miércoles, 2 de diciembre de 2015

LA PRESCRIPCIÓN DE LAS INFRACCIONES DE TRANSITO

La prescripción es una figura de naturaleza procesal que impide la persecución de la infracción porque se considera que, transcurrido un determinado plazo para su castigo, si no se ha ejercicio la potestad sancionadora la municipalidad,  pierde sentido dejarla latente.
Por medio de la prescripción la Municipalidad deja de ser competente para sancionar en un determinado caso concreto ya que pierde el derecho de punir (castigar) y se elimina la posibilidad que pueda establecer la existencia de una infracción (acción) y aplicar válidamente una sanción al responsable (sanción).
La prescripción es una expresión de la garantía del debido proceso por lo que la administración en el ejercicio de la potestad sancionadora tiene el irrestricto deber de respetarla.
En el caso de los plazos de prescripción en materia de infracciones de tránsito, se rigen por la norma especial (reglamento de tránsito) el cual hasta el 22 de Abril del 2014 prescribía que: La acción por infracción de tránsito prescribe al año, contado a partir de la fecha de su comisión; y la multa, si no se ha hecho efectiva la cobranza, prescribe a los dos (2) años, contados a partir de la fecha en que quede firme la resolución de sanción”
Esto significa que si se levantó una papeleta de infracción de transito antes de esa fecha y la municipalidad no notificó la resolución de sanción respectiva dentro de los 12 meses siguientes, ha perdido la potestad (poder) de sancionar, al convertirse en una autoridad no competente para tal fin.
Lo mismo ocurrirá si antes de esa fecha  (22 de Abril del 2014) se notificó la resolución de sanción derivada de una papeleta de infracción de tránsito y transcurridos dos años no se hizo efectiva la cobranza de la multa impuesta.
A partir del 23 de Abril del 2014 los plazos de prescripción han sido modificados de tal manera que se rigen de acuerdo a lo establecido en el artículo 233 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General la cual solo considera el plazo de prescripción de la acción (desde el levantamiento de la papeleta hasta la notificación de la resolución de sanción) en 4 años.
Según la recientemente publicada ordenanza 0123-2015 de la Municipalidad Provincial del Callao  se establece un “beneficio”  del pago del 20% del valor total de la multa por papeletas y resoluciones de sanción levantadas y notificadas hasta el 31 de diciembre de 2011; es decir que pretenden sancionar cuando ya no son competentes para hacerlo por efectos del instituto de la prescripción.
Pero no solo eso en su Artículo 3.- INAPLICACION DE DESCUENTO dispone que los beneficios de descuento de esta ordenanza no aplican a aquellas personas que inicien dentro de la vigencia de la misma, el trámite de la prescripción de deuda.
De tal forma que en un acto totalmente arbitrario e ilegal ha suspendido la recepción de solicitudes de prescripción, hasta que termine la vigencia de la ordenanza de descuento, dicho de otro modo, habiendo perdido la competencia para sancionar  pretende hacerlo de todas maneras.


Poderoso caballero……

1.788 comentarios:

  1. Dr . por favor una consulta . las papeletas q nos llegan dd matucana y que corresponden a la carretera central , osea Av. Nicolas Ayllon , son legales ??
    hasta lo que creo es una via nacional y no les corresponde sancionar

    y si es asi como hago para q las anulen o las dejo asi nomas

    gracias

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    1. En primer lugar debe tener la certeza de que el lugar de la presunta infracción forma parte a la red vial nacional o no, según parece se trata de una avenida.
      Efectivamente el articulo 167 del RNT dispone lo siguiente:
      Excepcionalmente, la autoridad competente a cargo de la gestión de la vía puede establecer otros límites de velocidad a los señalados en el presente Reglamento, en razón a las condiciones y características geométricas de las vías, condiciones meteorológicas, volúmenes y composición del tránsito, así como de la necesidad de proteger la seguridad vial en pasos a nivel, intersecciones, establecimientos educativos o deportivos y otros, para lo cual debe instalar la correspondiente señalización.
      Para la determinación de los límites de velocidad previstos en el párrafo precedente, la autoridad competente bajo responsabilidad funcional, deberá contar con el estudio técnico de determinación de velocidad, aprobado mediante disposición expresa. La señalización que se instale de acuerdo al estudio realizado deberá cumplir con las características técnicas establecidas en el “Manual de dispositivos de control de tránsito automotor para calles y carreteras” o el que lo sustituya
      Con respecto a la calibración el articulo 327 del RNT dispone:
      Para la imposición de la papeleta por infracción detectada la autoridad competente deberá:
      a) Contar con medios electrónicos, computarizados u otro tipo de mecanismos tecnológicos debidamente homologados y/o calibrados por la autoridad nacional competente, debiendo la citada certificación no mayor de un año
      El estudio técnico o de ingeniera lo puede solicitar amparándose en la ley de acceso a la información.

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    2. una consulta yo tengo una mototaxi y al chofer le pusieron una papeleta m03 a su nombre del chofer pero como el no pago me an puesto en infocorp por esa papeleta como puede hacer para reclamar?

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    3. La infracción M-03 tiene responsabilidad solidaria del propietario según el reglamento. Sobre usted recae un deber IN ELIGIENDO por medio del cual debió verificar que el conductor a quien entregaba su vehículo sea titular de una licencia de conducir de la clase y categoría que corresponde y que se encuentre vigente

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    4. Buenas tardes Doctor, tengo una consulta , hace 2 años me impusieron una papeleta M02 y hoy se cumple 2 años , mi licencia esta cancelada y quisiera saber ,hasta cuando tengo que esperar para sacar una licencia nueva , en este caso aun no cancelo la papeleta que es de 2800 soles , ayudeme por favor , Gracias !

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  2. Dr. Buenos dias

    A mi me pusieron la papeleta M02 en noviembre del 2014,hasta la fecha no he recibido notificacion alguna y mi licencia figura vigente hasta el 2017.

    Yo me acogi al principio de oportunidad y realize los pagos al estado para que no se inicie el proceso penal. Asimismo cancele la deuda de la infraccion(papeleta)

    Mi consulta es, no hay forma de obtener una nueva licencia, tengo entendido que ahora el plazo de notificacion por parte de la municipalidad es 4 años ??

    Saludos y gracias.

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    1. la autoridad tiene 4 años para realizar dicho acto
      lamentablemente la sanción administrativa se cumple en su totalidad, no hay mecanismo de reducción

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    2. Estimado tengo una M02 de mayo del 2015 la sancion es 3 años habra alguna forma de reducir la sancion

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  3. Dr. Buenos dias a mi me pusieron la papeleta M02 en noviembre del 2014.

    Me acogi al principio de oportunidad y arregle todo el tema penal. Asmismo pague la multa en el Sat.

    Hasta la fecha no me han notificado sobre la cancelacion de mi licencia, es mas figura en el sistema como vigente hasta el 2017.
    Mi consulta es hasta cuando debo esperar la notificacion ?
    Hay alguna forma de obtener nuevamente mi licencia de conducir ?

    Saludos y gracias de antemano.

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    1. la autoridad tiene 4 años para realizar dicho acto
      lamentablemente la sanción administrativa se cumple en su totalidad, no hay mecanismo de reducción

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  4. Buen dia. Tengo la papeleta m02 impuesta el dia 29/12/2014 en el sistema de puntos de licencia de conducir no tengo fecha firme ni resolucion emitida. Tengo entendido que pasado el año queda nula imponer dicha resolucion. Page la multa de la municipalida de trujillo. Y la fiscalia por reparacion civil

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    1. La prescripción opera a los 4 años para las infracciones levantadas a partir de abril del 2014

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  5. buen dia me pusieron la M02, el 5 de diciembre quisiera por favor que me asesore ya que tengo entendido que me suspenderan por 3 años la licencia, que puedo hacer en esos casos por favor, para recuperar mi licencia antes de tiempo, o no me apliquen esa sancion gracias.

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    1. Existen dos requisitos para ser sancionado por cualquier infracción, las cuestiones de fondo, es decir si el dosaje supero el limite permitido y la cuestión de forma si se siguió el debido procedimiento) Si estas dos condiciones se cumplen la sanción es incuestionable

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  6. Dr. Buenos dias a mi me pusieron la papeleta M02 en agosto del 2011.
    Me acogi al principio de oportunidad y arregle todo el tema penal.
    doctor prescribe, esta papeleta que debo hacer
    Saludos y gracias de antemano.

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    1. para la fecha de la infracción opera la prescripción de la acción al año luego de cometida la infracción o la prescripción de la sanción si esta no se hubiera ejecutado luego de dos años

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  7. tengo una consulta mi estimado
    que sucederia en el caso que te detiene un policia y no le entregas los documentos y digamos te das a la fuga
    y derrepente el policia solo logra tomar nota de tu placa de rodaje .... que es lo que este efectivo pudiera hacer luego
    de antemano muchas gracias por su respuesta

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    1. Ya no proceden las llamadas denuncias por Desacato y Fuga, correspondiendo únicamente el denunciar la infracción por desobedecer las indicaciones del policía de transito, siempre que se trate de un efectivo de esa unidad

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  8. doctor Marcos buen día el mes de junio me pusieron una papeleta M02 y la resolucion de la sath me llego despues de 2 meses lo que quiero saber es hasta cuando esta suspendido mi licencia . muchas gracias

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    1. En la resolución se especifica la fecha de inicio y la fecha de de fin de la sanción

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  9. Dr. buenas noches..tengo una consulta...el dia sabado mi hermano tomo mi moto para ir a llenar combustible en la estacion mas cercana...al momento de acudir, paso por alto la luz roja (asi como varios conductores) y fue detenido por una camioneta policial que venia por detras y de la cual no se percato...al momento de la intervencion era aproximadamente las 9 de la noche, le pidieron los documentos del vehiculo que en ese momento los tenia en mi poder y para variar el no tiene licencia de conducir.
    Fue conducido entonces a la comisaria de manera prepotente (detenido)...cuando llegue, el estaba firmando el parte policial y luego fue liberado. Cuando consulte con quien tenia que conversar para ver este detalle me indicaron que era con el encargado de transito.
    Le indique que Yo era el propietario del vehiculo y queria retirarlo, indicandome que no podia. Me hacian esperar mucho. Por temas de tiempo tuve que regresar al dia siguiente y el mismo encargado del dpto de Transito me indico, como queria arreglar dicha situacion...a lo cual le indique que mi hermano habia sido intervenido no por un policia de transito...me indico que eso no importaba y procedio a colocarle una papeleta la m3 (por no tener licencia de conducir)la cual hizo firmar a mi hermano.
    Entonces cuando le pregunte sobre el retiro de mi moto me indico que tenia que subsanar la falta, a lo cual alege que en el nuevo RNT en el art 299 (clases de medidas preventivas)inciso2 parrafo ultimo...donde indica que "para los casos de infracciones cometidas por el conductor que no sea el propietario del vehiculo, este ultimo podra retirarlo de la comisaria sin perjuicio de la continuacion del respetivo procedimiento sancionador contra el presunto infractor.. me indico que no podia, y me reto a que pusiera una denuncia, porque el tenia ordenar el deposito del vehiculo luego de transcurrido las 24 horas.
    Hasta el dia de hoy ya han pasado 3 dias y por temas de tiempo no he podido ir a la comisaria.
    He llamado a inspectoria porque hay varias irregularidades en este proceso pero no me dan muchas luces.
    La verdad espero me pueda ayudar.

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    1. En el caso que describe corresponde la infracción M-03 la misma que presenta como medida preventiva el INTERNAMIENTO al deposito, el cual debió realizarse el día de la intervención. El párrafo final del articulo 299 se refiere los caso de retención de vehículo el cual no es su caso

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    2. Entonces como debo proceder para el retiro de mi moto, siendo yo el propietario y un tercero el infractor

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    3. Artículo 301º. – Conclusión de internamiento.
      La medida preventiva de internamiento de un vehículo en el depósito vehicular culmina cuando, según la naturaleza de la falta o deficiencia que motivó la medida, se subsane o se supere la deficiencia que la motivó, cuando corresponda; y cuando se cancele la multa en los casos que de acuerdo con la norma, la sanción a imponer así lo prevea; los derechos por permanencia en el depósito vehicular y remolque del vehículo; o al vencimiento del plazo establecido.
      (Primer párrafo modificado por Decreto Supremo 09-2015-MTC del 24SET2015)
      En este supuesto, el pago de la multa no implica el reconocimiento de la infracción, pudiendo el infractor posteriormente presentar sus descargos y recursos conforme lo establecen las normas vigentes. De obtener el administrado un resultado favorable, se procederá a la devolución del pago de la multa efectuado.
      De producirse la absolución del presunto infractor, se procederá inmediatamente al levantamiento de la respectiva medida preventiva, devolviéndose el vehículo a su propietario sin costo alguno de internamiento y remolque.
      Cuando el vehículo no sea retirado del depósito vehicular dentro de los plazos establecidos, se procede conforme a las disposiciones vigentes sobre la materia.
      En caso de no tener el Certificado de Inspección Técnica Vehicular (CITV), el vehículo puede ser retirado del depósito vehicular cuando se acredite: a) el pago de la multa y los derechos por permanencia en el depósito vehicular y remolque del vehículo; y b) el pago de la revisión técnica
      El propietario tiene un plazo de veinticuatro (24) horas, a partir de emitido el CITV para presentarlo ante la autoridad competente, bajo apercibimiento que la autoridad competente disponga la captura del vehículo
      (Artículo Modificado por DS-025-2014-MTC del 01ENE15)

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  10. David leyva dni 4093283517 de enero de 2016, 23:17

    Dr buenos días en octubre de 2015 me pusieron una papeleta m2 ,me acoji a principio de oportunidad ,fue mi primera vez conduciendo de esa manera ,mi pregunta es si puedo recuperar mi licencia de conducir antes de los 3 años de sanción? Muchas gracias ...David leyva 40932835

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    1. Estimado David, la sanción administrativa se cumple en su totalidad y no hay mecanismo de reducción

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  11. buenas, que pasaria si atropello a una persona, algo leve, pero por la edad que tiene (digamos una persona de 78 años) la llevo a la clinica para que se atienda, pero resulta que pago una colsulta de atencion y tambiem pago la radiografia pero no hago que se atienda con el soat, y como no tengo tiempo para reportar el accidente a la Comisaria me retiro de la clinica , y no paso dosaje, quedando claro que la señora la traslade a la clinica la misma que no presenta lesiones solo un raspon.... la señora me puede denunciar? me corresponde alguna sancion penal y/o administrativa?

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    1. CÓDIGO PENAL
      Artículo 408.- Fuga del lugar del accidente de tránsito

      El que, después de un accidente automovilístico o de otro similar en el que ha tenido parte y del que han resultado lesiones o muerte, se aleja del lugar para sustraerse a su identificación o para eludir las comprobaciones necesarias o se aleja por razones atendibles, pero omite dar cuenta inmediata a la autoridad, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de cuatro años y con noventa a ciento veinte días- multa

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    2. Pero en este caso no hay fuga del lugar del accidente, ya que se llevó al peatón a una clínica dejando copia del DNI del conductor y licencia, y se pagó la consulta y exámenes, para que sea atendido… ¿o también se puede configurar como fuga el que se retire de la clínica sin comunicar el accidente a la comisaria? También corresponde alguna papeleta o suspensión de la licencia? Gracias por responder doctor!

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    3. No hay sanción administrativa, solo penal

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  12. buenas una duda cualquier tipo de patrullero que no sea de transito me puede detener sin tener motivo alguno y si me detiene que tipo de documentos estoy obligado a darle

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    1. http://vialexperu.blogspot.pe/2015/09/en-que-casos-te-puede-intervenir-un.html
      encontraras las respuestas en el siguiente enlace

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  13. buenos dias , yo supere los 100 puntos pero en el sistema de puntos de mtc solo figura 90 ahora ayer 25 inicie el trammite ante el mtc en aqp presentano todos los requisitos que me pide y me expidieron el tiket para recoger el brevet en 8 dias abiles, mi pregunta es por que aparece hoy 26 en la pag. web del mtc como bloqueado mi brevet si ayer antes de hacer los tramites aparecia como habilitado y ademas siguen los mismos puntos acumulados 90 gracias

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    1. Según Ud. ya supero los 100 puntos y esa información (a pesar lo que figure en el sistema) sea de conocimiento de la autoridad, la que mediante una acción preventiva bloquea cualquier tramite sobre la licencia hasta que se determine la situación de las infracciones que pudieran generar puntos

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  14. buenos dias. a mi me impusieron una m3 por conducir una moto con la licencia vencida. fue impuesta el 2014-02-27.
    a mi casa nunca me llego un aviso de notificacion o algo por el estilo.
    Si espero hasta el 28 de febrero de este año 2016. ya habrian pasado 2 años. ya habria prescribido la multa? puedo presentar mi solicitud de prescripcion?

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    1. En su caso al no haberse notificado la resolución de sanción en el plazo de Un Año opera la prescripción de la acción

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  15. Buenas tardes. Felicitaciones por su trabajo orientador. Hay demasiado desconocimiento de las reglas de tránsito verdad? Le tengo una consulta, si fuera tan amable. Que ocurre si un conductor tiene varias infracciones M02. Digamos 5. Pongamos el caso que fueron levantadas antes del 22 de Abril 2014. Luego si fueron levantadas después del 22 de Abril 2014. Que sucede con los años de suspensión, se suman? Y las multas? Muchas gracias por su respuesta.

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    1. A la segunda infracción detectada dará lugar a la cancelación de la licencia y la inhabilitacion definitiva del conductor.
      Si bien es cierto esta es la máxima sanción NO PECUNIARIA aun queda abierta la posibilidad de que se le imponga sanciones PECUNIARIAS acumulables (multas) y que pueden ser ejecutadas vía coactiva

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  16. Dr. buenos dias, ante todo saludarlo cordialmente y a la vez, hacerle la consulta sobre la prescripción de las papeletas.
    en cuanto a las papeletas M3, M4 Y M5, que tienen por plazo de sanción 1 año, si la administración no los sanciono en ese plazo, ahora tiene 4 años para que sancione como quedaria la multa en ese caso???? pues una sancion que tenia un año me sancionan al tercer año tengo que esperar igual 4 años

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    1. Artículo 341°.- Trámite para la imposición de sanciones no pecuniarias.
      1. En los casos en que corresponda aplicar sanciones pecuniarias conjuntamente con las sanciones no pecuniarias de suspensión o cancelación e inhabilitación de la licencia de conducir, por la comisión de infracciones cuya fiscalización sea competencia de la autoridad competente, ésta expedirá la resolución imponiendo ambas sanciones, debiendo ingresarlas inmediatamente al Registro Nacional de Sanciones, bajo responsabilidad funcional.
      2. Las licencias retenidas quedarán bajo custodia de la municipalidad provincial o la SUTRAN, según corresponda.

      Por lo tanto el plazo de prescripción es el mismo para ambas sanciones

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  17. Doctor muy buenas noches, mi consulta es la siguiente, me pusieron una papeleta M-20 en Matucana - huarochiri con fecha 10 de Septiembre del 2014 y recién hoy 03 de Febrero del 2016 me ha llegado la "resolución de sancion" con fecha 27 de agosto del 2015, vi si figuraba en el registro nacional de sanciones, Sunarp y Sat pero no encontré la multa correspondiente ni el pago que asciende a los S/ 456 Nuevos Soles impuestos, entonces, cual es el procedimiento a seguir o ya prescribió o simplemente por tantas denuncias hacia esa municipalidad ya no tienen efecto alguno, gracias de antemano.

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    1. Los procedimientos sancionadores en Huarochiri están cuestionados no solo por los presuntos infractores sino también por la SUTRAN la misma que ha emitido un informe restandole legalidad a esas infracciones. Te sugiero revises en este blog los Artículos sobre Manual Básico de Fotopapeletas y Velocidad Máxima en los que encontraras muchos comentarios y respuestas a los mismos

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  18. DR. me impusieron la papeleta M03 por manejar con mi licencia vencida, me dijeron que la pena era de un año, la papeleta fue impuesta el 13/06/2014, ya pague la multa y me entere en esas fechas que la pena es de 3 años, se puede apelar en alguna instancia para impugnar esa penalidad, me parece que el dia en que me impusieron era de 1 año la pena. Ademas el castigo es el mismo a la de manejar ebrio.

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    1. Efectivamente la infracción M-03 hasta antes del 25 de Abril del 2014 tenia como sanción la inhabilitacion por un año, después de esa fecha la sanción es de inhabilitacion de 3 años

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    2. Gracias por su pronta respuesta, entonces no hay nada que se pueda hacer.

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    3. si, puede apelar la resolución de sanción dentro de los 15 días hábiles ya que la infracción M-03 corresponde a una licencia vencida a partir del 24-set-2015 (ds 009-2015-mtc)

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  19. Doctor buenas tardes quisiera hacerle una consulta de ante mano muchas gracias por su respuesta. Me pusieron dos papeletas hace 4 años la M 2 Y M3, cuando me intervinieron no tenía licencia de conducir ya que tenia 18 años ahora quise sacar mi licencia de conducir y me dijeron que se tiene que presentar una resolución ya que sale en el sistema que no pague, quisiera saber si es necesario pagar o me pueden prescribir las papeletas y que procedimiento puedo seguir ahora, muchas gracias, disculpe la molestia

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    1. No es necesario pagar la multa para tramitar una nueva licencia.
      Si no se cumplió con el requisito formal de notificarle la resolución de sanción respectiva es posible que hubieran prescrito

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  20. Dr. Buenos días quisiera consultarle mi caso; a mi vehículo le pusieron una foto papeleta el 01/01/2014 la cual tiene fecha de resolución 09/06/15 (sgn veo por Internet) y a la fecha ya pasaron 02 años ¿puedo acogerme al beneficio de la prescripción? ¿que debo hacer ? .........Gracias de antemano por la atencion prestada.

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    1. La resolución le fue notificada en su domicilio?
      de no haber sido así la acción prescribió el 01-01-15
      Si le fue notificada su sanción a su domicilio, la misma se inicio el 09-06-15 y prescribiría a los 2 años (09-06-17)

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  21. En principio para felicitar su blog, en mi caso en la página del SAT aparece una papeleta M20 del 10/09/2013 con estado Pendie-Pr, sin embargo no ha llegado la notificación a mi domicilio, ahora que quiero vender mi carro ¿cómo hago valer mi derecho a la prescripción?

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    1. El termino pendiente Pr significa que esta pendiente de prescripción. Ud debe acercarse a la municipalidad respectiva y solicita se declare la prescripción de la misma.

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    2. Lo hice y me fue bien, muchas gracias por su respuesta

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    3. Un gusto poder ayudarlos
      Recomiende nuestra pagina

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  22. Dr. Agurto:
    No me quedo claro si debemos o no pagar las infracciones impuestas hasta el 22/04/2012. Sucede que hace un par de dias quise vender mi vehiculo y resulta que tengo 4 papeletas M20 impuestas en el Callao, dos del 15/01/2012, otra del 16/04/2012 y una ultima del 20/04/2012, las cuales nunca fueron notificadas a mi domicilio. Puedo solicitar la prescripcion de dichas papeletas y cual es el tramite a seguir. Muchas gracias!

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    1. La resolución le fue notificada en su domicilio?
      de no haber sido así la acción prescribió el 15-01-13, el 16-04-2013 y el 20-04-2013
      Si le fue notificada su sanción a su domicilio la sanción prescribe a los dos años de quedar firme en cada caso.
      Le sugiero acercarse a la municipalidad y recabar esa información para poder atesorarlo mejor (no esta en internet)

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    2. Muchas gracias por su ayuda, le escribiré apenas tenga la información requerida

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  23. De las 4 papeletas la impuesta el 20/04/2012 solo una fue notificada, las otras tres no. Cual es el tramite a seguir en estos casos?

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  24. R. Tengo 3 papeletas del año 2012 abril, estas ya prescribieron?, El SAT me dice que son 5 años, pero no le creo, que debo hacer?, ya que me envian cartas de embargo. Gracias

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    1. Si le han manifestado que tiene una medida cautelar de embargo es posible que ya se cumplieron los plazos y ha culminado el procedimiento sancionador. Puede solicitar la revisión judicial del mismo si no ha sido notificado de loas actos procedimentales

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  25. Me entere hoy recien por internet que tengo una papeleta y la papeleta me lo pudieron el 28.11.2015 dime que tengo que a ser

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    1. Cancelar la multa acogiéndose al descuento. esta posibilidad se mantiene hasta 5 días después de que le sea notificada la papeleta

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  26. Buenas dr. Mi consulta a mi vehiculo le impusierom 4 papeletas M20 en el callao entre julio y agosto del 2015 yo lo daba en alquiler resulta q me ha llegado una carta de infocor requiriendo el pago y la persona q me arrendaba el vehiculo no pienza hacerce rresponsable,, me pueden sancionar en la central de riesgo hay alguna manera de impugnar dichas papeletas gracias porsu ayuda ...

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    1. Artículo 289º.- Responsabilidad administrativa.
      El conductor de un vehículo es responsable administrativamente de las infracciones de tránsito vinculadas a su propia conducta durante la circulación.
      Cuando no se llegue a identificar al conductor infractor, se presume la responsabilidad administrativa del propietario del vehículo, salvo que acredite de manera indubitable que lo había enajenado, o no estaba bajo su tenencia o posesión, denunciando en ese supuesto al comprador, tenedor o poseedor como responsable

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  27. Estimado Dr. por favor su ayuda
    El 01-03-2014 fue la infracción, la papeleta M02 la impusieron el 13-03-2014, Cuando prescribe la papeleta??
    Y si yo tengo una Carta Notarial presentada al SAT el 15-10-2015 que no contestaron, lo puedo considerar como silencio administrativo positivo??
    Muchas gracias

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    1. En su caso se aplica la prescripción de la acción en año y de la sanción en dos años.
      Los mecanismos para solicitar se declare la prescripción están contenidos en el TUPA de la municipalidad; dependiendo el contenido de su carta y lo solicitado en ella se puede aplicar el silencio administrativo NEGATIVO al tratarse de un procedimiento sancionador

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  28. Doctor buenas tarde la consulta es tengo una papeleta del 04/10/2014 codigo R-1 gtu la impyso un inspector lima se encuentra en medida cautelar se puede hacer algo gracias de antemano

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    1. Si usted no fue notificado de este procedimiento se puede solicitar la REVISIÓN JUDICIAL de la ejecución coactiva

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  29. Buenos Dias Dr. Agurto
    El 09/03/2015 me pusieron dos papeletas (La M27 y la G58) pero el 04/04/2015 me volvieron a poner la papeleta M27, la cosa es q en suma ya estoy debiendo S/. 7532.00, y segun veo estan en medida cautelar, que significa esto? y al cuanto tiempo prescriben? Que alternativa tengo para solucionar este problema?

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    1. Si están con medida cautelar quiere decir que el procedimiento sancionador al igual que su derecho de accionar ya termino.
      Solo en caso de no haber sido notificado de este procedimiento usted puede solicitar la revisión judicial ante una sala contenciosa administrativa

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    2. El ser notificado significa que me envia a mi domicilio la notificacion, porque eso no ha pasado, y en que me beneficia la revision judicial?

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    3. Y puedo vender al auto sin perjudicar a la persona que lo compre?

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  30. Buenos Dias Dr. mi consulta es me impusieron dos papeletas el 06/01/2015 G47 y el 17/12/2014 G08 cuando prescriben a los cuatro años de impuesta esta papeleta o hasta que salga la resolucion de sancion con fecha firme dos años mas.
    gracias.

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    1. Cuatro años para emitir la resolución de sanción. La sanción no prescribe

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  31. buenos dias mi esposo supero los 100 puntos pero de ello hay 3 papeletas q ya prescribieron q suman 70 puntos mi pregunta es si puede tramitar su licencia ya q tiene vigencia hasta 27/05/16 o primero tiene q ir a la municipalidad a hacerlas prescribir para luego poder tramitar su licencia

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    1. los puntos solo se generan por sanciones (no papeletas) firmes y tienen una vigencia de dos años, luego de los cuales se eliminan automáticamente.
      La afirmación de que ya supero los 100 puntos presumo que es porque ya se encuentra sancionado y concluido el procedimiento sancionador; depende de la fecha de comisión de la infracción para determinar si se declara la proscripción o no

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  32. Dr. Buenos dias, necesito informacion y ayuda porque es urgente q recupere mi brevete. En diciembre del 2013 me pusieron la papeleta M01 y bueno pague el tema ante la fiscalia por principio de oportunidad pero la papeleta en demasiado cara , kisiera saber si ya prescribio y asi poder solicitar q la anulen en el satt y recuperar mi brevete. No se si aplica la ley antigua porq la modificacion segun lo que ley en la publicacion fue en abril del 2014 y la mia fue en el 2013 y ya pasaron casi 3 años. Gracias. Laura Paz

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    1. Lo que debe averiguar es si se emitió y notifico la resolución de sanción por parte de la municipalidad y en que fecha para pode orientarla.

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  33. Buenas noches, tengo dos papeletas impuestas una en enero del 2014 y la otra en marzo del 2014. He recibido notificaciones y estan en medida cautelar, mi pregunta es si la deuda transcribe debido que tienen los dos anos? Y si fuera el caso que si, cual es el tramite a seguir?

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    1. la prescripción de la sanción opera luego de dos años de que la sanción quede firme y no desde que se levantaron las papeletas. Debe consultar estas fechas a fin de estar segura que han prescrito

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  34. Doctor buenos días quería contarle mi caso así breve hace un año me pusieron una R01 y hace 15 días otra R01 se puede sancionar dos veces con la misma falta de acierdo al principio q no se puede sancionar dos veces por la misma falta si en ninguna aparece ningún dato fueron puestas a voluntad de los inspectores ... quisiera q me oriente si es q se puede hacer algo o solo pagar??? ,o si se puede aplazar y si es que se pudiera hacer algo donde debo ir y q hacer ... muchas gracias y felicidades x su blog q ayuda mucho a la gente q trabajamos honradamente

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    1. Si se comete nuevamente la misma infracción si puede ser sancionado. ante cada una de ellas usted puede presentar sus descargos si es que considera que no se ha seguido el debido procedimiento

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  35. Buenas tardes Doctor, una consulta, donde se presenta la Solicitud de Prescripcion, en el SAT o en la Municipalidad de Lima, tengo una multa (M03) del 28 de Febrero del 2014, han pasado 2 años, nunca me llego la Resolucion de Sancion, pero si figura en el SAT, la cual me sanciona del 28 al 28 de Febrero del 2015, la fecha de la Resolucion es del 17 de Marzo del 2014, la papeleta sale en estado Medida Cautelar, desde que fecha se cuenta los dos años, desde que se cometió la infraccion???, desde la fecha de la Resolución???, o desde la Fecha Firme??. Tengo la Solicitud de Prescripcion que dan en el SAT, donde debo presentar mi Solicitud. De antemano le agradesco por la respuesta que me brinde. Saludos.

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    1. Si hay medida cautelar quiere decir que la resolución ya quedo firme. En caso de no haber sido notificado de este acto puede solicitar la revisión judicial ante una sala contencioso administrativo

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  36. hola dr 17 03 2014 me pucieron un m3 esta en medida cautelar q significa porfavor

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    1. Significa que el procedimiento administrativo sancionador ya ha concluido y la resolución de sanción ha quedado firme por lo que esta en etapa de ejecución coactiva. En caso de no haber sido notificado válidamente de este proceso puede solicitar la revisión judicial ante una sala contencioso administrativa

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    2. Disculpe mi ignorancia, que se gana con la revision judicial, todo vuelve a fojas cero??? o revisan el caso y ven que no se cumplio con notificar debidamente y anulan el proceso. Saludos.

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    3. El proceso de revisión judicial tiene por finalidad la verificación de que se hayan cumplido con todas las actuaciones procesales mediante la reviso del expediente administrativo. En caso se compruebe alguna omisión al debido procedimiento, la sala dispondrá que vuelva todo lo actuado al momento de realización del acto omitido.

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  37. dr me enviaron una fotopapeleta del callao a mi domicilio por pasarme la luz roja de 474 soles, mi pregunta es me van a enviar otra notificacion si no llego a pagar la primera por el mismo monto, me encuentro fuera de lima actualmente y como puedo hacer para impugnarla o en todo caso me espero a una amnistia para pagar menos

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    1. El monto de la infracción no tiene ningún descuento ya que al parecer usted fue sorprendido pasándose la luz roja del semáforo. En aso de no encontrarse conforme puede presentar su descargo hasta el 5to día hábil posterior a la notificación de la papeleta

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  38. dr me enviaron a mi domicilio en lima una fotopapeleta del callao m17 por 474 sole mi pregunta es me van a enviar una reiterativa por el mismo monto o por un monto mayor si no la pago que hago para para impugnarla o en todo caso pagar menos hasta la amnistia

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    1. El monto de la infracción no tiene ningún descuento ya que al parecer usted fue sorprendido pasándose la luz roja del semáforo. En aso de no encontrarse conforme puede presentar su descargo hasta el 5to día hábil posterior a la notificación de la papeleta

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  39. Hola, en el 2012 le pusieron una papeleta mi mamá pues por error se metió contra el tráfico. Hoy la intervinieron y dieron con eso y la llevaron a la comisaría pues nunca paguéla papeleta. No debió haber prescrito ya? Porque hicieron que se quedé ahídesde las 8pm y ahora sonlas 3 am y aún no regresa?
    Gracias de antemano.

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    1. Aun no hubiera prescrito los efectivos policiales no debieron ejecutar la medida cautelar ya que no es su competencia: De ser así habrían incurrido en el delito de usurpación de función según el articulo 361 del código penal

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  40. buen día doctor,agradecerle su repuesta de antemano. alquile mi carro y recién reviso que mi carro tiene papeleta un M3 pero tiene como fecha 2014/02/17 quiero saber que puedo hacer o la tengo que pagar de todos modos ya que quiero vender mi carro y como puedo proceder.

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    1. depende en que estado se encuentre el procedimiento administrativo sancionador. En caso de no haber sido notificada la resolución de sanción puede solicitar se declare la prescripción de la acción

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    2. Doctor disculpe es que no me queda claro: donde debió llegar la notificación a la casa del chofer que le alquile? o a mi domicilio?.....muchas gracias

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    3. PERDON DOCTOR ES EN AREQUIPA

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  41. Buen dia dr una consulta tengo una papeleta de fecha 27/03/2012 ccon codigo M-03 y nunka me notificaron la resolucion de sancion y ahora tiene proceso coactivo y ya solicita la copia de mi resolucion de sancion y no la tienen solo me entregan copia de la papeleta que puedo hacer ?

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    1. Acérquese a la municipalidad y solicite (por escrito)copia de los cargos de notificación de la resolución de sancion.

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  42. ya lo solicite y dicen que no cuentan con la misma ya que por temas administrativos años anteriores no lo elaboraban y aun asi le dan inicio al procedimiento coactivo

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    1. Por favor envíenos esa respuesta al correo asesoriainfracciones@hotmail.com

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  43. ya lo hice y aducen que años anteriores por temas administrativos no realizaban la resolucion de sancion pasado meses lo pasaban a coactivo para hacer exigible la deuda incluido intereses gastos y costas debo como 3500

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  44. Estimado Doctor, mi situación es algo compleja a mi parecer. en enero del 2014 cometí la falta M2 y me sancionaron por 1 año con licencia suspendida. me acogí al principio de oportunidad y pague mi deuda y demás. Lastimosamente me asesoré mal y tramite al día siguiente de la falta un nuevo brevete (enero 2014)pero no lo recogí. por esa nueva falta nunca fui notificado, cumplí mi sanción y al año fui a tramitar mi nueva licencia sin embargo en el sistema figuraba la anterior por lo cual el personal del mtc me dijo que solicitara su anulación en las oficinas principales, acudí y me dijeron que ya estaba, a las 2 semanas volví al MTC a tramitar mi nuevo brevete pero me dijeron que el otro aun figuraba en el sistema. luego me lo entregaron y estuve con ese hasta la fecha, inclusive en el sistema salia como "vigente", sin embargo hace unos días lo extravié y tramité uno nuevo, hoy que lo recogi, el personal me dice que por el brevete anterior han informado al SAT y seré notificado para que se me aplique la multa respectiva ademas de la sanción, igual me entregaron el nuevo brevete. el tema es que debo hacer en esta situación considerando que el tramite del brevete estando suspendido fue en enero del 2014 antes que cambie el reglamento y no se me notificó hasta la fecha.

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    1. El punto es que al parecer usted no fue sancionado con la resolución respectiva. es preciso que consulte en la municipalidad sobre el humero de resolución de sanción y su fecha de notificación

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    2. OK, pero solo recuerdo que se me notificó la M2. de todas maneras ire a ver ello, eso se realiza en cualquier oficina del SAP?

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    3. de preferencia en la cuadra 3 del Jirón Camana

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  45. Doctor porfavor digame donde y como puedo pedir la revision judicial

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    1. Ante una Sala Contencioso Administrativa

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    2. Doctor me pusieron dos papeletas a mi moto lineal el 2014 una m3 y una m28 pero junca figuro en el sistema sat de mi brevete de carro pero este 2016 figura en el sistema del sat y esta figurando en mi brevete de carro como dos faltas graves que puedo hacer

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    3. Doctor me pusieron dos papeletas a mi moto lineal el 2014 una m3 y una m28 pero junca figuro en el sistema sat de mi brevete de carro pero este 2016 figura en el sistema del sat y esta figurando en mi brevete de carro como dos faltas graves que puedo hacer

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    4. las multas y los puntos generados por una infracción no corresponden a los vehículos sino a las personas. Usted esta sancionado con dos infracciones MUY GRAVES.

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  46. Dr. buenas noches, me pusieron una papeleta M27 con fecha 25/10/2013 en la Municipalidad de Chupaca Hyo, ya prescribio? porque esa no la pague, Ademas que significa PUNTOS EN PROCESO y anteriormente (dic 2015) tenia 50 puntos de bonificacion y ahora no tengo puntos de bonificacion


    LISTADO DE PAPELETAS A PARTIR DE D.S. N 016-2009-MTC (VIGENTE DESDE EL 21/07/2009) SON:
    INFRACCIONES ACUMULADAS: 3
    ENTIDAD PAPELETA FECHA FECHA FIRME FALTA RESOLUCION PUNTOS FIRMES PUNTOS EN PROCESO
    1 SAT LIMA 11427707 18/08/2015 L07 0 5
    2 MUNICIPALIDAD DE HUANCAYO 200135627 26/02/2015 G13 0 20
    3 DIVPRCAR_CHUPACA 049499 25/10/2013 M27 0 50

    BONIFICACION DE ACUERDO AL ART. 313 INCISO 1.13

    DOCUMENTO FECHA BONIFICACION VIGENTE HASTA DISPONIBLE UTILIZADO
    1 20072463 26/03/2012 26/03/2014 0 0
    AYUDEME PORFAVOR

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    1. Si la resolución de sanción no fue notificada hasta el 25/10/2014 la acción ya prescribió.
      Es posible que en el portal del MTC figure como puntos en proceso, esto significa una papeleta de infracción levantada que aun no tiene sanción firme (resolución)
      Le sugiero acercarse a la municipalidad correspondiente y solicitar se declare la prescripción

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  47. Felicitaciones por su aporte y contribución a la comunidad cibernauta; le consulto lo siguiente:

    Me aplicaron una papeleta M16 en febrero del 2012; en Zarumilla (Por desconocimiento de la ciudad ingrese en sentido contrario, y por mas que explique igual me aplicaron la papeleta).

    Hasta la fecha no se me ha notificado nada; solo aparece en la web del SLCP, en donde no aparece ninguna fecha firme, pero se me descuenta 50 puntos.

    1) Es correcto que la papeleta ya prescribio, por lo que no es cobrable?
    2) Porque no aparece fecha firme si ya paso más de 4 años?
    3) Como puedo liberar los 50 puntos que me descontaron?

    Muchas Gracias de antemano por vuestra orientación.

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    1. Si la resolución de sanción no fue notificada hasta febrero del 2013 la acción ya prescribió.
      Es posible que en el portal del MTC figure como puntos en proceso, esto significa una papeleta de infracción levantada que aun no tiene sanción firme (resolución)
      Le sugiero acercarse a la municipalidad correspondiente y solicitar se declare la prescripción

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  48. Felicitaciones por vuestro aporte a la comunidad cibernauta.
    Le consulto:

    Me impusieron una papeleta M16 en febrero del 2012 (Por desconocimiento de la ciudad, me encontraba de paso); no me han notificado nada hasta la fecha, pero aparece en el portal web de SLCP, y me descuentan 50 puntos.

    1) Ya prescribió el derecho de cobrar la multa de la Municipalidad?
    2) Puedo recuperar esos 50 puntos que se me descontó?, de ser afirmativo, que tramite debo seguir?

    Muchas gracias de antemano por su respuesta.

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    1. Si la resolución de sanción no fue notificada hasta febrero del 2013 la acción ya prescribió.
      Es posible que en el portal del MTC figure como puntos en proceso, esto significa una papeleta de infracción levantada que aun no tiene sanción firme (resolución)
      Le sugiero acercarse a la municipalidad correspondiente y solicitar se declare la prescripción

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  49. Una consulta me pusieron dos papeletas a mi moto lineal una m3 y M28 mi consulta es no figuraba en el sat de mi brevete de carro pero ahora en el 2016 figura como si me las ubisen puesto al brevete de carro esta bien eso quw tengo que hacer

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    1. las multas y los puntos generados por una infracción no corresponden a los vehículos sino a las personas. Usted esta sancionado con dos infracciones MUY GRAVES

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  50. Compre un vehículo el 10/09/2013 y en la notaria me dijeron que no tenia ninguna papeleta, meses despues revisando en la WEB de la municallao veo una papeleta TX04 del 04/09/2013 impuesto al propietario anterior. Consulta: Quien paga la papeleta YO o el propietario anterior. O ya prescribió esta papeleta?

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    1. El responsable por esa infracción es el propietario anterior
      Ademas según la ordenanza del callao aun no ha prescrito
      Artículo 94°.- Del plazo de prescripción
      94.1.- La facultad de la autoridad administrativa para determinar la existencia de incumplimientos e infracciones, requerir la subsanación del incumplimiento, e iniciar procedimiento sancionador prescribe a 04 años.
      94.2.- En el mismo plazo prescribe la facultad de la autoridad administrativa de ejecutar la sanción impuesta en un procedimiento sancionador.

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    2. si quiero venderlo tendre algun problema en la notaria con esa papeleta? Las papelatas impuestas antes del 22/04/2014 no prescriven al año o dos años segun su comentario?

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    3. Si quiero venderlo tendre algun problema en la notaria con esa papeleta?. Segun su comentario las papeletas impuestas antes del 22/04/2014 prescriben al año o dos y al papeleta es del 04/09/2013 TX04

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    4. Esta infracción es a la ordenanza del servicio de taxi y se rige por esta norma y no por el reglamento de transito, la prescripción es de acuerdo al articulo que publiqué

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  51. Dr, me llego esta semana una notificación por cobranza coativa de la Municipalidad de Huarochiri, por una foto papeleta del junio del 2015; según sus comentarios anteriores este procedimiento esta observado por la SUTRAN; la Cámara de Comercio de Huancayo interpuso un acción de Amparo en el 5to Guzgado de Huancayo, allí adjunte mi papeleta; pese a todo esto, puede la Municipalidad de Huarochiri hacer la cobranza Coactiva?

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    1. de existir un mandato judicial ya no puede continuar con la cobranza

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    2. osea necesito la resolución del quinto juzgado de Huancayo para impeder el ambargo

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    3. Si como usted dice "allí adjunte mi papeleta" si.

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  52. Saludos. Me colocaron una papeleta M02 el 28 de mayo del 2013 la cual no pague por circunstancias económicas quiero saber si esta papeleta prescribio o aún no.si es así cual es el tramite que debo realizar. Gracias.

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    1. El punto es que al parecer usted no fue sancionado con la resolución respectiva. Es preciso que consulte en la municipalidad sobre el humero de resolución de sanción y su fecha de notificación si este acto no se realizo procede la prescripción de la acción

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    2. Saludos y gracias de antemano por la atención a la presente. Se me notifico después de 2 meses la papeleta M02 del 28 de Mayo del 2013 sobre la infracción y la deuda, yo quiero saber si a pesar que me notificara el sat puedo pedir la prescripción de la papeleta y que debería hacer para ello si eso fuera posible ya que de esae hecho han pasado casi 03 años. gracias.

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    3. Saludos y gracias de antemano por la atención a la presente. Se me notifico después de 2 meses la papeleta M02 del 28 de Mayo del 2013 sobre la infracción y la deuda, yo quiero saber si a pesar que me notificara el sat puedo pedir la prescripción de la papeleta y que debería hacer para ello si eso fuera posible ya que de esae hecho han pasado casi 03 años. gracias.

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    4. Depende de que le hubiera notificado, la papeleta o la resolución de sanción.

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    5. por favor dejar un número o dirección de su estudio para poder realizar la consulta formalmente

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    6. Jr lampa 879 of 512 Cercado de Lima 4283061

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  53. Dr. Tengo una infracción M05 de fecha 17/12/2010, en el cual no la pagué, pero la Municipalidad emitió una resolución el día 17/10/2014 sancionandome por dicha infraccion, pero nunca fui notificado por dicha resolucion. Que alternativas podrían ser materia de solución respecto al problema que presentó. Gracias

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    1. solicite se declare la prescripción de la acción ante la municipalidad respectiva

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  54. Estas normas son para todas las municipalidades, yo tengo una infraccion de abril del 2013 en Juliaca, que pertenece al departamento de Puno.
    Quisiera saber como hacer para pedir. La prescripcion. Gracias de antemano.

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    1. Si son para todo el peru, tienes que presentar un escrito solicitando la prescripción a la municipalidad

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  55. Buenas Tardes doctor, hace 2 años me colocaron una papeleta M02 y hoy cumplen los 2 años , pero mi licencia esta cancelada pero aun no pago esa papeleta que es de 2800 soles , es necesario cancelar esa papeleta, porque quiero saber cuando puedo sacar mi licencia otra vez ...Por favor !

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    1. Lo importante es saber en que fecha se inicia su sanción. Consulte en la municipalidad por su resolución de sanción y obtendrá esa información

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  56. DR buenas qisiera saber como puedo hacer tengo 2 papeletas q suman los 5000 soles y qisiera saber q se puede hacer pq estan en orden de captura se podra inpungnar o q tiempo tengo q esperar para poder prescribirlas me lo pusieron en el 2014 en diciembre estas son las papeletas R1 R2 ESTAS SON LAS DOS PAPELETAS Q ESTAN EN ORDEN DE CAPTURA

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    1. Artículo 95.- Del Plazo de Prescripción
      95.1 La facultad para determinar la existencia de infracciones o contravenciones e iniciar el procedimiento sancionador prescribe a los dos (2) años contados a partir de la fecha en que se cometió la infracción.

      95.2 En el plazo de tres (3) años contados a partir de la fecha en que quede firme la resolución de sanción, prescribe la facultad de la autoridad competente de ejecutar la sanción impuesta en un procedimiento sancionador

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  57. Dr buenas tardes tengo un problema vendi mi carro en agosto del 2011 pero esta persona me firma el contrato de alquiler venta a fines de setiembre lo q conllevo a q cometa una infraccion x hacef colectivo y lo intervinieron en lima y le impusieron la r42 ahora me di con la sorpresa q esta con mi nombre y mi nro de brevete no coincide con el q tenia en ese año soy marino retirado y ho tenia mi nro de cip en mi licencia actualmente a partir de diciembre del 2013 recien tengo en mi brevete el nro de dni mi pregunta es ya va a prescribir esa papeleta esta en medida cautelar espero o q puedo hacer

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    1. Solicite se declare la prescripción ante la municipalidad correspondiente

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    2. Dr disculpe cuantos años prescribe una papeleta x medida cautelar siendo el año q la pusieron es el 2011 igual prescribe

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    3. A los 4 años, le repito que no es papeleta sino acta de control en base a la ordenanza 196

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  58. Dr me pusieron una papeleta en huarochiri por velocidad de 48 en uno permitido de 35 pero en la papeleta dice avenida de centro poblado pero al revisar el reglamento la infraccion se aplica a la velocidad en carretera de centro poblado mas no en una avenida de centro poblado creo que la infraccion en carretera se daria en kilometro tal del centro poblado tal puede hacer algun reclamo sobre la diferencia entre la avenida y carretera

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    1. Artículo 167º. – Establecimiento de otros límites de velocidad.
      Excepcionalmente, la autoridad competente a cargo de la gestión de la vía puede establecer otros límites de velocidad a los señalados en el presente Reglamento, en razón a las condiciones y características geométricas de las vías, condiciones meteorológicas, volúmenes y composición del tránsito, así como de la necesidad de proteger la seguridad vial en pasos a nivel, intersecciones, establecimientos educativos o deportivos y otros, para lo cual debe instalar la correspondiente señalización.
      Para la determinación de los límites de velocidad previstos en el párrafo precedente, la autoridad competente bajo responsabilidad funcional, deberá contar con el estudio técnico de determinación de velocidad, aprobado mediante disposición expresa. La señalización que se instale de acuerdo al estudio realizado deberá cumplir con las características técnicas establecidas en el “Manual de dispositivos de control de tránsito automotor para calles y carreteras” o el que lo sustituya.
      En aquellos casos de poca visibilidad las velocidades referidas en los artículos 162, 163 y 164 del presente reglamento corresponderán a la mitad del máximo fijado para cada tipo de vía
      (Modificado por DS-003-2014-MTC del 22ABR14)

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  59. Buenas noches
    Quisiera saber el dia 29/04/2014 me pusieron una papeleta r 02 y quisiera saber cuanto tiempo tengo que esperar para realizar la preescripcion? Gracias

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    1. Ordenanza del servicio de taxi
      Artículo 95.- Del Plazo de Prescripción
      95.1 La facultad para determinar la existencia de infracciones o contravenciones e iniciar el procedimiento sancionador prescribe a los dos (2) años contados a partir de la fecha en que se cometió la infracción.

      95.2 En el plazo de tres (3) años contados a partir de la fecha en que quede firme la resolución de sanción, prescribe la facultad de la autoridad competente de ejecutar la sanción impuesta en un procedimiento sancionador

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  60. Buenas tardes Dr tengo una consulta y es que tengo una papeleta del 25 de enero del 2013 un año despues me llego una notificacion , pero hasta la fecha no he pagado la papeleta a este 25 de enero cumplio tres años la pregunta es ya prescribio ? y de ser asi que requisitos o que tramites tengo que realizar ,es en el callao , y cuanto me costaria el tramite muchas gracia s por su respuesta .

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    1. especifique en que fecha le fue notificada la Resolución de sanción para pode orientarlo mejor

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  61. buenas tardes Dr Agurto ,gracias de antemano por la respuesta que me vaya a dar ,la consulta es , tengo una papeleta del 25 de enero del 2013 un año despues me llego una notificacion pero aun no he pagado asi es que la papeleta tiene ya a este 25 de enero tres años digame ya prescribio? y que tramites tengo que realizar para poder quedar libre de esta papeleta y si es posible mandar a alguien para que realize el tramite de prescripcion, gracias nuevamente .atte Edwin R

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    1. especifique en que fecha le fue notificada la Resolución de sanción para pode orientarlo mejor

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  62. Buenas noches dr sabe quiero hacerle una consulta tengo una papeleta de fecha 29/09/11 q le pusieron al actual dueño antes de hacer la transferencia esta como medida cautelar cuando prescribiria dicha papeleta puesto q ez una r42 le agradecere su asesoria y me gustaria asistir a su oficina para aclarar dudas gracias

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    1. Lo esperamos en Jr. Lampa 879 of 512 Cercado de Lima (referencia altura de la estación colmena del metropolitano) teléfono 4283061

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  63. Buenos días Dr. Agurto, tengo una infracción M20 en el callao de fecha 28.02.2014 y su resolución 169493 de fecha 13.04.2015 que dicta ejecución coactiva (orden de captura supongo). La consulta es: Ya puedo solicitar la prescripción? O hasta cuando debo esperar?

    Gracias por su orientación.

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    1. Por favor indique la fecha de la resolución de sanción emitida por la municipalidad del Callao que es un acto diferente al de inicio de ejecución coactiva

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  64. Buenos dias Dr.Agurto quisiera saber si yo tengo una papeleta cancelada del 22 de abril del 2014 y ya se cumplio casi 2 años me devuelven los puntos en contra de mi brevete

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    1. al momento de cancelar la papeleta usted ha acumulado los puntos que indica el reglamento dependiendo de la infracción: Leve 5 puntos, Grave 20 puntos, Muy Grave de 50 a puntos.
      No tenemos un sistema de perdida de puntos sino de acumulación de los mismos.
      Los puntos generados por cada infracción tendrá una vigencia de 24 meses, contados a partir de la fecha en que quede firme la sanción en sede administrativa. Vencido dicho plazo, los puntos se borrarán automáticamente

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  65. Dr. buenos días, mi consulta es, que me pusieron una papeleta en Lambayeque en mi moto lineal por SOAT M28. Estaba viajando desde Moyobamba a Chiclayo; la cuestión es que no me detuvieron el vehículo porque les rogué bastante. Ahora estoy en Moyobamba y para ir a pagar mi papeleta me sale mas caro la lavada que la camisa. quiero esperar hasta que mi papeleta prescriba, dígame sera la mejor elección o debo viajar hasta lambayeque para pagarla. Gracias de antemano por su respuesta.

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    1. La acción por infracción prescribe a los 4 años.........

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    2. Y sobre lo de infocorp y los puntos que te resta cada papeleta, quedan en mi record e infocorp me puede poner como rojo en el sistema????

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    3. la infracción M28 acumula 50 puntos en su récord y en caso de no cancelarla se puede disponer una medida cautelar de secuestro del vehículo en la vía coactiva

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  66. DR que tiempo prescribe la papeleta m27 para el sistema por puntos y si igual no la cancele es el mismo tiempo

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    1. Los puntos generados por cada infracción tendrá una vigencia de 24 meses, contados a partir de la fecha en que quede firme la sanción en sede administrativa. Vencido dicho plazo, los puntos se borrarán automáticamente

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  67. Buen dia Dr. de antemano gracias por su respuesta.me inpusieron una papeleta el 08/10/2014,sucede que un patrullero de me intervino ,el efectivo me solicito mis documentos y no contaba en ese momento con la RTV ,por que la deje en mi casa , el policia me intervino en el limite entre villa salvador y san juan de miraflores, luego este se dirigio a la comisaria de san juan de miraflores en donde le entrego mis documentos a otro efectivo el cual me puso la m-27, y me devolviewron mis documentos , al dia siguiente presente mis descargos al sat por mala imposicion de papeleta y los denuncie en inspectoria de la PNP, la cual luego de un tiempo emitieron resolucion sancionando a los policias y quedando la sancion sin efecto.
    con este resultado fui nuevamente al sat a presentar otro descargo ,ya que nunca me dieron respuesta del primero , pero ya mi vehiculo esta en cobranza coactiva , que podria hacer , ya que ha pasado año y medio de la infraccion ,pues veo que el sat no rectifica el error a pesar de que la policia que es el ente que puso la papeleta se ha rectificado.
    presente un escrito redactado por un abogado solicitando la anulacion de la papeleta con la copia de la resolucion de inspectoria de la policia y no obtengo respuesta alguna.

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    1. debe hacer el seguimiento de su descargo presentado ante el sat. Si su descargo tiene el fundamento necesario y se ha presentado dentro de los plazos usted tiene que recibir una respuesta por escrito

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  68. Muchas gracias, su respuesta me ayudará a tomar la mejor desición mi estimado. Ahora que sabe de que las deudas se pasan a infocorp...

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  69. Doctor buenas tardes...de ante mano felicito la pagina administrada por ud. tengo una consulta el 16 de marzo del 2015 camino a matucana me tomaron 2 fotopapeletas seguidas la 1ra a las 2:10pm a 45km/h y la 2da a 48Km/h a las 2:15pm osea despues de 5 minutos hasta una semana 6de abril del 2016 han dejado debajo de la puerta de mi casa 2 notificaciones por las 2 papeletas indicando el pago de mas de 1400 soles amenazando con ponerme en infocorp y otras entidades mas, me fui a indecopi a pedir informe sobre las camaras y me dijeron que 1 de llas estaba calibrado para estar en el ovalo huarochiri al lado del estadio de la U en j prado y la otra no tenia ubicacion ..mi pregunta es 1.- ESTAS FOTOPAPELETAS SON VALIDAS ? porque leyendo otros testionios en su block..parece que son irregulares 2.- nadie firmo en mi casa recepcion..solo dejaron debajo de la puerta pero en el cargo figuta con lapiz el nombre de mi hnermana (es falso xq ella nunca recibio nada ) y la 3.- podria esperar a que prescriba y no darle el gusto a esa municipalidad corrupta ? que me aconseja ud.

    saludos y gracias por su tiempo

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  70. Doctor buenas tardes donde lo podría ubicar para hacerle mis consultas personalmente y llevarle mis fotopapeletas para que uds los revise y estudie envíeme por favor su numero telefónico a mi correo karlosvasquez@hotmail.com o al 959578300 saludos

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    1. Lo esperamos en Jr. Lampa 879 of 512 Cercado de Lima (referencia altura de la estación colmena del metropolitano) teléfono 4283061

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  71. Buenas tardes doctor felicitaciones por su pagina que orienta a muchas personas. Mi pregunta es la siguiente me pusieron una papeleta M02 el 15 de marzo del 2015 bueno en el tema legal ya solucione con el principio de oportunidad y pagando mi reparacion civil mi pregunta es sobre la infraccion la M02 prescribe? En que tiempo? Y en el estado de mi licencia aparece que estoi vigente le dejo el numero de mi DNI 45264516 aun puedo conducir? Desde ya muy agradecido

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    1. la prescripción de la acción en su caso opera luego de cuatro años desde que se levanto las papeleta. Su licencia aun aparecerá como vigente hasta que se le notifique la resolución de sanción pero mientras tanto no puede conducir ni tramitar un duplicado

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  72. Buenas tardes mi licencia aun esta viegente hasta el 2018si hago la denuncia por perdida y saco un duplicado cual seria las consecuencias??

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    1. Art. 428º del Código Penal, señala: "El que inserta o hace insertar, en instrumento público, declaraciones falsas concernientes a hechos que deban probarse con el documento, con el objeto de emplearlo como si la declaración fuera conforme a la verdad, será reprimido, si de su uso puede resultar algún perjuicio, con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa

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  73. Doctor buen día al chófer de mi auto particular le impusieron una papeleta r01 aparentemente había estado prestando el servicio de taxi pero en la papeleta no figura el nombre ni dnii del conductor. Ahora el chófer presentó un descargo sin mi consentimiento al sat el cual ya respondió y no me llego la resolución entonces no pude hacer descargo alguno en los 7 días hábiles para poder apelar debido a que no tenia ningúna resolución. Actualmente la papeleta es de 1975 osea ya no tiene descuento. Como puedo proceder ya que yo podría pagar la.mitad y el total.

    El chófer me dejo el auto con esa papeleta.

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  74. Dr.papeletas en cobransa coactiva tambien prescriben? Tengo un caso pido su ayuda de ante mano gracias por la.respuesta q me vaya a dar, compre un vehiculo el cual al hacer la transferencia no presentaban papeletas en la sunarp ni tampoco en la actual placa pero luego quise alquilarlo para taxi y resulto q tenia papeletas en la anterior placa q son 5 y el.monto superan los 9 mil soles as papeletas son del 2009 al 2011 las papeletas no fueron puestas al propietaro de aquel tiempo fueron impuestas a distinas personas supongo que fueron choferes tiene dos q son m1 que son las mas cara,que puedo hacer en ese caso

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  75. Buenas noches compre un vehiculo que resulto tener papeletas que estan en cobranza coactiva el monto sumando las cinco q tiene supera los 9 mil soles las papeletas fueron impuestas a la anterior placa y a distintas personas ( choferes) la nueva placa no tiene ninguna papeleta que devo hacer

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    1. en primer lugar determinar que tipo de infracciones son (transito o transporte), luego determinar quien es el responsable administrativo (conductor o propietario), seguidamente el estado en que se encuentran (pendientes o coactivo) y finalmente si ya prescribieron o no

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  76. Estimado doctor:
    El dia de hoy me di con la sorpresa q en el SAT-Lima figura mi vehiculo con una fotopapeleta impuesta el 01SET2012, por la infraccion M20, a la altura del puente ramiro priale. Mi domicilio figura en trujillo y nunca he sido notificado al respecto.
    Hace un año revise la misma pagina web y no tenia ninguna. dos preguntas:
    ?Me corresponde la prescripcion.
    ?Cual es el procedimiento que debo seguir para que ya no figure.
    atte.

    14ABR2016.

    DANEBA

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    1. En caso de no haberse notificado la resolución de sanción luego de un año opera la prescripción de la acción , debe solicitarlo en la municipalidad provincial donde se levanto la papeleta

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  77. Buenas tardes doctor felicitaciones por su pagina que orienta a muchas personas. Mi pregunta es la siguiente tengo 7 papeletas del 2012 quisiera saber si ya están prescritas y que se requisitos se necesita para que prescriban, la placa del Vehículo es B3L903, GRACIAS.

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    1. Por la fecha de las papeletas, la prescripción de la acción prescribe al año y la de las sanciones a los dos años

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  78. BUENOS DÍAS DOCTOR DE ANTEMANO GRACIAS POR SU RESPUESTA HACE UN MES ATRÁS ESTUVE POR LA CIUDAD DEL CUSCO Y ME INTERVINO UN POLICÍA Y ME DIJO QUE LAS CAMIONETAS PICK UP ESTÁN CONSIDERADAS COMO VEHÍCULOS DE CARGA POR LO TANTO NO PODÍA CONDUCIR CON UNA LICENCIA A1 Y ME DIJO QUE ME IBA PONER UNA PAPELETA POR QUE ERA UNA FALTA GRAVE Y ME DIJO QUE EL REGLAMENTO HABIA CAMBIADO Y COSAS ASI, ME CAUSO TANTA SORPRESA POR QUE FUI HASTA EL CUSCO CONDUCIENDO DESDE LIMA Y EN TODAS LAS INTERVENCIONES QUE ME HICIERON NO ME DIJERON NADA PERO ESTE SEÑOR INSISTÍA QUE ESTABA EN FALTA E INCLUSO ME HIZO UNA RECOMENDACION DE CAMBIAR LA PLACA DE RODAJE DE COLOR AMARILLO POR EL COLOR BLANCO QUE CORRESPONDE A VEHICULOS PARTICULARES, LA VERDAD ES QUE COMO SUPUESTAMENTE ESTABA EN FALTA ACCEDI A QUE ME PONGA LA PAPELETA Y ME PUSO A DISPOSICION DE UNA COMISARIA Y EN EL CAMINO ME DIJO QUE NO QUERIA PERJUDICARME Y ME VA PONER LA PAPELETA POR OTRA INFRACCION LA VERDAD NO SE SI HUBO ALGUN CAMBIO EN EL REGLAMENTO O ES QUE ESTE SEÑOR ME QUIZO SORPRENDER, FRENTE A ESTO QUE PUEDO HACER... GRACIAS POR SU RESPUESTA

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    1. Definitivamente lo quiso sorprender yta que la LICENCIA A1 faculta a conducir un vehículo de la clase N1 o sea de carga hasta 3.5 toneladas

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  79. Dr. Buenas tardes . bueno es que tengo 1 foto papelera el 03/02/2013 con fecha de resolución el 18/10/2013 mi consulta es si ya prescribió o en caso contrario este cuando sería y que se debe hacer gracias por su tiempo y respuesta

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    1. La sanción (multa) en su caso prescribe a los dos años luego de quedar firme la resolución de sanción

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  80. dr buenas noches queria hacer le tres preguntas, la primera es que tengo un vehiculo con 3 infracciones en el callao son m20 una en marzo del 2015 y las otras dos de enero y marzo del 2016 y estes vehiculo esta a nombre de una sra la cual no quiero perjudicar,se puede hacer el traspaso del mismo junto con las papeltas? y en cuanto tiempo prescribirian estas papeletas? y si las papeletas te pueden meter a infocor?

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    1. A la primera pregunta, la responsabilidad por las infracciones corresponden al propietario
      Artículo 289º.- Responsabilidad administrativa.
      El conductor de un vehículo es responsable administrativamente de las infracciones de tránsito vinculadas a su propia conducta durante la circulación.
      Cuando no se llegue a identificar al conductor infractor, se presume la responsabilidad administrativa del propietario del vehículo, salvo que acredite de manera indubitable que lo había enajenado, o no estaba bajo su tenencia o posesión, denunciando en ese supuesto al comprador, tenedor o poseedor como responsable

      A la segunda, las infracciones que menciona prescriben a los 4 años

      A la tercera se inscribirá en el registro de Infocor al deudor (propietario)

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  81. buenas tardes doctor , tengo papeleta de julio de 2012 R42 me ha llegado una notificacion de retencion bancaria , aplica esa medida para mi? , pero no soy el propietario.

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