Buenas
noches este es el VALOR DE LA MENTIRA, nuestra concursante ha sido sometida a
la prueba del polígrafo y se le hicieron 50 preguntas de las cuales hoy haremos
5 y veremos si pasa a la siguiente etapa…..
PREGUNTA NUMERO 1.- ¿Los taxistas que no cumplieron con
actualizar sus datos hasta el 10 de noviembre están impedidos de prestar el
servicio así tengan su certificado de operaciones vigente?
RESPUESTA:
SILa respuesta es FALSA
La Ordenanza Municipal 196 de Agosto de 1999, aún vigente, indica en su artículo 9 lo siguiente, Obligaciones de la Municipalidad.- Al otorgar la autorización para la explotación del servicio de taxi. La Municipalidad Metropolitana de Lima está obligada a respetar el derecho del titular de la Autorización a brindar el servicio de taxi en toda la jurisdicción de la provincia de lima, por el plazo previsto en la autorización.
RESPUESTA:
SI
La
respuesta es FALSA
Según
el artículo 4 de la Ordenanza Municipal
1597 indica que vencido el plazo y si no se ha cumplido con la actualización el
título habilitante y el registro correspondiente será retirado de la base de
datos del SETAME. Lo cual es un juego de palabras ya que el título habilitante
como ya se dijo anteriormente tiene validez hasta su fecha de vencimiento, o mediante
un debido procedimiento administrativo y la suficiente motivación se proceda a
la suspensión o cancelación según la
ordenanza 196 la misma que está vigente.
PREGUNTA NÚMERO 3.- ¿A partir del 11 Noviembre ningún taxi
podrá inscribirse para prestar servicio en Lima, hasta nuevo aviso?
RESPUESTA:
SILa respuesta es FALSA
Los
propietarios de vehículos que quieran obtener una autorización para la prestación
del servicio de taxi y que no se hubieran inscrito hasta el 10 de Noviembre en
el SETAME pueden hacerlo en las oficinas del Servicio de taxi del Callao
(SETACA) ya que los títulos habilitantes de esta provincia son válidos también en
Lima en virtud a un Acta de Acuerdo suscrita por ambas comunas en el año 2005.
PREGUNTA NÚMERO 4.- ¿A partir del 11 Noviembre se han
realizado operativos contra unidades de taxi que no cumplieron con inscribirse
en el proceso de re empadronamiento?
RESPUESTA:
SI
La
respuesta es FALSA
Los
operativos que se están haciendo son solo para colectivos y se levanta la infracción
R-42, ya que la infracción R-15 “Prestar el servicio de taxi sin contar con el
Certificado de Operación correspondiente o que éste se encuentre suspendido,
vencido o cancelado” es INAPLICABLE al no cumplirse los supuestos indicados en
ella.
PREGUNTA NÚMERO 5.- ¿Es verdad que el Callao debe hacer un
estudio para saber cuántos vehículos para el servicio de taxi debe autorizar?
RESPUESTA:
SI
La
respuesta es FALSA
Si
existe un acta de Acuerdo en el que se reconocen los certificados de
operaciones de ambas municipalidades, de que serviría saber cuántos taxis
necesita el Callao si van a circular indistintamente en ambos territorios. Por
lo que el estudio tienen que hacerlo LAS DOS MUNICPALIDADES y es evidente que
Lima aun no lo hace y que de manera UNILATERAL inicio este proceso sin
establecer un régimen de GESTION COMUN
Lo
sentimos pero la concursante no paso ni siquiera la primera fase y esta
eliminada.
Nos
vemos la próxima semana en el VALOR DE LA MENTIRA
bien, ahora publiquen algo sobre; la nueva ordenanza municipal que faculta hacer taxi con vehículos de 30 años de antiguedad en lima.
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