jueves, 8 de febrero de 2018

SERVICIOS VIALEX


171 comentarios:

  1. Buenos dias el dia 20/02/2018
    Me derigia de cañete a lima es habitual para mi ya que yo soy de cañete y mi esposa es de lima y trabaja en lima plan de 6:55 am donde fui acompañado de mi esposa y unos amigos donde fui intervenido en pucusana por la sutran les entregue mis documentos por que ellos me lo pidieron y luego se acerca al carro y me dice mi compañero te esta llamando me bajo de mi auto y comienso hablar con uno de ellos y el otro estaba interrogando a mi esposa y amigos luego entre los 2 me atacaban y me decian q estan haciendo un acta de que son pasajeros que e recojido de chilca a lima donde me dicen q se quedaran con mi brevete y el dia de mañana me lo estarian entregando que no ve afectar en nada luego veo y figura una infraccion f1 nose que hacer para recuperar mi brevete y no afectarme con mi auto mi placa es particular

    Peter ayaucan gutierrez
    Peter16166@hotmail.com
    941750764

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    1. usted puede formular sus descargos a la imputación contenida en el acta.
      Con descargo o sin el la municipalidad emitirá un informe final de instrucción el cual sera notificado en su domicilio pudiendo usted formular descargos a este informe en un plazo no menor de 5 días
      Acto siguiente, la administración debe emitir y notificar el acto administrativo (resolución) donde disponga se le sancione con la multa, pudiendo usted apelar a la misma en un plazo no mayor a 15 días.

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  2. Buen dia las foto papeletas son validas cuando son fotografiadas frontal o porterior o ambas,xq tengo 3 foto papeletas en la carretera a Huarochiri y 2 de ellas son el.mismo dia la fotografia es tomada por la parte posterior del vehiculo y varian x 7 minutos de diferencia siendo la misma infraccion

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    1. En efecto se trata de unas infracción continuada y debe ser considerada como una sola

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  3. Doctor los de GTU me impuso el dia 02.03.2018, una R01 esta papeleta ya esta en el sistema el mismo dia ya que me tomaron foto...esta acta de control prescribe a.los dos años?

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    1. En efecto la acción prescribe a los dos años y la exigibilidad de la multa en un plazo similar.
      Le sugiero leer nuestro articulo en este blog para mejor comprensión

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    2. Doctor se puede interrunpir el plazo sancionador

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  4. Buenos días, mi consulta es si puedo reducir la sanción de 3 años por manejar en estado de ebriedad, el dosage etílico arrojó 0.8 y no se si eso se pueda apelar aún habiendo pagado la multa. Cuento con 50 puntos a favor en mi récord de conductor. Gracias

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    1. para dar respuesta a su pregunta habría que evaluar la documentación del caso, por ejemplo fecha de infracción , fecha de resolución, fecha de informe final y notificaciones de los mismos

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    2. la notificación de la suspensión por 3 años no me ha llegado aún, y aún no figura en la web, la infracción fue impuesta el 1 de marzo el mismo día me dieron la carta de libertad por haberme acogido al principio de oportunidad , quien emite el informe final y la resolución?

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  5. Ok entonces debo esperar que me lleguen esas notificaciones e informes y luego puedo comunicarme con ustedes para ver si es posible solicitar la reducción de la sanción? Gracias

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  6. hola doctor marcos una consulta yo cometi una infraccion la M01 que significa que me cancelan la licencia de conducir y ya no puedo sacar otra... ahora tengo una duda el juez en su resolucion me puso suspencion de licencia por un año y tres meses,,, mi duda es despues de ese tiempo voy a poder volver a sacar mi licencencia

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    1. La sanción administrativa es distinta a la pena impuesta por un juez.
      Si bien es cierto que no se puede sancionar dos veces esto solo se produce cuando concurren en idéntica manera el sujeto, el hecho y el fundamento.
      No me queda claro si su sanción por la M-01 ya cuenta con resolución de sanción notificada.

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    2. Dr buenas noches Saludos también asesora en accidentes de tránsito con consecuencias fatales?

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  7. Buenos días, si he sacado duplicado de licencia mientras mi licencia estaba retenida, puedo devolverla? No sabía de esta falta. En caso d devolverla al mtc todo quedaría bien en ese punto?

    Gracias

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    1. No solo puede, sino DEBE devolverla.
      La acción a tomar por parte del MTC estará en manos del procurador de esta entidad.

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  9. dr. buenas noches, presente la revisión judicial el 28 de noviembre del 2017, en lo cual declararon inadmisible por no cumplir con los requisitos generales y no subsanar en plazo establecido..¿puedo presentar otra demanda? ya que mi vehículo lo capturaron la SAT el dia 28 de marzo del presente año.

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  10. Buenas Dr. gracias de antemano por la atencion, tengo una camioneta pickup y le puse cinta reflectiva en la parte trasera (parachoque), la PNP me para y me dice que es obligatorio en los costados y en la carroceria, (aunque antes me dijeron minimo parte trasera) puede aclararme y un link para leer este detalle de la norma... Gracias

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    1. RNV Artículos 14º.- Requisitos técnicos adicionales para los vehículos de las categorías M y N
      Adicionalmente a los requisitos antes señalados, los vehículos de las categorías M y N deben cumplir con las características y/o contar con los dispositivos señalados a continuación y, de ser el caso, conforme a las precisiones del Anexo III.
      12. Los vehículos de las categorías M2 destinados al servicio de transporte terrestre, M3 y N deben contar con láminas retroreflectivas que cumplan con los requisitos técnicos aprobados.
      RNV ANEXO III.- REQUISITOS TECNICOS VEHICULARES.-
      10. LAMINAS RETROREFLECTIVAS
      La instalación de las láminas retroreflectivas debe efectuarse cumpliendo con las siguientes especificaciones:
      1. Las láminas deben ser fijadas horizontalmente en los laterales del vehículo y en la parte posterior, alternando los colores rojo y blanco.
      2. Las láminas deben colocarse a no menos de 300 mm. Y no más de 1,60 m. sobre la superficie de la carretera.
      3. Las láminas deben ser colocadas en las superficies verticales del vehículo, siempre que el diseño del vehículo lo permita.
      4. las láminas podrán fijarse a la carrocería del vehículo por medio de diferentes elementos, tales como: remaches, tornillos, autoadhesivo o pegamento, asegurando la fijación permanente.
      5. Los vehículos cuyas carrocerías son de madera o metálicas con superficie irregular en la cual no se garantiza la perfecta adherencia de la lámina, deberá fijarse en forma permanente en una base metálica.
      6. El tramo mínimo de la lámina retroreflectiva debe estar compuesta por una sección blanca y otra roja.
      7. En los laterales, las láminas deben distribuirse en forma uniforme y equitativa, cubriendo un mínimo del 25% del largo total, siempre que el diseño del vehículo lo permita y se debe iniciar lo más cerca posible del extremo delantero y terminar lo más cerca posible del extremo posterior del mismo.
      8. En la parte posterior las láminas deben ser fijadas cubriendo la parte más ancha del vehículo, pudiendo ser el parachoques, dispositivo antiempotramiento o la carrocería según sea el caso.
      9. Las láminas retroreflectivas deben instalarse de modo que permitan la determinación del ancho y largo total del vehículo, en base a los siguientes esquemas:
      15. CARACTERISTICAS TECNICAS DE LAS LAMINAS RETROREFLECTIVAS
      Las características técnicas de las láminas retroreflectivas deben ser las siguientes:
      Grado: Prismático
      Tipo: VIII aprobado por el Ministerio o su equivalente bajo norma DOT (Departamento de transporte de estados Unidos de América)
      Dimensiones de las láminas retroreflectivas

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  11. Doctor me pusieron una m1 el 24 de junio del 2017 asi dice.
    LAS SANCIONES VIGENTES DEL ADMINISTRADO SON:resolucion 17605601595286 fecha firme:21/02/2018 tipo de sancion: directa
    inicio de sancion 24/06/2017 papeleta:12120076 , Bueno no tengo fin de sancion tampoco puntos firmes salen 0 y mi estado sigue vigente y vence mi brevete 14/01/2020 hay algo que puedo hacer para que no me inhabiliten mi brevete aconsejeme aver si me puedo acercar a su despacho muchas gracias dni 10633027

    6 de abril de 2018

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  12. Doctor buenos dias,

    tengo 2 consultas:

    1) puedo vender el auto en el cual se impuso la papeleta M01 a mi nombre (el auto esta a nombre de mi madre figura en medida cautelar han pasado mas de 2 años) no llegan notificaciones de esta multa

    2) mi brevete figura como estado de licencia verificada , vigente 29/09/2023 ENTIDAD RESOLUCION 17605601042085 FECHA 11/04/2016 INICIO 21/02/2016 FIN "no tiene"

    y tengo una bonificacion de 50 puntos este año no entiendo espero pueda despejar mis dudas y si hay una solucion para manetener mi brevete o que puedo hacer aun siendo una M01 la cual no es correcta se lo agadeceria

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    1. Si se ha dictado una medida cautelar sobre el vehículo no lo puede vender.
      La sanción de cancelación se ejecutó el 21 de FEB del 2016 y al mismo tiempo se dio inicio a la inhabilitacion que, por ser definitiva (de por vida) no tiene fecha de finalizacion.

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  13. Buenos dias doctor , mi caso es el siguiente me suspedieron la licencia por una papeleta M02, en marzo del 2015 la cual apele, en el mes de mayo del 2015 al consultar en el sistema mi brevete figuraba como vigente lo cual consulte con un policia y me dijo que saque un duplicado, lo cual realize sin problema alguno, luego me notificaron y al final pague principio de oportunidad y pague la papeleta al sat.
    ahora estando abril del 2018 mi sancion ya vencio por lo cual me pidieron un curso de sensibilizacion y pago al banco de la nacion por duplicado de brevete para poder tramitarlo en el touring de lince , resulta que hize el curso, pague mi duplicado de DNI, y cuando me acerque a hacer el tramite de duplicado de brevete, me dicen que no me lo pueden dar porque habia sacado un duplicado en el tiempo que estaba sancionado y que mi licencia queda cancelada y que espere que el ministerio de transportes me notifique , para yo poder hacer un descargo con el fin de ver que solucion me dan.
    lo raro en todo esto es que entro a la web del ministerio de transportes papeletas y mi brevete sigue figurando vigente como siempre figuro, nunca en la web me figuro como suspendido o cancelado o sancionado.
    nose si intentar hacer el tramite de duplicado virtual, usted que me recomienda hacer en este caso, imagino ya se le han presentado casos parecidos y pueda orientarme, muchisimas gracias por su tiempo.

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    1. Al obtener un duplicado ha cometido una nueva infracción, pero esta fue derogada según el detalle siguiente:
      M.32 Tramitar u obtener duplicado, recategorizacion, revalidación, canje o nueva licencia de conducir de cualquier clase, por el infractor cuya licencia de conducir se encuentre retenida, suspendida o cancelada o se encuentre inhabilitado para obtenerla
      (Infracción M-32 derogada por DS 026-MTC-2016 del 04ENE17)

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    2. En este caso , que podría hacer al respecto , me dijeron que espere a que el ministerio de transportes me notifique , alguna solucion ?

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    3. No hay impedimento para que tramite licencia, acérquese a nuestras oficinas previa cita al 4283061

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  14. Dr. Buen día
    El día de hoy 24-4-18 lo vi en una entrevista de TV Perú y usted dijo algo que me pareció importante.
    Que las municipalidades no pueden legislar sobre algo que ya está legislado, en relación a las papeletas impuestas por las municipalidades que tienen que ver con el tránsito
    Me gustaría saber cuál es la normativa que impide esto, que la municipalidad sanciones, o imponga papeletas por tránsito??
    Saludos

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    1. Ley Orgánica de Municipalidades 27972
      ARTÍCULO II.- AUTONOMÍA
      Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
      La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

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  15. DR. BUENAS DÍAS FUI INTERVENIDO POR UN EFECTIVO POLICIAL EL MISMO Q M IMPUSO UN PAPELETA DE INFRACCIÓN M2, SIN EMBARGO MI ES DE CATEGORÍA L5 Y MI VEHÍCULO MENOR CUENTA CON EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN EXPEDIDO POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL SIN EMBARGO D LA ORDENANZA QUE ELLOS TIENEN NO HAY UN CUADRO DE INFRACCIONES DE VEHICULOS MENORES SERIA FACTIBLE SOLICITAR LA NULIDAD DE LA INFRACCIÓN, YA QUE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL AL NO CONTRA CON CUADRO DE SANCIONES NI INFRACCIONES NO PUEDO SOLICITAR LA REORIENTACIÓN DE LA PAPELETA DE INFRACCIÓN

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    1. Debe diferenciar las infracciones de transito como la que cometió de las infracciones del servicio que se establecen en la ordenanza. Como vera no tiene que ver una con la otra por lo tanto no se podrá reorientar como solicita

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    2. gracias por su atención

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    3. BUENAS DIAS DR. ES FACTIBLE QUE SOLICITE LA NULIDAD DE PAPELETA DE INFRACCIÓN, POR QUE SE EQUIVOCARON EN UNA LETRA DE MI APELLIDO,

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    4. No, ya que ese es un error subsanable

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  16. buenas tardes dr. estuve conduciendo mi moto lineal en estado de ebriedad hecho por el cual el efectivo policial me impuso la papeleta de infracción de cod. M2, la cual tiene el costo del 50% de la UIT, sin embargo en aplicación del DS 055-2010 MTC, art. 25 no me corresponderia una multa no mayor del 5% UIT, y si es correcto que suban al SLCP, la referida infracción tomando en cuenta que la infracción me fue impuesta cuando conducía mi moto lineal no tendría por q afectar mi licencia de conducir de carro

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    1. Las infracciones conforme al DS 055-2010 MTC corresponden a laas cometidas durante el servicio de transporte publico especial en vehículos menores (mototaxi), estas solo describen conductas reprochables relacionadas a la prestación del servicio especial de pasajeros mas no para la conducción, como su caso.

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  17. Dr. buenas tardes una consulta, teniendo una R01 del año 2014 y 2015 estando con Medida Cautelar; se puede solicitar prescripción.

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    1. Primer debe hacer el computo del plazo según las directivas que le damos en nuestro articulo. "Las infracciones no prescriben a los dos años" en este blog.

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    2. Doctor pero si tiene resolucion de sancion y es una papeleta admijistrativa acaso no es dos anos la prescripcion

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  18. Estimado Doctor Marcos, me pusieron dos papeletas en el 2004 y 2005 ambas por un monto de 123.50 por falta A12 Y E02, mi consulta es, si por la fecha transcurrido las papeletas ya prescribieron? de ser positiva como actuaria y donde deberia recurir.
    Desde ya las gracias por su respuesta.
    Atte.
    Carlos Cast

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    1. En efecto, no solo la norma que disponía esas infracciones ha sido derogada sino que también la exigibilidad de las multas ya prescribió. Debe solicitarla por escrito ante la municipalidad provincial correspondiente.

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  19. Dr. Buenas noches, me impusieron una acta de control el 30 de junio del 2015, con resolucion de sancion el 03 de febrero del 2016, ya pasaron mas de 2 años, la ley me faculta para solicitar la prescripción de la multa, sin mas agradesco su respuesta

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    1. Debe hacer el computo del plazo, en este blog hay dos artículos sobre prescripción que lo ayudaran en esa tarea

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  20. DC. Buenas tardes tengo una papeleta m1 de fecha 03/06/2017 y hasta la fecha no me sancionan la licencia , la cual ya está vencida y no sale la resolución de la acción .
    Quisiera saber si pagando la papeleta no me sancionarán y seguirá vencida mi licencia o en qué tiempo me sancionarán
    En cuanto tiempo puedo solicitar la prescripción de la acción (en 2años) si esque no me llega la resolución. Gracias por su atención !!

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    1. La prescripción de la acción es de 4 años. A esperar

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  21. Dr buenos días procede el silencio administrativo para una papeleta o acta de control? En caso fuese verdad. Se utiliza el silencio positivo o negativo?

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    1. las papeletas o actas de control son documentos y no procedimientos, el silencio administrativo opera en PROCEDIMIENTOS y dentro de estos los iniciados de parte. Te invito a ver un vídeo que explica este y otros temas en nuestra pagina de facebook
      https://www.facebook.com/ViaLexSac/

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  22. buenos días doctor tengo dos papeletas del tipo r01 y esta en medida cautelar, las papeletas fueron puestos hace 1 año, 05/05/2017 21/05/2017 la cual no me he acercado para nada al sat quisiera saber si esas papeletas que dan sumado unos 5 mil soles prescriben en que tiempo

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    1. Son actas de control y no papeletas. El plazo de prescripción para la exigibilidad de la multa es de 2 años computados desde la fecha en que quedaron firmes las resoluciones de sanción

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  23. Buen dias Doctor.

    tengo una papeleta M02 con fecha 29/12/2014 y pague la multa 0.5 uit, y tengo la notificacion ya paso mas de 3 años y a la fecha no aparece la fecha firme en el sitema de multa. me acerque a la municipalidad de trujijo y me indica que debe gestionar para que me den mi resolusion de la infraccion para tramitar una nueva licencia .es correcto eso?. tengo la sugerencia de esperar los 4 años para que quede nula la infraccion y solo solicite la nulidad de la infraacion y obtener un duplicado del brevete ya que vence el 2021 y asi evitar pasar el curso de sensibilidad y pasar otra vez el examen de conducir es correcto mi conclucion doctor

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    1. Depende de la fecha de la resolución de sanción y su contenido ya que si esta no fue emitida y notificada, usted nunca fue sancionado con la suspensión de la licencia.

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  24. buenas noches doctor tengo una papeleta G-13 del 18/03/16 mi licencia se a vencido el 08/06/18 puedo revalidar sin pagar la multa

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    1. No, si está pendiente de pago la multa y no ha prescrito su exigibilidad (2 años) le recomiendo ver nuestro articulo al respecto en este blog para una mejor compresión del tema

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  25. Buenos días, brindan cursos sobre temas de tránsito, es decir, prescripciones,emisión de licencias así como los puntajes y cancelaciones?

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    1. Así es, puede visitar nuestra pagina web para mayores informes
      https://vialex.com.pe/

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  26. Dr Marcos, buen dia , le saluda Jorge Cáceres de Arequipa. Me aplicaron una papeleta M 03 para moto lineal el 11 de mayo, presento mi descrago el 16 del mismo mes, el dia de ayer recien me dan el informe instructivo, resultando improcedente. Los fundamentos que me niegan, es una papeleta con múltiples erroresde llenado, adrmás de contar con brevete en el momento del operarivo, que consta en el parte policial, el mismo que no adjunté en primera instancia, por premura de respuesta. Saqué la moto del depósito. Deseo que me faccione usted la reconsideración o apelación según sea el caso. Puedo enviar el escaneado de todos los documentos y el pago respectivo. Gracias por la atención , quedo al pendiente

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    1. Comuníquese con nosotros al 4283061 o al celular 997355680

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  27. Existe alguna solucion para la papeleta m01 me la sacaron con moto, pero deseo tener brebete de auto, cabe indicar que el accidente me lo hicieron a mi me cerro un auto, ya pague por la papelta y todo ya hay resolucion , deseo volver a conducir ya sea auto o moto, existe alguna solucion?, estaria deacuerdo en esperar los 3 años de sancion por el estado en q conducia pero de por vida no me parece.

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    1. En este blog encontrara varios artículos relacionados a las sanciones por estado de ebriedad. Cualquier información adicional lo con gusto lo atenderemos en nuestras oficinas

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  28. Dr. Buenas tarde quisiera que me oriente: que hacer si el sat lima declara improcedente la solicitud de prescripcion de deuda si los plazos para la prescripcion se cumplieron

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    1. Toda resolución es apelable en el plazo de 15 días hábiles, interponga su recurso

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  29. buenas tardes doctor. mi consulta es la siguiente el Mes de Enero me impusieron una papeleta R1 yo no soy taxista , con el respeto que se merecen. reclame el mismo día ante el sat pero me dijeron que aun no estaba cargada en su sistema y la verdad es que no sabia del monto que esperara a que me notifiquen , bueno ya han pasado 7 meses aun no me notifican en la web figura la papeleta solo con una acta de control y mi placa no existe niguna foto, pero si hay una medida cautelar y una orden de captura consulte al sat y me dijero que ya expiro el tiempo para impugnar la papeleta. en otras palabras el sat ya no permite que me defienda es cierto esto y debo asumir algo que nunca realice. Gracias por su respuesta

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    1. En caso de no haber sido notificado y este en cobranza coactiva con medida cautelar usted puede iniciar un proceso de Revisión Judicial para que se levante dicha medida.

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  30. Buenas tardes doctor, tengo la sgte consulta, el 17 de julio 2018 realice un tramite de prescripción de una papeleta de transito M1 ante el sat, han pasado 38 días hasta la fecha y no fui notificado, es posible que me ampare en el silencio administrativo en favor de mi persona como ciudadano, quedo atento a los comentarios, la papeleta me la impusieron el 20 de setiembre 2015.

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    1. En caso que la prescripción sea deducida en sede administrativa, el plazo máximo para resolver sobre la solicitud de suspensión de la ejecución forzosa por prescripción es de ocho (8) días hábiles contados a partir de la presentación de dicha solicitud por el administrado. Vencido dicho plazo sin que exista pronunciamiento expreso, se entiende concedida la solicitud, por aplicación del silencio administrativo positivo.

      (Artículo incorporado por el Artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1272)

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  31. Estimado Doctor, agradeciendo su tiempo hago la consulta siguiente:soy taxista y tengo 130 puntos firmes acumulados (fecha firme 17/07/18)y 20 mas que estan en proceso (13/07/18 aun no son firmes). No estoy trabajando ya que estoy con la medida preventiva de retención por 6 meses.Cabe indicar que la dirección domiciliaria que figura en mi licencia no es la actual ¿Es necesaria una notificación recepcionada por mi persona para que se aplique la medida?¿Una vez cumplidos los 6 meses se reducirán mis puntos, estoy preocupado porque 20 mas estan en proceso? ¿Qué debo hacer para que me levanten la sanción y volver a trabajar?Por favor necesito una orientación de su parte. Muchas gracias.

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    1. El conductor será sancionado con la suspensión de su licencia de conducir por 6 meses, si acumula 100 puntos en un período de 24 meses, contados a partir de la fecha en que quedó firme en sede administrativa, la sanción vigente más antigua.
      1.4. Los puntos que sustenten la imposición de una sanción por acumulación no podrán ser contabilizados para las sucesivas acumulaciones que pudieran corresponder. Si embargo, si el infractor superar el límite de 100 puntos, los puntos excedentes serán contabilizados para la siguiente acumulación, siempre que se encuentren vigentes.

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    2. En todos los casos y adicionalmente al cumplimiento del período de suspensión, para el levantamiento de la medida, el conductor tendrá que participar en el Taller “Cambiemos de Actitud” a cargo de las Dependencias Regionales con competencia en transporte de los Gobiernos Regionales, establecido en el artículo 315, además de obtener un certificado de aprobación de evaluación de conocimientos expedido por un Centro de Evaluación de postulantes a la obtención de licencias de Conducir.
      (Numeral 1.12 modificado por DS 015-MTC-2016 del 28JUL16)

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  32. Buenas tardes.-
    me impusieron un acta de control por no tener las cintas retroreflectivas laterales en una camioneta de transporte privado,
    la norma es clara cuando dice para vehiculos de "sevicio de transporte terrestre".
    para lo cual en el acta me marcaron como transportista, por que dijo la inspectora que tengo placa amarilla,
    pero mibrevete y mi RT es particular.
    ademas en elreglamento en el Anexo III numeral 1
    esta claro que los despositivos reflectores son obligatorios en la parte posterior y opcional a los costados
    en Julio del 2017 se publico la diferenciacion entre vehiculos de "transporte privado de de personas y mercancias"
    Por lo tanto el hecho de que se me haya impuesto la papaeleta como transportista es doloso.
    Por favor dr ayudeme con sus comentarios

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    1. Verifique en su tarjeta de identificación vehicular si es de la categoría N


      G.20 Conducir un vehículo que no cuenta con las luces o dispositivos retrorreflectivos previstos en los reglamentos pertinentes

      CALIFICACION: GRAVE
      SANCION: Multa 8% UIT
      PUNTOS: 20
      MEDIDA PREVENTIVA: Retención del vehículo
      RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL PROPIETARIO: SI
      BASE LEGAL:
      RNT Artículo 243º. – Sistemas y elementos de iluminación.
      Para poder transitar de las vías públicas terrestres, los vehículos deben tener en buenas condiciones de uso y funcionamiento, los dispositivos de alumbrado y señalización óptica (luces y láminas retroreflectivas) de acuerdo a los establecido en el Reglamento Nacional de Vehículos)
      RNV Artículos 14º.- Requisitos técnicos adicionales para los vehículos de las categorías M y N
      Adicionalmente a los requisitos antes señalados, los vehículos de las categorías M y N deben cumplir con las características y/o contar con los dispositivos señalados a continuación y, de ser el caso, conforme a las precisiones del Anexo III.
      12. Los vehículos de las categorías M2 destinados al servicio de transporte terrestre, M3 y N deben contar con láminas retroreflectivas que cumplan con los requisitos técnicos aprobados.

      RNV ANEXO II.- DEFINICIONES
      25. Lámina retroreflectiva.- Dispositivo de seguridad conformado por elementos prismáticos catadriópticos que reflejan la luz.
      RNV ANEXO III.- REQUISITOS TÉCNICOS VEHICULARES.-
      10. LAMINAS RETROREFLECTIVAS
      La instalación de las láminas retroreflectivas debe efectuarse cumpliendo con las siguientes especificaciones:
      1. Las láminas deben ser fijadas horizontalmente en los laterales del vehículo y en la parte posterior, alternando los colores rojo y blanco.
      2. Las láminas deben colocarse a no menos de 300 mm. Y no más de 1,60 m. sobre la superficie de la carretera.
      3. Las láminas deben ser colocadas en las superficies verticales del vehículo, siempre que el diseño del vehículo lo permita.
      4. las láminas podrán fijarse a la carrocería del vehículo por medio de diferentes elementos, tales como: remaches, tornillos, autoadhesivo o pegamento, asegurando la fijación permanente.
      5. Los vehículos cuyas carrocerías son de madera o metálicas con superficie irregular en la cual no se garantiza la perfecta adherencia de la lámina, deberá fijarse en forma permanente en una base metálica.
      6. El tramo mínimo de la lámina retroreflectiva debe estar compuesta por una sección blanca y otra roja.
      7. En los laterales, las láminas deben distribuirse en forma uniforme y equitativa, cubriendo un mínimo del 25% del largo total, siempre que el diseño del vehículo lo permita y se debe iniciar lo más cerca posible del extremo delantero y terminar lo más cerca posible del extremo posterior del mismo.
      8. En la parte posterior las láminas deben ser fijadas cubriendo la parte más ancha del vehículo, pudiendo ser el parachoques, dispositivo antiempotramiento o la carrocería según sea el caso.
      9. Las láminas retroreflectivas deben instalarse de modo que permitan la determinación del ancho y largo total del vehículo, en base a los siguientes esquemas:
      15. CARACTERISTICAS TECNICAS DE LAS LAMINAS RETROREFLECTIVAS
      Las características técnicas de las láminas retroreflectivas deben ser las siguientes:
      Grado: Prismático
      Tipo: VIII aprobado por el Ministerio o su equivalente bajo norma DOT (Departamento de transporte de estados Unidos de América)

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  33. Dr buen dia . Mi consulta es . Me pusieron una papeleta el 31_03_15 M28(soat). Hasta la fecha no lo he pagado. ¿Para q se borre del sistema por puntos debo pagarla ?¿o q otro tramitr debo realizar ? O esperar q se cumplar cumpla los 4 años para q se borre solo. Gracias

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    1. La exigibilidad de la multa prescribe a los 2 años y debe solicitarla por escrito a la municipalidad

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  34. Dr.la papeleta me fue impuesta en provincia ¿la solicitud la presento en la municipalidad donde me fue impuesta la papeleta??? Dr. Como no pague esa papeleta (M28)los puntos estan proceso.por lo cual no puedo partcipar en el curso para reducir puntos porq los puntos no estan firmes. ¿¿¿Cuando los puntos quedaran firmes o tengo q esperar q cumpla los 4 años teniendo en cuenta q ya paso 3años 6meses??? El detalle Dr. Es q siempre he trabajado en empresas de mineria . Construccion y por esta papeleta ya no te reciben.exigen q tengas los puntos completos . Gracias por su gentil atencion

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    1. Si, debe presentarlo ante la municipalidad que corresponda.
      Los puntos quedan firmes cuando la resolución de sanción queda firme o cuando se realiza el pago de la multa. En su caso es probable que la exigibilidad de la multa haya prescrito

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  35. dr. tengo una sentencia de inhabilitación de brevete por M01 por dos años por q pase un proceso penal, si ya cumplí mi sentencia puedo habilitar mi brevete ???

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  36. Dr tengo dos papeletas del 2010 una g59 y una m28 en la municipalidad de Chimbote en el mes de agosto solicite la prescripcion y me la han denegado que puedo hacer al respecto gracias

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    1. Si le han denegado con una resolución puede apelar a la misma dentro de los 15 días hábiles

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  37. Buenas noches doctor, por favor una consulta. Yo tenía una moto la cual vendí en el 2015 y no realice el traspaso y a esta persona que le vendí le pusieron dos papeletas por manejar en estado de ebriedad y por no tener brevete M02 y M03 ambos 23/05/2015. Me han estado notificado que yo pague por ser propietario y el dia 9/10/2018 Me llegó una notificación de ejecución coactiva que dice que me enbargaran bienes y cuentas.es esto posible doctor y en mi defensa hay algo que pueda hacer o tengo que pagar el total como se exige

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    1. Para que usted sea apartado del proceso de ejecución coactiva debe probar que en la fecha de comisión de la infección no era propietario del bien

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  38. Buen dia.
    el 29 de diciembre 2014 me impusieron una papaleta de m02 en trujillo, pague la multa impuesta y en la fiscalia me archivaron el caso por principio de oportunidad pero en la web slcp.mtc.gob.pe no figura la fecha firme ni la resolucion. si en mi caso aplicaria la prescripcion de sanccion y como puedo solicitarlo. podria solicitarle una copia de mi brevete si aplicaria la prescripcion.

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    1. Por el contrario, usted debe solicitar que se inscriba la sanción ya que esta se inició en diciembre del 2014 y culminó en diciembre del 2017.

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    2. Dr. gracias por su respuesta.

      en mi caso no aplicaria la prescripcion de sancion ya que estamos a 4 años de levantamiento de la sancion sin tener la resolucion. mi brevete se encuentra vigente hasta el 2021 (A1). mi deseo es evitar el engorroso tramite de solicitar un nuevo brevete y solo solicitar el duplicado al tener ya 4 años sin resolucion

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    3. En caso de que en 4 años computados desde la fecha que infracción se cometió y no haberse emitido una resolución de sanción la acción ya prescribió y su licencia seguirá vigente.

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  39. Doctor buena tardes, en el 2014 en octubre me generaron una papeleta de transito a mi auto con el código de infraccion M1, actualmente logre prescribir la papeleta, mi pregunta es puedo recuperar mi licencia de conducir ( A1) dado que esta infraccion ya no existe y de alguna manera le gane al SAT, quedo atento a sus comentarios, feliz 2019

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    1. La infracción M-01 tiene dos sanciones, multa y cancelación de la licencia e inhabilitacion de por vida.
      Las papeletas no prescriben pero si la acción (el hecho cometido subsiste por 4 años y puede ser pasible de sanción) y la exigibilidad de la multa (2 años)
      Ahora bien.
      La resolución en la que se declara la prescripción a cual de las dos se refiere??

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  40. Lo primero que menciono, los 4 años, en mi caso paso exactamente 4 años y 2 meses.

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    1. En caso que la resolución declare la prescripción de la acción debe presentarla al MTC y proceder a revalidar su licencia. En sentido estricto usted nunca fue sancionado por lo tanto su licencia sigue vigente

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    2. Buen dia Doctor, gracias por su sugerencia, efectivamente visualizo en el sistema del MTC ( puntos) que mi licencia de conducir sigue vigente aun hasta el 2021 y el sistema borro automáticamente la infraccion que antes figuraba ( en faltas ahora no figura nada )

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    3. Nos alegra haberlo podido ayudar

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  41. Doctor se puede trabajar para la prescripcion la papeleta C1049373 N67 07-05-2016 medida ca utelar .la notificacion llego alos 15 dias impuesta la papeleta.se ha hestado impugnando pero todo sale no procede.quisiera su observacion.

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    1. Con gusto atenderemos su consulta en nuestras oficinas previo análisis de la documentación sustentatoria.

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  42. Doctor buen dia, me impusieron una papeleta de transito en setiembre 2015, la fecha firme fue el 8 de noviembre 2016, código de infraccion M1, manejaba mi auto, me acogi al principio de oportunidad y salde el tema fiscal ( archivo) y en el mes de diciembre 2018 ante el sat solicite la prescripion de la papeleta ( 31 de diciembre 2018 se presento la solicitud), con fecha 28 de enero 2019 me niegan la prescripción pese a que en el sistema del sat figura la papeleta de transito con la nomenclatura pr ( llame hace 15 días al sat y me informaron que cuando sale asi pr en sus sistemas, la papeleta prescribe si o si y como le menciono no prescribió, algún comentario desde su percepción,agradecere la orientación,saludos.

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    1. Al respecto seria buenos conocer cuales son los fundamentos de la resolución que se pronuncia sobre su solicitud de declaración de prescripción.
      Le sugerimos leer nuestro articulo sobre la prescripción de las infracciones en este blog para una mejor comprensión. De igual manera cualquier consulta con gusto la atenderemos en nuestras oficinas.

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  43. buenos días Doc. marcos Agurto, tengo una consulta, dentro de una amnistía que se da en una municipalidad, se puede incluir el fraccionamientos de las infractor de de tipo M, y en bajo que normas o leyes se pueden acoger para hacerlo

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    1. las amnistías no tienen base legal alguna por lo que son puramente discrecionales. Se pueden incluir las infracciones o temas que estimen necesarios

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  44. Buenas tardes Doctor me han notificado sobre una demanda por la SAT administrativo por tributo de fecha 14/06/2012 registro 3499 en el cual menciona que mi vehículo está con requisitoria cual seria el procedimiento para que prescriba

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    1. Con gusto atenderemos su consulta en nuestras oficinas previo análisis de la documentación sustentatoria.

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  45. Doctor buenas quisiera saber si la suspenciom de licencia m02 en brevete ñ a1 de auto me impide sacar licencia de moto, y si en caso se pueda, si esque me intervienen la suspensión también seria para moto? Gracias

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    1. En estricto no, ya que la sanción de suspensión es sobre la licencian y no implica la inhablitacion del conductor para realizar tramites u obtener una licencia nueva. Saludos

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  46. Buenos días Doctor, me pusieron una M2, ¿quisiera saber si la pena de 3 años de suspensión de la licencia puedo reducirla? realizando trabajos comunitarios o similares

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    1. La sanción administrativa se debe cumplir en su totalidad

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  47. Buenas tardes Sr. Marcos, una consulta: para poder revalidar mi brevete tuve que solicitar una prescripción ante la municipalidad del callao por una multa del 2010 (m20), al recibir la resolucion de prescripcion y todavia no limpian la infracción en su sistema, puedo presentar la resolucion y solicitar mi revalidacion de brevete asi no lo hayan aun borrado de su sistema? Agradeceré su apoyo.

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  48. Doctor Marcos, me pusieron una papeleta de infraccion por conducir una motocicleta sin licencia de conducir, esta infraccion de inhabilitacion tambien surte sus efectos para mi licencia de conducir vehiculos mayores

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    1. La infracción es incorrecta, debió ser por conducir un vehículo con licencia de conducir cuya categoría no corresponde al vehículo que conduce

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  49. Doctor, el hecho de que el orden de apellidos y nombres en la papeleta puede ser motivo para impugnar tambien no pusieron en la papelta caracteristicas del vehiculo

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  50. Doctor la papeleta que se impone a un vehiculo menor motocicleta por no contar con licencia de conducir inhabilita la licencia para conducir vehiculo menor, la pregunta es tambien inhabilita la licencia para conducir vehiculos mayores por ejemplo c-III Profecional?

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    1. La infracción es errónea, el verdadero motivo seria por conducir con una categoría que no corresponde

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  51. Dr buen dia . Gracias de antemano tenia una papeleta m28 salio la resolucion con fecha 03.07.19 q da por prescrita la papeleta .pero en el sistema por puntos sigue apareciendo.¿¿ cuanto demora para q se borra de sistema por puntos .muchas gracias

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    1. Tiene que solicitar por escrito la eliminación de los puntos ante la municipalizad respectiva

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  52. Doctor buenos días en diciembre me impusieron una papeleta m02 pague la multa correspondiente pero aún no han emitido una resolución de cancelación de licencia cuando prescribe la acción por parte d ela municipalidad para cancelar dicha licencia? Es cierto a ha sido modificado el tuo respecto a la prescripción de la multa?

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    1. La acción prescribe a los cuatro años y la exigibilidad de la multa a los dos años

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  53. Dr agurto cuales son los motivos de la improsedencia en un solicitud de prescripcion

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    1. Pueden ser varios, en tu caso especifico seria bueno que leas la resolución que declara la improcedencia, encontraras el motivo allí

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  54. Doctor buen día.
    Mi pregunta es. Me acabo de enterar q tengo una papeleta M20 de 756 soles impuesta el 18/05/17 por medio de la pagina foto papeletas en el callao pero ahun no me llega ni una información al respecto Qeria saber q debo hacer o donde tengo q ir para solucionar esto
    O si tiene algún descuento o no lo tiene muchas gracias.

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    1. En primer lugar debe tener la certeza de no haber sido notificado, es probable que lo haya sido. Debe acercarse a la municipalidad del callao a hacer la consulta respectiva

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  55. Doctor buenas noches, en el año 2015 ( 20 de setiembre) me pusieron una multa de transito (M1) con auto, el mismo lo pase por la orbita de la demanda contenciosa administrativa, actualmente el proceso un poco congelado en el poder judicial, sobre el mismo se esta solicitando la nulidad de resolución o acto administrativo, el tema fiscal lo cerre con el principio de oportunidad, la papeleta de transito la logre prescribir en marzo 2019 ante el sat ( procedente), actualmente poseo registro de conducir emitido en argentina y esta vigente y adicionalmente el permiso internacional vigente emitido en argentina , en algunas intervenciones he presentado la documentación y todo bien, en el sistema del MTC mi licencia de peru figura licencia cancelada, conductor inhabilitado ( la idea es que mediante la demanda que se genero en el año 2016 la contenciosa administrativa recuperar la licencia peruana o tramitar una nueva siempre y cuando se resuelva en el poder judicial el caso a mi favor que es el interés que se persigue, mi consulta es la siguiente, en el supuesto que la policía intervenga el vehiculo que maneje y visualize mi caso con la licencia peruana puedo tener algún inconveniente? lo ultimo mencionado considerando que tengo el registro de conducir del exterior y que es valido según el tratado de ginebra ( convención sobre la circulación por carretera ginebra, 19 de setiembre de 1949, con respecto a inconveniente me refiero, me pueden aplicar la multa y direccionar al dni de peru o registro de conducir de peru o la multa supuesta debe recaer en la licencia argentina o en el mejor de los casos mi registro de conducir emitido en argentina el mismo vigente prevalece asi tenga el inconveniente de la licencia de peru, incurro en alguna desventaja para mi de índole penal, quedo atento a sus comentarios.

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    1. Los permisos internacionales sirven para que los extranjeros puedan conducir en el Perú mas no para los nacionales los que tiene el deber de contar con una licencia expedida en este pais

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    2. Doctor muchas gracias por su respuesta, desde el 2012 uso mi registro de conducir argentino en el peru o en otra parte del mundo donde viajo, vale decir, Brasil, uruguay, Colombia, chile, republica dominicana entre otros países y nunca tuve inconveniente, es mas desde el año 2012 lo he presentado en peru unas 4 veces cuando me lo han requerido la autoridad de transito de peru o aguilas negras y antes de ser sancionado optaba según mi decisión y humor usar el permiso de conducir local o el internacional (registro de conducir o también conocido como brevete como le llaman aquí en lima peru) y siempre todo en orden, ahora como le comente la figura es diferente y el local esta sancionado y poseo el internacional y entiendo sus comentarios sin embargo al poseer la residencia permanente en argentina y de manera adicional poseer el documento argentino para extranjero me parece que estoy en todo mi derecho de usar mis registros de conducir internacionales en peru que es donde me encuentro, desearía saber si con toda la información que le mencione si en alguna intervención lo ya conocido que le comente de mi caso estaría en alguna infraccion o desventaja o la autoridad local no tiene mayor incidencia sobre el registro internacional y puedo seguir circulando con normalidad, recuerde que poseo registro de conducir vigente emitido en argentina mas no que no tenga el local conmigo... ello es otra figura es decir, los sancionados por M1 o M2 al ser peruanos y no tener otra licencia de conducir están en desventaja, yo pese a estar sancionado poseo registro internacional, quedo atento a sus comentarios y estoy a la espera que avance mi caso en el contencioso administrativo que lo consulte hace días y aun el 4to juzgado permanente tiene mucha carga procesal, de ser necesario voy a requerir sus servicios, sin embargo desearía saber sus comentarios sobre todo lo que le comento en esta redacción, y antes que lo olvide cada vez que voy al aeropuerto en auto, cuando están verificando autos solicitan soat y registro de conducir y yo presento el permiso de conducir del extranjero y todo bien, en el verano también lo he presentado a la autoridad de carreteras y todo en orden, hasta he ido a paracas y todo en orden, buen fin de semana doctor,espero sus alcancez respectivos.

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    3. Al parecer han sucedido hechos, como las intervenciones de los efectivos policiales, que le hacen presumir que no requiere una licencia de conducir del Perú.
      La base del permiso internacional es que sea titular de una licencia de su país de origen y se le otorga el permiso para que pueda conducir en un país distinto al de origen y no en el mismo país.
      Al estar la licencia del país de origen cancelada y usted inhabilitado el permiso deja de existir.
      Si obtuvo una licencia en otro país y este tiene convenio con el Perú no le faculta a conducir mas que en el país donde la obtuvo.

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  56. Doctor, buenas noches, muchas gracias por sus comentarios, estoy realizando al milimetro seguimiento a mi expediente que se encuentra en proceso contencioso administrativo ( presente un escrito recientemente para impulsar el mismo y trazar la estrategia en post de recuperar el registro de conducir), oportunamente lo contactare para mediante su experiencia y conocimientos legales de profesion poder recuperar el registro de conducir local en tiempo record, conosco varios casos de personas que lo recuperaron por la via legal y estoy dispuesto a asumir el reto, hay ciertos casos que por desconocimiento de los infractores no realizan el tramite a tiempo y pierden la oportunidad de recuperacion del bendito documento, la mejor energia Doctor Marcos Agurto.

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  57. Dr. Buenas tardes. Me impusieron una papeleta m01 en fecha 14 de junio del 2105, presente una solicitud pidiendo la anulación en fecha 20 julio 2015, hasta la fecha octubre 2109 no hay respuesta, ni notificación, ni mucho menos resolución,fui a la Municipalidad del Callao y la papeleta sigue en el sistema del SAT, me piden que solicité una respuesta a Gerencia de trasporte, Que podría hacer al respecto?,¿pueden sancionarme? Y si presente ese escrito y no hay respuesta en qué puede beneficiarme.

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    1. En su caso al parecer se ha presentado la figura de la prescripción de la acción (4 años).
      Le recomendamos leer nuestro articulo LAS INFRACCIONES NO PRESCRIBEN A LOS DOS AÑOS que se encuentra en este blog, si requiere de mayor información visítenos en nuestras oficinas

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  58. Dr. Buenas tardes, acabo de ver un video de una entrevista que le realizaron. Excelente!! Tengo una consulta, me acaba de llegar hoy 14 de octubre del 2019 una RESOLUCION DE SANCION de la municipalidad de ascope con fecha 25 de septiembre del 2019, de una papeleta del 8 de enero del 2018 de M-20 NO RESPETAR LOS LIMITES MAXIMOS DE VELOCIDAD ESTABLECIDOS. El tema es que es nunca fui intervenido por algún efectivo policial,y solo estuve de pasada porque me regresaba de Piura y nunca pare en ese lugar. Dicha resolución llego acá a mi domicilio en Lima, pero solo me llego esa hoja informativa de RESOLUCIÓN, pero nada mas, si fuera fotopapeleta me hubiera llegado la foto con la prueba para aplicar la papeleta. La multa es de 18% de una UIT, y equivale e S/. 756.00. La pregunta es Dr. ¿Como asumir esa papeleta si no hay constancia de fotopapeleta y tampoco ninguna papeleta aplicada. Acabo de revisar en los portales del SAT, PNP Y no registro deudas por papeletas ni por el auto ni por mi numero de dni o brevete. Por otro lado, el auto en mención lo vendí hace 5 meses y no tuve problemas de venderlo ya que la notaria hace las revisiones respectivas para la venta. Que medidas debo hacer en este caso o a donde debo dirigirme, ya que según la resolución tengo 15 días a partir del día siguiente de la notificación.
    Agradezco desde ya su tiempo en contestar mi consulta.

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    1. debe interponer un recurso de apelación ya que no se ha observado el debido procedimiento, esto es porque debieron notificarle la papeleta y darle la oportunidad de formular su descargo y luego notificarle el informe final de instrucción para que también pueda formularlos a este documento

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  59. Buenos días Sr. Marcos. Tengo una consulta. Mi DNI es 46873850. Le cuento:
    Tuve una papeleta M2 en agosto del 2014 en el callao. Del cual hace unas semanas empecé a hacer el tramite para recuperar mi licencia: pagué la multa de 2100 soles en scotiabank, di mi curso de sensibilización en SJM y realicé mi examen médico.
    En la página web del MTC, antes del 2019, me salía como SUSPENDIDA (me salía ese estado de la licencia y la papeleta por pagar), cosa que ahora cambió a CANCELADA y ya no hay papeletas pendientes. Mi brevete venció el 8 de agosto de 2019 y no entiendo porqué aparece como CANCELADA. Después de realizar todos los pagos, quise hacer el tramite por internet y me sale que tengo una sanción vigente.
    Fui al callao a preguntar porqué no puedo tramitar y me pidieron que deje las copias de mi papeleta ya pagada, copia del certificado del curso de sensibilizacion y copia de mi DNI. Me dijeron que en 72 horas me iban a llamar para avisarme. Nunca me llamaron.
    Llamé una semanas después y me dicen que solo necesitaba que que los del callao actualicen mi estado de mi licencia (en la web del MTC), pero me salieron con que no hay el personal adecuado porque estan en licitacion de un jefe de area y que espere hasta el 3 de noviembre que recién encontrarán al trabajador ideal para el puesto y pueda cambiar el estado mi licencia.
    En verdad no sé cuál es el tramite para recuperar mi licencia, si hacerlo en el callao, o en el mtc de antenor orrego. Necesito saber cual es el paso siguiente para recuperar mi licencia, ya que me están paseando ya hace semanas. Muchas gracias de antemano.

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    1. Indiferentemente de donde haga el tramite siempre van a consultar la misma web y esta siempre dirá que la licencia esta cancelada. Debe agotar los medios a su alcance para que el callao actualice a la brevedad su pagina.

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  60. Buenos días yo tengo una papeleta de junio del 2015 emitida por la municipalidad del Cusco puedo hacer el trámite para la prescripción? Por qué en la municipalidad me dicen que esa papeleta no puede prescribir por ser grave y tiene una resolución de sanción, la cual nunca me notificaron. Muchas gracias por su respuesta.

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    1. existe la prescripción de la acción y la de exigibilidad de la multa, precise a cual se refiere. para mayor comprensión lea nuestro articulo LAS INFRACCIONES NO PRESCRIBEN A LOS DOS AÑOS en este mismo blog. Saludos

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  61. Estimado Marcos
    Consulta, tengo una papeleta por hacer servicio de taxi sin permiso en febrero 2018 y en nov. 2109 me notifican con una carta con secuestro conservatorio, esto prescribe o se tiene que pagar si o si?
    Agradezco la respuesta si fueran tan amables

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    1. Si ya se dicto medida cautelar en la ejecución coactiva no hay ningún tipo de prescripción

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  62. Buenos dias doctor mi consulta es tuve un problema en el 2015 m02 .pague al estado reparacion civil porque me acogi principio de oportunidad no pusieron papeleta recupere mi licencia al dia siguiente de la fecha
    Yo e seguido normal manejando al norte sur y centro yoperativo q habia yo normal entregaba mi licencia y normal.pero la semana pasada habia operativo entregue igual mi licencia y el polcia me diho eso mi licencia sale retenida tengo la m02 .Mi consulta es casi 4 años de la fecha y porqe recien sale Licencia retenida Q es lo q debo hacer
    Me dijeron q solicite resolucion de sancion q significa eso
    De antemano gracias por su orientacion doctor

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    1. La resolución de sanción es el acto administrativo que da fin al procedimiento administrativo sancionador iniciado con el levantamiento de la papeleta por conducir en estado de ebriedad. Debe solicitar la misma en la municipalidad provincial respectiva en la cual se cometió la infracción

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  63. Buenas tardes Dr.Marcos
    Me llamo Alejandro Leaño D.N.I 41645295
    Mi consulta es que me pusieron una papeleta M04 por reincidente en la fecha 22/03/2013 con resolución inicio de sanción fecha 20/05/2013 y con fin de sanción sin definir que puedo hacer en este caso.En 19/07/2016 pude sacar mi licencia AlllC y ahora para revalidarlo me figura en el sistema del MTC como cancelada/conductor inhabilitado
    Le agradezco de antemano su respuesta y me pueda ayudar

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    1. Estimado al parecer su problema ha sido la obtención de una licencia estando cancelado,. Seria bueno que consulte su caso directamente al MTC ya que en el sat figura con la sanción de cancelación e inhabilitacion definitiva

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  64. Dr Marcos Agurto buenas tardes,le comento que le alquile la moto a un señor;Despues de un tiempo llega la notificacion a mi casa de la papeleta de infraccion G59 del 16/09/2018,solicito un reporte y figuran 4 papeletas mas G40,G40(RE),G58(RE),G58(RE).Mi consulta es porque solo en papeleta de infraccion G59 figuro como RESPONSABLE SOLIDARIO y que significa

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    1. Ninguna de las infracciones que menciona tiene responsabilidad solidaria del propietario

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  65. Dr. Marcos buenas noches existe un plazo para notificar una resolucion de suspension por una papeleta M02, recien observo q figura en el mtc como suspendida con fecha de resol el 11DIC2019, sin embargo no recibi ninguna notificacion de la citada resol. Gracias por su apoyo.

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    1. Normalmente la fecha de notificación es posterior a la fecha de emisión de la resolución

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    2. Dr. Buenas tardes, le comento que acudi a la sat para ver mi resol y notificacion advirtiendo que el notificador jamas se apersono a mi domicilio y coloco datos q no corresponden, q recurso podria interponer para dejar sin efecto la resol. Gracias

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    3. A una resolución corresponde un recurso de apelación

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  66. Doctor me pusieron una m1 el 24 de junio del 2017 asi dice.
    LAS SANCIONES conductor inhabilitado\cancelado DEL ADMINISTRADO recien aparecio en mayo cON:resolucion 17605601595286 fecha 23\01\2018 tipo de sancion: directa
    inicio de sancion 24/06/2017 papeleta:12120076 , Bueno no tengo fin de sancion tengo 50 puntos la papeleta la refinancie y solo me falta la ultima letra q es de 337 y vencio mi brevete 14/01/2020 hay algo que puedo hacer para recuperar mi brevete aconsejeme aver si me puedo acercar a su despacho muchas gracias dni 10633027 nesecito para trabajar.

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    1. acérquese a nuestras oficinas con la documentación que tenga a fin de poder orientarlo

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  67. Dr. Buenas tardes que sucede cuando la sat notifica una resol. (SUSPENSION x M02) Con datos que no corresponden al domicilio y colocan que se nego a firmar si yo estuve trabajando fuera de casa, aparentemente no fueron a notificar y pusieron cualquier informacion en el cargo. Se puede pedir la nulidad del acto administrativo en esa instancia o en via judicial...gracias.

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    1. Un tanto compleja su pregunta ya que si los datos del domicilio no son los que corresponden como es que no lo encuentran porque esta trabajando.
      Entiendo que su consulta va sobre, si una deficiente notificación es causal de nulidad de acto administrativo y la respuesta es que si ya que no se ha observado una garantía del debido procedimiento el cual es el derecho del administrado a ser notificado

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    2. Gracias Dr. Puedo solicitar una cita en su estudio para pedir esa nulidad...???

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  68. Buenos dias Dr. Tengo una acta de control emitida en setiembre del 2018. En esos tiempos me comentaron que prescribe a los 2 años, sin embargo, estos días escuche que ahora prescriben a los 4 años?, es correcto?
    Agradezco de antemano su gentil ayuda.

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    1. en su caso se aplica la norma vigente en el tiempo de la comisión de la infracción, prescripción de la acción de dos años

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  69. Buenas tardes doctor me no tificaro una papeleta por velocidad el la libertad que recien llwgo a mi domicilio. en la notificacio la infraccion el de agosto 2016 y llego a mi casa febrero 2020 usted me podria decir que puedo hacer en este caso por favor gracias

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    1. el plazo de prescripción de la acción es de 4 años y se cumple en agosto del 2020

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  70. Dr. Buenos dias, una consulta por favor me podria indicar que significa el estado en coactivo en la aplicacion del SAT. Gracias por su apoyo y atencion.

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    1. Significa que el procedimiento administrativo sancionador ya concluyo con un a resolución imponiendole una multa y que esta, al no haberse cumplido con su pago, ha pasado al ejecutor coactivo para el inicio de las acciones de ejecución (cobranza) forzosa. El ejecutor puede dictar medidas cautelares como bloqueo de cuentas o secuestro del vehículo.

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  71. Dr. Como esta buenos dias, una consulta se puede imponer una papeleta de transito estan en estado de emergencia como la q vivimos actualmante. Gracias por su atencion.

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    1. En teoría si, pero esto generaría un estado de indefension al administrado ya que no estaría atendiendo el SAT y los plazos para presentar descargo o acogerse a descuentos correrían igual. Hemos visto unos vídeos en los que se alienta a los efectivos de transito a solicitar toda la documentación como licencia, soat etc a los conductores de vehículos. Pero pongámonos el caso que se detecte que un medico circula con su vehículo y tiene el SOAT vencido... deberían los efectivos de transito levantar un papeleta e internar su vehículo al deposito???
      Un poco de criterio y reflexión ya que estamos en una situación excepcional

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  72. Buenas noches Dr. Marcos Agurto Le Saluda una persona que quiere justicia para su hermanito atropellado por un omnibus de Transporte público.

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  73. Buenos Dias, tengo una papeleta m04 y mi licencia retenida. la papeleta fue puesta el 01/04/2017, y tiene una resolucion 17605602051167 el 20/05/2019, fin de sancion "sin definir" , no me llego ninguna notificacion de la resolucion, que puedo hacer para recuperar mi licencia.

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  74. Estimado buenos días en el 2012 obtuve una infracción M2 sin saber el procedimiento en el 2013 ya terminada la fecha de sanción fui al mtc a solicitar un duplicado hice todos los tramites pero cuando me iban a entregar la licencia me dijeron que no podían darme porque tenia una sanción, entonces me informe y hice todo el proceso de levantar la sanción a su vez solicite se anule el proceso de tramitar el duplicado de la licencia en el 2015 me llego una resolución por parte del gobierno regional sugirió a las autoridades competentes ponerme una infracción M32 , solo me llego esa resolución a la fecha no hay notificación ni resolución de inicio de la infracción, cuando me acerco al mtc me indica que puedo sacar aun la licencia por ese motivo, mi consulta es donde solicito la resolución de esa sanción y como hacer el levantamiento, porque ya paso el tiempo y necesito recuperar nuevamente mi licencia. gracias por su atención

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    1. Al respecto le informamos que la infracción M-32 fue eliminada del cuadro de infracciones por lo dispuesto en el DS 026-2016-MTC del 30DIC2016.
      Si requiere de información adicional con gusto lo atenderemos en el 997355680

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