A LA DOBLE INSTANCIA saludos

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    7. dr buenas tardes disculpe que lo moleste tanto pero es muy util su ayuda -- es cierto que si sigo apelando el plazo de sancion se posterga ???'

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    8. Si, en caso que la licencia no hubiera sido retenida, pero si lo fue el computo de la suspensión se inicia desde la fecha de retención

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    9. El derecho a la doble instancia significa que si usted no esta de acuerdo con la resolución de sanción puede presentar un recurso administrativo para que una instancia superior pueda revisar la legalidad de dicha resolución

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  62. Dr buenas noches el dia 22/10/14 me pusieron un papeleta r01 supuestamente por no tener autorizacion de taxi cuando eso no era cierto aduciendo el inspector que de esa manera agilizaria la entrega de mi tarjeta de circulacion, yo no acepte por lo cual me negue a firmar la papeleta.Yo tengo autorizacion de taxi remisse y mi falta solo fue usar casquete de taxi es mas yo tuve una papeleta previa(23/6/14) por el mismo motivo del casquete pero me colocan la r12 que si correspondia porque yo si tenia autorizacion de taxi entonces como reconocen en la primera papeleta que si tenia autorizacion de taxi y en la segunda no. Estuve haciendo los tramites del silencio administrativo el problema es que cuando ya casi se cumplia 1 ano desde la papeleta me notifican a una direccion equivocada la resolucion y recien me entero ya habiendo vencido el plazo para apelar por lo que ahora me encuentro con cobranza coactiva, que podria hacer?

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    1. debe solicitar al SAT un procedimiento de verificación de datos a fin de demostrar que la notificación no fue valida, una vez logrado esto se paraliza la ejecución coactiva y se reinicia el procedimiento sancionador

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    2. Doctor gracias por su comsejo ya presente el tramite de verificacion de datos pero me dicen que demora un mes la respuesta y ahora ya tengo medida cautelar desde hoy, digame porfavor habria alguna solucion para evitar la orden de captura del carro hasta que salga la respuesta de verificacion de datos.

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    3. Solo esperar el resultado de la verificación y luego solicitar el levantamiento de la medida cautelar

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  63. Dr gracias disculpe por insistir es mi ultima pregunta, yo soy taxista y necesito trabajar que pasaria si pago la papeleta que es de un costo muy elevado y luego me dan la razon en la verificacion de datos, me devolverian mi dinero o quizas exista alguna forma que puedan darme descuento porque los intereses estan subiendo mas.Y yo podria quejarme en indecopi u otro ente por el abuso de autoridad del inspector de transito y del sat?

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    1. El pago significa la aceptación de la infracción y la conclusión del procedimiento al convertirla en irrecurrible.
      la figura del abuso de autoridad es un delito y se debe canalizar la denuncia ante la fiscalia.

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  64. de todo lo que he leído con respecto a papeletas. es un dolor de cabeza.... hay policias y fiscalizadores que ponen papeletas sin argumento legal y asimismo ya te malogran el día pues para no pagar tienes que presentar un descargo y si es una papeleta que podrías pagar menos de 30 soles ya no combiene reclamar y ellosse salen con la suyas.. en conclusión todo lo que uno reclama con argumento legal y sustentando no siempre la sat te da la razón y esto conlleva a perder tiempo y dinero..... conclusión que hacer si estas bestias de autoridades te ponen papeletas fuera del marco legal .... acaso ellos van preso o acaso el estado te devuelve tu día perdido o tu dinero pérdido..... ami me pusieron una papeleta por estacionarme 3 segundos en zona restringida pero lo hice para contestar una llamada pero igualme pusieron la papeleta y despues de eso otra más la muyyy de su mare (mujer) ni caso a lo que argumentaba .... solo me dijo vaya a inspectoria y haga su reclamo menos mal que pude etar sereno moreno si no .... le ... * bueno mejor tomen taxi y evitense el estres y las papeletas

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    1. con lo sucedido a la señora Buscaglia, mantener la clama es lo mejor

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  65. Buenos días, primero quiero felicitarlo por absolver las preguntas que le hacemos, mi pgta ya se lo han hecho meses anteriores pero no tengo clara la respuesta y es la siguiente....quisiera saber si hay algún tipo de recurso para recuperar el SETAME, sucede que se me venció, no me percaté y cuando fui, me dijeron que ya se había vencido y no procedía la renovación.... es el mismo problema el que tengo, se me pasó la fecha de renovación, y nose que hacer para recuperar mi setame y siendo el servicio de taxi mi trabajo, nose como podría hacer para recuperar mi setame, ojalá me pueda orientar, muchas gracias por la atención prestada, esperando su respuesta me despido.

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    1. Una vez que la autorización ha vencido solo queda un camino, obtener una nueva autorización cumpliendo con los requisitos dispuestos en la ordenanza

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    2. Gracias por responderme, entonces hago el trámite como si lo hiciera por primera vez? ah de cuenta que nunca lo tuve? están dando entonces setame? porque a tanto parque automotor ya ni daban, disculpe la insistencia, es que desconozco el tema, y cuando fui a solicitarlo los tramitadores me decían que me lo pueden recuperar pero me pedían montos que no puedo pagar, disculpe la insistencia, pero nuevamente recurro a su orientación pues es ud. una persona preparada que conoce el tema. Muchas gracias por la atención, y que bueno saber que existe este blogg que nos orienta y nos da una salida a tantos problemas que se nos presenta.

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    3. Actualmente en Lima no se están entregando nuevas autorizaciones para el servicio de taxi, por lo que le sugiero solicitarla en el Callao

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  66. Buenas tardes doctor,una consulta El año pasado en agosto vendi mi auto se hizo Los tramites en LA notaria con El comprador, en enero me llega un documento que Esta con orden de captura MI otro auto , lo que pasa es que El auto que vendi en agosto Tiene papeletas en octubre , si yo ya no soy el dueño xq mi otro carro esta con orden de captura,e presentado mi carta de transferencia con un formato del sat verificación del obligado,me dice que eso demora 30 días libres,y yo trabajo con mi carro me esta perjudicando que puedo hacer , gracias

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    1. Los tramites administrativos tienen plazo de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, por lo cual solo resta esperar

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  67. Buen día, tengo una consulta con respecto a otro tema.
    Es sobre el forrado de vehículos con vinilo, si forro solo la capota de mi auto de color negro, estoy infringiendo alguna normal o algo así, pues todos comentan que si no excede el 50% del vehículo no pasa nada. Mi auto es de color verde metálico.
    Gracias por la respuesta.

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    1. Un color que no exceda el 25% del total de la carrocería no es necesario que figure en la tarjeta de identificación vehicular

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  68. Dr. una consulta me pusieron una papeleta M 01 el dia 17 de marzo del 2014 luego de mi manifestacion y que mi dosaje salio positivo en la comisaria luego de esto la comisaria nunca jamas me llamo para nada ni me llego nin guna notificacion del ministerio publico o de la municipalidad del Rimac donde ocurrio el suceso ya que yo mismo fui a la comisaria para hacer una denuncia de robo y choque lamentablemente yo habia bebido luego de mi percanse y me dijeron con astusia los policias que si queria levantar una denuncia tenia que hacerme el dosaje etilico yo confiado creyendo que saldria negativo accedi Al mes reviso en el sat y me sale la papeleta con la fecha del 3 de marzo y en el otro casillero de la pagina del sistema de licencias de conducir por puntos me sale una fecha firme del 29 de mayo del 2014 y aun asi hasta el dia hoy 28 de enero del 2015 me sale en la misma pagina que mi licencia esta aun vigente y no me sale la resolucion ni puntos firmes ni puntos en proceso que puedo hacer para salvar mi licencia y/o si tengo alguna opcion desde ese dia a la fecha de hoy ...gracias

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    1. Si la información que proporciona se confirma podría declararse la prescripción de la acción

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  69. Buenas noches Dr. He leído sus respuestas y aún no me queda clara mi duda. Si mi papa tiene un carro inscrito como taxi en la setaca con todos los papeles en regla. ¿Estaria cometiendo alguna infraccion al conducir el carro con mi brevete A1 para movilizar a mi madre?

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    1. Si ud es propietario de un automóvil puede conducirlo con la licencia A1 sin ningún problema.
      Si el vehículo es inscrito voluntariamente por su propietario para el servicio de taxi y obtenido el certificado de operaciones respectivo ha limitado su derecho de propiedad con relación al uso del vehículo y debe cumplir con la reglamentación respectiva y una de ellas es que solo debe ser conducido por una persona titular de la licencia de conducir AIIa en adelante.

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  70. Buenas días estimado Dr. Le comento mi caso... en octubre de 2015 tuve un accidente en estado de ebriedad, al pasar por el dosaje los policias me pidieron un "sencillo" para que en vez de ponerme la M1 me pongan la M2 y así evitar que pueda perder el brevete de por vida, les dí el dinero y efectivamente me pusieron la M2 (en la papeleta dice no me presente a firmar) que ahora está registrada en el SAT pero que aun no me notificaron, por otro lado, del Ministerio Publico tampoco aún me han notificado. Tengo entendido que puedo ingresar un descargo a la papeleta y posteriormente impugnar la resolución de sanción a efectos de que la suspensión de tres años aún no se concrete y dilatar mas el tiempo de vigencia de mi brevete, pero tengo una duda. Quisiera saber si el hecho de impugnar podría hacer que corrijan la papeleta y efectivamente me pongan la M1 y pierda soga y cabra...y otra si la probabilidad de detección en el SAT sobre sacar un duplicado es alta o no? toda vez que me dijeron que esa multa generalmente no te la ponen o es dificil de iniciar un procedimiento por ello. Muchas gracias de antemano por absolver mis dudas.

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    1. Interponer recursos administrativos que la ley reconoce, corresponde en los casos en lo cuales se hubieran vulnerado los principios de la potestad sancionadora, la constitución o las leyes y al parecer no es su caso.
      Ademas que el hecho de utilizarlos seria perjudicial ya que la sanción no alcanzaría firmeza en el plazo de ley sino que se extendería hasta que se resuelvan sus recursos y la sanción seria eficaz a partir de este acto y no desde la fecha de comisión de la infracción (octubre 2015)

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    2. Muchas gracias por la duda absuelta, pero eso de eficacia de la suspensión del brevete que se daría cuando recién resuelvan mis recursos administrativos, en este caso una posible apelación, ¿Dónde está regulado? en la LPAG o en el código de Transito? porque yo creía que la apelación declaraba le daba la razón a la primera resolución de sanción y el plazo continuaba corriendo desde la fecha de la infracción. Muchas gracias por su tiempo, creo que estoy en serios aprietos.

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    3. Artículo 336°.- Trámite del procedimiento sancionador.
      Recibida la copia de la papeleta de infracción, el presunto infractor, ya sea conductor o peatón, según corresponda, puede:
      2. Si no existe reconocimiento voluntario de la infracción:
      2.4 La resolución de sanción pecuniaria y/o no pecuniaria será ejecutiva cuando ponga fin a la vía administrativa o cuando quede firme. La Municipalidad Provincial o la SUTRAN podrán adoptar las medidas preventivas para garantizar su eficacia, en tanto no sea ejecutiva

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    4. Dr. Agurto buenos dias consulta el articulo 336 dice RECIBIDA pero en el comentario de IBSEN dice que nunca le notificaron la papeleta y aparte que en la papeleta dice NO SE PRESENTO A FIRMAR y eso no esta regulado en ninguna parte del reglamento de transito , aun asi se podria presentar el recurso de apelacion contra la resolución de sanción

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    5. Artículo 331º.- Derecho de defensa.
      No se puede imponer una sanción, sin que previamente se conceda el derecho de defensa al presunto infractor y se emita el dictamen correspondiente con excepción de lo dispuesto en el numeral 1) del Artículo 336° del presente Reglamento Nacional. Igualmente se garantiza el derecho a la doble instancia.

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  71. Estimado doctor Marcos lo felicito x su blog. Le comento que el día de hoy fui a dejar un amigo al aeropuerto resulta que un policía motorizado GGTU se detuvo delante de mi vehículo indicándome que le entregue mis documentos que me sancionará por hacer taxi pirata a lo k le explique que la persona era un amigo y encima detuvo a esa persona a preguntarle no contento con la respuesta procedió a imponerme la papeleta (acta de control) xt01 a pesar de mis explicaciones no entendió por lo que me negué a firma quisiera saber que puedo hacer en este caso

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    1. Artículo 89. Plazo para la presentación de descargos
      El presunto infractor tendrá un plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la notificación para la presentación de sus descargos, pudiendo, además, ofrecer los medios probatorios que sean necesarios para acreditar los hechos alegados en su favor.
      Artículo 90.- Del Término probatorio.
      90.1.- Vencido el plazo señalado en el artículo anterior, con el respectivo descargo o sin él, la autoridad administrativa, podrá realizar de oficio, todas las actuaciones requeridas para el examen de los hechos, recabando los datos e información necesarios para determinar la existencia de responsabilidad susceptible de sanción.
      90.2.- Dependiendo de la naturaleza de los medios probatorios ofrecidos y siempre que se trate de pruebas pertinentes y útiles para resolver la cuestión controvertida, la autoridad competente podrá abrir un periodo probatorio por un término que no deberá exceder de 10 días hábiles.
      90.3.- Concluido el periodo probatorio, la autoridad competente expedirá resolución en la que se determinará, de manera motivada, las conductas que se consideran constitutivas de infracción, que se encuentren debidamente probadas, la sanción que corresponde a la infracción y la norma que la prevé, o bien dispondrá y ordenará la absolución y consecuente archivamiento

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  72. Estimado Doctor, de antemano le agradezco la ayuda que brinda en este foro, la consulta es la siguiente, el 23 de enero del 2016 me chocaron, nos fuimos al dosage por que horas antes había tomado me salió positivo, arreglamos con el dueño del otro carro siendo increíble tube que pagarle 800 soles con un documento firmado con hulla de las dos partes para que todo quede ahi, sin embargo la policía me puso una papeleta M1, el 04/02/2016, me fije en el MTC y aparece la papeleta pero al igual que muchos que le han comentado no tengo resolución y mi licencia esta vigente, pero en el sat no existe la papeleta ni pago nada me imagino que debo esperar, por lo que e leído mi suspension es definitiva pero sino hay resolución, cuanto tiempo tengo que esperar para que se pueda prescribir la papeleta o sanción, hacer la petición, usted que me recomienda gracias por su respuesta

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    1. Actualmente la acción por infracción prescribe a los cuatro años.
      En su caso debe haber una diferencia entre la fecha de infracción y la fecha de levantamiento de la papeleta.
      No debe considerar la prescripción como una opcion

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    2. buenos tardes doctor me llego una resolución a mi casa, que me están suspendiendo mi licencia de por vida, mi grado de alcohol era de 0.56 puedo apelar o ya el caso esta perdido y solo me queda resignarme

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    3. Solo se inhabilita de por vida si conduce con presencia de alcohol en la sangre y participa en un accidente de transito

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    4. Así es me chocaron es por eso que no hay denuncia por la otra parte, el chofer se aprovecho de mi dosaje solo para sacarme para arreglar su carro pero quedo ahí, eso quiere decir que ya no puedo hacer nada al respecto, gracias

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  73. nbunas tardes una consulta me intervinieron hace 4 años conduciendo en estado de ebriedad y sin licencia me pusieron 2 papeletas M3 Y M2 ahora quise tramitar mi licencia
    pero me dicen que priemro tengo que solucionar sobre esas papaletas y me pide una prescripcion , la consulta es que no pague ninguna de las infracciones y ya pasaron 4 años quisiera saber si la deuda prescribe sola o necesariamente se tiene que pagar.gracias

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    1. En el tiempo que se levantaron las papeletas que menciona la prescripción de la acción era de un año, es posible que hayan prescrito.
      Acérquese a la municipalidad provincial respectiva para solicitar que se declare la prescripción de las mismas

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  74. Estimado doctor Agurto, me impusieron papeleta M02 (está firme desde el 21 de Agosto 2015 en sistema del mtc). Sin embargo, mi licencia venció en Setiembre del 2015 y se quedó así hasta ahora en el sistema. Veo que no hay resolución de la infracción (me citaron a fiscalía y pagué multa y reparación civil por principio de oportunidad). Mi consulta es qué debo hacer? Seguir esperando la resolución? Un amigo me recomendó renovar el brevete ya que no pesa aún sanción sobre él, esto es posible? Muchas gracias

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    1. No es posible ya que como ud indica el sistema ya registra su infracción "esta firme desde el 21 de agosto"

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  75. compre una combi con 2
    papeleta y le di el carro para q trabaje un tio y acumulo 4 papeletas mas. en total son 6 papeletas para el carro ya que el como chofer se negó a dar sus documentos. que puedo hacer quiero salir de este problema,
    trabaje y acumule 6 papeletas

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    1. No todas las infracciones conllevan a la responsabilidad solidaria del propietario, es importante que verifique que código de infracciones tiene

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  76. Doctor,yo tengo dos infracciones en vehículo motorizado hace 5 años que las cancele en su momento,hoy en día ya deje de usar mi moto por mi trabajo necesito tener licencia de conducir AIIB ,hoy voy hacer mi tramite ante el MTC y me salen estas dos infracciones ya canceladas como M con 50 puntos en su sistema que ellos manejan,y por eso no me dejan inscribirme para tramitar dicha licencia ,que debo hacer para anular esos puntos en el satch del municipio.

    Le agradezco por su respuesta de antemano

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    1. Muy extraño ya que los puntos solo tienen una vigencia de DOS AÑOS, por lo que no deben ser tomados en cuenta para una posible sanción de suspensión

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  77. hola doctor buen dia una consulta la papeleta R01 a los cuantos años se puede prescribir

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    1. Artículo 95.- Del Plazo de Prescripción
      95.1 La facultad para determinar la existencia de infracciones o contravenciones e iniciar el procedimiento sancionador prescribe a los dos (2) años contados a partir de la fecha en que se cometió la infracción.

      95.2 En el plazo de tres (3) años contados a partir de la fecha en que quede firme la resolución de sanción, prescribe la facultad de la autoridad competente de ejecutar la sanción impuesta en un procedimiento sancionador

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