miércoles, 24 de noviembre de 2010






Derechos del peatón



Esta carta es un ejemplo de cómo un pueblo civilizado entiende que el peatón es el dueño de las vías y es el que tiene la prioridad en su uso, que el vehículo automotor ha venido a ocupar y adueñarse de ese espacio publico de tal manera que vivimos en un país en donde el que tiene un vehiculo cree que los peatones son un estorbo.
Muchos de ellos celebran alborozados el hecho de que “al fin se van a poner papeletas al peatón” y lo toman como un acto de justicia estableciendo una supuesta igualdad de responsabilidad con los que conducen y matan con sus vehículos.
Si el estado peruano a través de la gestión del ¿ministro? Cornejo y la Policía de Tránsito cumplieran con tan solo uno de los puntos de esta carta tendría moral para responsabilizar al peatón por lo que estas autoridades no hacen.

Carta europea de los derechos del peatón

1. El peatón tiene derecho a vivir en un ambiente sano y disfrutar libremente del espacio publico en lasa condiciones de seguridad adecuadas para su salud física y psicológica
2. El peatón tiene derecho a vivir en centros urbano o rurales organizados a medida del hombre y no del automóvil, ya disponer de infraestructuras a las que se pueda acceder fácilmente a pie o en bicicleta.
3. Los niños, los ancianos y los minusvalidos tiene derecho a que la ciudad constituya un lugar de socialización y no de empeoramiento de su situación de debilidad.
4. Los minusvalidos tienen derecho a que se tomen medidas específicas que le permitan toda movilidad posible, como la demolición de las barreras arquitectónicas y el acondicionamiento de los medios públicos de transporte.
5. El peatón tiene derecho a que se reserven zonas urbanas la mas amplias posible, que no sean meras “islas de peatones”, sino que se inserten coherentemente en la organización general de la ciudad.
6. El peatón tiene derecho en particular:
· Al respeto de las normas relativas a las emisiones químicas y acústicas de los vehículos de motor consideradas científicamente como soportables.
· A la implantación generalizada en el transporte publico de vehículos que no sean fuente de contaminación atmosférica o acústica;
· A la creación de “pulmones verdes”, incluso mediante obras de repoblación urbana;
· A la limitación de la velocidad mediante la reforma estructural de las calles, cruces (por ejemplo con la ayuda de isletas), de manera que los automovilistas rectifiquen la velocidad y se garantice el tráfico de peatones y bicicletas.
· A la prohibición de difundir mensajes publicitarios que fomenten el uso equivocado y peligroso del automóvil;
· A sistemas eficaces de señalización concebidos también para quienes están privados del sentido de la vista o del oído;
· A medidas especificas que permitan detenerse, acceder y recorrer calles y aceras(por ejemplo: pavimentación no resbaladiza, rampas que permitan superar el desnivel con el plano de la calle, adecuación de las dimensiones al destino de calles, medidas especiales durante el desarrollote trabajos de construcción, protección contra el tráfico automovilístico mediante elementos urbanos, creación de puntos de parada y descanso, pasos subterráneos y puentes que faciliten el cruce);
· A la introducción de un sistema de responsabilidad objetiva o de riesgo de modo que aquel que sea responsable de la creación de un riesgo asuma las consecuencias financieras (como por ejemplo en Francia desde 1985)

7. El peatón tiene derecho a una movilidad completa y libre que pueda realizarse mediante el uso integrado de los medios de transporte. En particular tiene derecho:
· A un servicio de transportes públicos articulado y debidamente equipado para responder a las exigencias de todos los ciudadanos hábiles o minusvalidos.
· A la implementación de carriles para bicicletas en todo el casco urbano.
· A la disposición de áreas de aparcamiento que no incidan en la movilidad de los peatones y en la posibilidad de disfrute de los valores arquitectónicos.

8. Todo el estado debe de procurar que el público reciba toda la información necesaria sobre los derechos del peatón a través de los canales mas idóneos y a partir de los primeros niveles de enseñanza escolar.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Agradecemos sus comentarios sobre nuestras publicaciones. En caso de consultas estas solo se realizaran a través de nuestro teléfono 997355680. Gracias por su comprensión