miércoles, 21 de noviembre de 2012

EL VALOR DE LA MENTIRA EN EL SERVICIO DE TAXIS


Buenas noches este es el VALOR DE LA MENTIRA, nuestra concursante ha sido sometida a la prueba del polígrafo y se le hicieron 50 preguntas de las cuales hoy haremos 5 y veremos si pasa a la siguiente etapa…..

PREGUNTA NUMERO 1.- ¿Los taxistas que no cumplieron con actualizar sus datos hasta el 10 de noviembre están impedidos de prestar el servicio así tengan su certificado de operaciones vigente?
RESPUESTA: SI

La respuesta es FALSA

La Ordenanza Municipal 196 de Agosto de 1999, aún vigente, indica en su artículo 9 lo siguiente, Obligaciones de la Municipalidad.- Al otorgar la autorización para la explotación del servicio de taxi. La Municipalidad Metropolitana de Lima está obligada a respetar el derecho del titular de la Autorización a brindar el servicio de taxi en toda la jurisdicción de la provincia de lima, por el plazo previsto en la autorización.

 PREGUNTA NÚMERO 2.- ¿La ordenanza 1597 revoca, suspende o cancela los certificados de operaciones válidamente emitidos por la Municipalidad de Lima para aquellos conductores que no actualizaron sus datos durante los 90 días que duró el proceso de empadronamiento?

RESPUESTA: SI
La respuesta es FALSA

Según el artículo 4  de la Ordenanza Municipal 1597 indica que vencido el plazo y si no se ha cumplido con la actualización el título habilitante y el registro correspondiente será retirado de la base de datos del SETAME. Lo cual es un juego de palabras ya que el título habilitante como ya se dijo anteriormente tiene validez hasta su fecha de vencimiento, o mediante un debido procedimiento administrativo y la suficiente motivación se proceda a la suspensión o cancelación  según la ordenanza 196 la misma que está vigente.

PREGUNTA NÚMERO 3.- ¿A partir del 11 Noviembre ningún taxi podrá inscribirse para prestar servicio en Lima, hasta nuevo aviso?
RESPUESTA: SI

La respuesta es FALSA

Los propietarios de vehículos que quieran obtener una autorización para la prestación del servicio de taxi y que no se hubieran inscrito hasta el 10 de Noviembre en el SETAME pueden hacerlo en las oficinas del Servicio de taxi del Callao (SETACA) ya que los títulos habilitantes de esta provincia son válidos también en Lima en virtud a un Acta de Acuerdo suscrita por ambas comunas en el año 2005.

PREGUNTA NÚMERO 4.- ¿A partir del 11 Noviembre se han realizado operativos contra unidades de taxi que no cumplieron con inscribirse en el proceso de re empadronamiento?

RESPUESTA: SI
La respuesta es FALSA

Los operativos que se están haciendo son solo para colectivos y se levanta la infracción R-42, ya que la infracción R-15 “Prestar el servicio de taxi sin contar con el Certificado de Operación correspondiente o que éste se encuentre suspendido, vencido o cancelado” es INAPLICABLE al no cumplirse los supuestos indicados en ella.

PREGUNTA NÚMERO 5.- ¿Es verdad que el Callao debe hacer un estudio para saber cuántos vehículos para el servicio de taxi debe autorizar?

RESPUESTA: SI
La respuesta es FALSA

Si existe un acta de Acuerdo en el que se reconocen los certificados de operaciones de ambas municipalidades, de que serviría saber cuántos taxis necesita el Callao si van a circular indistintamente en ambos territorios. Por lo que el estudio tienen que hacerlo LAS DOS MUNICPALIDADES y es evidente que Lima aun no lo hace y que de manera UNILATERAL inicio este proceso sin establecer un régimen de GESTION COMUN

Lo sentimos pero la concursante no paso ni siquiera la primera fase y esta eliminada.

Nos vemos la próxima semana en el VALOR DE LA MENTIRA

 

 

 

 

1 comentario:

  1. bien, ahora publiquen algo sobre; la nueva ordenanza municipal que faculta hacer taxi con vehículos de 30 años de antiguedad en lima.

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